BOLETÍN Nº 17 - 25 de enero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Criterios del Plan de Inspección de Tributos Municipales de 2021

La Dirección de Hacienda, del área de Servicios Generales del Ayuntamiento de Pamplona resolvió el día 22 de diciembre de 2020 la aprobación del Plan de Inspección de Tributos Municipales de 2021. De conformidad con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria se procede a la publicación de los criterios generales que informan dicho plan:

1. Criterios generales que informan el Plan de Inspección de los Tributos Municipales de 2021.

La Inspección Tributaria Municipal tiene encomendada la función de comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos o demás obligados tributarios con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones y deberes tributarios con el ayuntamiento, procediendo, en su caso, a la regularización correspondiente.

El alcance y contenido de las actuaciones a realizar por la Inspección Tributaria Municipal se encuentran definidos en Ordenanza Fiscal 0 de Gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Pamplona, en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, en la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria y en el Reglamento de Inspección Tributaria de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2001.

El ejercicio de las funciones propias de la Inspección Tributaria Municipal se adecuará a los correspondientes planes de inspección, aprobados por el órgano competente.

Cada plan de inspección debe establecer los criterios que hayan de ser tenidos en cuenta para seleccionar e incluir a los sujetos pasivos en el mismo.

Los criterios generales que informan cada plan de inspección son objeto de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con lo que se da cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria y en el artículo 10.4 del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, que aprueba el Reglamento de Inspección tributaria de la Comunidad Foral de Navarra.

1.1. Objetivo del plan.

El presente plan de inspección tiene como objetivo comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos de todos los tributos municipales, siendo de atención preferente los siguientes tributos:

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

–Tasas por otorgamiento de licencias y realización de actividades administrativas de control en materia urbanística y materia de protección ambiental y actividades.

–Tasas por ocupación de la vía pública para vallados y andamios.

–Impuesto de actividades económicas.

–Tasa por aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios públicos de suministros (tasa del 1,5%).

1.2. Áreas de atención prioritarias.

1. Personas que hayan promovido y/o realizado construcciones, instalaciones u obras, para su venta y/o alquiler o para su propio inmovilizado, cuyo presupuesto sea elevado y estén finalizadas.

2. Empresas que realicen trabajos de construcción completa, reparación y conservación de edificaciones o de albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.

3. Empresas dedicadas al alquiler de bienes inmuebles (locales).

4. Empresas dedicadas a actividades en las que la cuota del impuesto de actividades económicas tenga los componentes “por cada obrero” y/o “por cada Kw”.

5. Empresas explotadoras de servicios públicos de suministros que realizan aprovechamiento especial del dominio público local.

Pamplona, 12 de enero de 2021.–La Directora de Hacienda, Nuria Larráyoz Ilundáin.

Código del anuncio: L2100432