BOLETÍN Nº 144 - 22 de junio de 2021

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

ARAKIL

Resolución de alcaldía número 110 de 10 de junio de 2021

El artículo 199 del Decreto Foral Legislativo 1/2017 de 26 de julio de Ordenación del Territorio y Urbanismo establece lo siguiente:

1. Cuando alguna construcción o parte de ella estuviere en estado ruinoso, el Ayuntamiento, de oficio o a instancia de cualquier interesado, declarará esta situación y adoptará, previa audiencia del propietario y de los moradores y, en su caso, de conformidad con las previsiones del planeamiento, las medidas necesarias para asegurar la integridad física de los ocupantes y de terceras personas.

2. Se declarará el estado ruinoso en los siguientes supuestos:

a) Cuando el coste de las obras necesarias sea superior al 50 por 100 del valor actual del edificio o plantas afectadas, excluido el valor del terreno.

b) Cuando el edificio presente un agotamiento generalizado de sus elementos estructurales o fundamentales.

c) Cuando se requiera la realización de obras que no pudieran ser autorizadas por encontrarse el edificio en situación de fuera de ordenación.

3. Si el propietario no cumpliere lo acordado por el Ayuntamiento, lo ejecutará éste a costa del obligado.

4. Si existiese urgencia y peligro en la demora, el Alcalde, bajo su responsabilidad, por motivos de seguridad, dispondrá lo necesario para asegurar la integridad física de los ocupantes y de terceras personas.

Atendiendo al mal estado del edificio sito en la parcela 65 polígono 14 de Ihabar, también conocido como “Casa Txokolatero” se solicita informe al arquitecto Pedro Mariñelarena Alveniz que, entre otras, hace las siguientes consideraciones:

–Las principales afecciones del edificio se centran en la cubierta y en la estructura de madera con afecciones importantes en todas sus plantas.

–El edificio presenta filtraciones generalizadas de agua desde hace mucho tiempo que han afectado seriamente a la estructura principal y a parte de los forjados de distintas plantas que presentan derrumbamientos parciales.

–Existen a su vez algunas roturas de la estructura de madera en cubierta, algunas piezas apuntaladas y otras en serio riesgo de colapso en atención a su estado.

Se declara el estado ruinoso por el supuesto primero, según el artículo 199 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

–Asimismo, sería de aplicación el supuesto segundo por agotamiento generalizado de los elementos estructurales.

Visto cuanto antecede, doña Oihana Olaberria Jaka, alcaldesa del Valle de Arakil,

RESUELVO:

Primero.–Declarar el estado de ruina del edificio desocupado sito en parcela 65 polígono 14 de Ihabar, propiedad de la difunta Severa Goñi Arruiz.

Segundo.–Requerir a la propiedad para que en un plazo de 1 mes aporte proyecto en el que se recojan las siguientes acciones:

–Rehabilitación de la cubierta consolidando la totalidad de la misma y todos los elementos estructurales en mal estado.

–Eliminación de tejas sueltas de modo que se elimine cualquier riesgo de caída de tejas.

–Revisión del alero de forma inmediata. Corte de la zona en mal estado para eliminar riesgos inminentes. Consolidación o en su caso sustitución por nuevo alero con las debidas garantías estructurales.

–Demolición de cubierta de almacén actualmente semiderruida.

–Cierre en general del edificio de modo que no se pueda acceder al interior del mismo.

–Consolidación estructural de los elementos que resulten necesarios en su interior al objeto de garantizar la estabilidad de todo el edificio.

–Desescombro y limpieza de restos.

–Todas las obras deberán garantizar el mantenimiento de todos los elementos de interés protegidos.

Tercero.–Se declara la ruina inminente sobre el alero por lo que el Ayuntamiento procederá de forma inmediata tanto a la señalización como a las medidas necesarias para garantizar la seguridad de terceros.

Cuarto.–Poner el expediente de manifiesto a los propietarios o titulares de derechos reales sobre el inmueble, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dándoles traslado de copia literal y completa de los informes técnicos que dentro del plazo de 10 días hábiles, puedan alegar y presentar los documentos, justificaciones y medios de prueba que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos.

Lo que se hace público conforme a lo dispuesto en los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a efectos de su notificación a posibles interesados o propietarios, ocupantes y titulares de derechos reales sobre el inmueble, computándose el plazo de 10 días a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, pudiendo consultarse el expediente completo en las oficinas municipales.

Quinto.–Notificar la presente Resolución al Concejo de Ihabar.

Arakil, 10 de junio de 2021.–La alcaldesa, Oihana Olaberria Jaka.

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