BOLETÍN Nº 14 - 21 de enero de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 101E/2020, de 22 de diciembre, la Directora General de Ordenación del Territorio, por la que se corrige el error advertido en la ficha de la Unidad Morfológica (Anexo 1 del Estudio de Detalle) publicada junto con la Resolución 79E/2019, de 23 de octubre, de la Directora General de Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela D-10.3.2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Julio Goicoechea Alfonso y Silvia Amorena Iturralde.

Se ha constatado un error en la publicación del documento técnico del Estudio de Detalle de la parcela D-10.3.2 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de Ripagaina, promovido por Julio Goicoechea Alfonso y Silvia Amorena Iturralde.

En el punto segundo de la Resolución 79E/2020, de 23 de octubre, de La Directora General de Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el citado Estudio de Detalle, se resuelve publicar “el documento aprobado corregido conforme a las consideraciones antes señaladas, en el Boletín Oficial de Navarra”. Dichas consideraciones se recogen en el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de fecha 29 de septiembre de 2020.

No obstante, en el documento publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 261, de 6 de noviembre de 2020, no se ha corregido la superficie mínima libre de uso privado de la parcela D-10.3.2.

Así, en la nueva ficha de la Unidad Morfológica (Anexo 1 del Estudio de Detalle) donde dice:

“EDIFICIO D-10.3.2

Superficie mínima destinada a parcela libre privada: 383,92 m².”

Debe decir:

“EDIFICIO D-10.3.2

Superficie mínima destinada a parcela libre privada: 448,018 m².”

Teniendo en cuenta que se trata de un error material que puede ser corregido en cualquier momento, según establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede su inmediata rectificación.

Visto el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de fecha 21 de diciembre de 2020, y de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y en virtud de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

RESUELVO:

1.º Corregir el error advertido en la ficha de la Unidad Morfológica (Anexo 1 del Estudio de Detalle) publicada junto con la Resolución 79E/2019, de 23 de octubre, de la Directora General de Ordenación del Territorio, de forma que:

Donde dice:

“EDIFICIO D-10.3.2

Superficie mínima destinada a parcela libre privada: 383,92 m².”

Debe decir:

“EDIFICIO D-10.3.2

Superficie mínima destinada a parcela libre privada: 448,018 m².”

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarla al Ayuntamiento de Burlada y a las personas promotoras del expediente, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 22 de diciembre de 2020.–La Directora General de Ordenación del Territorio, Izaskun Abril Olaetxea.

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