BOLETÍN Nº 126 - 31 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 106E/2021, de 21 de abril, del Director de Servicio de Biodiversidad, por la que se modifica la Resolución 62E/2021, de 22 de marzo, del Director del Servicio de Biodiversidad, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto, Traslado de estación meteorológica de Arangoiti a nuevo emplazamiento, en el término municipal de Lumbier.

El 23 de marzo de 2021 ha tenido entrada en el Servicio de Biodiversidad el documento del Negociado de Suelos y Climatología del Servicio de Agricultura, en el que se indica que el promotor de la obra es Gobierno de Navarra y no TRAGSATEC, como se ha reflejado en la mencionada Resolución 62E/2021, de 22 de marzo.

A la vista de la documentación presentada, se informa que procede modificar la Resolución 62E/2021, de 22 de marzo, indicando que el promotor de la obra es Gobierno de Navarra y eliminando el punto 3 del resuelvo de dicha resolución, ya que no procede la constitución de fianza.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 107/2019, de 8 de noviembre del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 62E/2021, de 22 de marzo, del Director del Servicio de Biodiversidad, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto Traslado de estación meteorológica de Arangoiti a nuevo emplazamiento, en el término municipal de Lumbier, indicando que el promotor de la obra es Gobierno de Navarra y eliminando el punto 3 del resuelvo de dicha resolución, ya que no procede la constitución de fianza.

2.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución a la Sección de Ordenación del Territorio, al Ayuntamiento de Lumbier, al Guarderío de Medio Ambiente (Unidad de coordinación de Aoiz) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de abril de 2021.–El director de servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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