BOLETÍN Nº 126 - 31 de mayo de 2021

4. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Procedimiento de Derechos Fundamentales 199/2021

Fabiola Llorente Llorente, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el procedimiento Derechos Fundamentales número 199/2021, seguido ante esta Sala, se dictó Auto número 66/2021, de 11 de mayo de 2021; resolución que ha quedado firme, cuyos antecedentes de hecho y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

“Auto número 66/2021.

Iltmos. señores –Presidente: Francisco Javier Pueyo Calleja.–Magistrados: María Jesús Azcona Labiano, Raquel Hermela Reyes Martínez, Antonio Sánchez Ibáñez, Ana Irurita Díez de Ulzurrun.

En Pamplona/Iruña, a 11 de mayo de 2021.

Antecedentes de hecho

Único.–El Asesor Jurídico-Letrado de la Comunidad Foral de Navarra solicitó en fecha 9 de mayo de 2021 la ratificación judicial de las medidas adoptadas por la Orden Foral 15/2021, de 9 de mayo, de la Consejera de Salud del Gobierno de Navarra por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para el municipio de Lakuntza (Navarra) como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

Conferido traslado al Ministerio Fiscal para informe de manera inmediata, lo evacuó con fecha 9 de mayo de 2021, informando favorablemente, quedando seguidamente pendiente de dictar resolución.

Parte dispositiva

La Sala acuerda:

1.º Ratificar las medidas sanitarias contenidas en el apartado primero de la Orden Foral 15/2021, de 9 de mayo, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas extraordinarias de prevención, de carácter extraordinario, para el municipio de Lakuntza (Navarra) como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

2.º No ratificar la medida sanitaria contenida en el punto segundo de la Orden Foral 15/2021, de 9 de mayo, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas extraordinarias de prevención, de carácter extraordinario, para el municipio de Lakuntza (Navarra) como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

3.º La Administración deberá comunicar a esta la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte a la ejecución de las medidas ratificadas o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.

4.º Sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y, que de conformidad con los artículos 87.2 y 87 ter de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (introducido por Real Decreto-ley 8/2021, Boletín Oficial del Estado de 5 de mayo de 2021) y por los trámites que expresamente prevén, contra ella cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de tres días hábiles, no siendo requisito necesario interponer previamente el recurso de reposición.

Así lo acuerdan, mandan y firman los iltmos. señores Magistrados indicados en el encabezamiento.”

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, expido y firmo el presente.

Pamplona/Iruña, 21 de mayo de 2021.–La letrada de la Administración de Justicia de la Sala, Fabiola Llorente Llorente.

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