BOLETÍN Nº 125 - 28 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 19E/2021, de 6 de mayo, de La directora general de Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 781 del polígono 4 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-5 Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, relativa a las alineaciones de uno de los patios interiores y la corrección de errores tipográficos del plano ED.03, promovida por el Colegio Mayor Goimendi.

Mediante Resolución 9E/2021, de 4 de marzo, de la Directora General de Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente la Modificación del Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 781 del polígono 4 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-5 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, relativa a las alineaciones de uno de los patios interiores y la corrección de errores tipográficos del plano ED.03, promovida por el Colegio Mayor Goimendi.

Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 65, de 23 de marzo de 2021 y en prensa el 9 de marzo de 2021. Durante el plazo de veinte días habilitado al efecto no se han presentado alegaciones al mismo.

El expediente tiene por objeto la modificación de las alineaciones máximas de la edificación definidas por el Estudio de Detalle aprobado definitivamente mediante Resolución 181E/2018, de 15 de marzo, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Consiste exclusivamente en alterar las alineaciones de uno de los patios interiores y corregir algunos errores tipográficos detectados en el plano ED.03.

En cumplimiento de la Resolución de aprobación inicial, se han subsanado los planos ED.03R1.01 y ED.03R1.02 de manera que incorporan las correspondientes coordenadas UTM huso 30 norte de cuatro puntos.

El documento contiene exclusivamente determinaciones de ordenación urbanística pormenorizada objeto y competencia de un Estudio de Detalle. Se adecua a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como a las determinaciones contenidas en el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal Campus Universidad de Navarra.

Corresponde al Departamento competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo la tramitación y aprobación de los Estudios de Detalle en desarrollo de Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal, según el artículo 43.1.d) del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio.

Visto el informe del Servicio de Territorio y Paisaje de fecha 30 de abril de 2021, y de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y en virtud de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación del Estudio de Detalle sobre la parcela catastral 781 del polígono 4 de Pamplona, perteneciente a la Unidad de Actuación Z-5 Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Campus de la Universidad de Navarra, relativa a las alineaciones de uno de los patios interiores y la corrección de errores tipográficos del plano ED.03, promovida por el Colegio Mayor Goimendi.

2.º Publicar la presente Resolución, así como el documento aprobado, en el Boletín Oficial de Navarra y notificarla al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y a la entidad promotora del expediente, a los efectos oportunos.

3.º Señalar a la promotora, que respecto a otras infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de las obras o que pudieran condicionar, en su caso, dicha ejecución, se proveerá de cuantas autorizaciones fueren precisas de los órganos competentes en razón de la materia de que se trate.

En concreto, la promotora estará a lo dispuesto en el informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, de fecha 22 de abril de 2021, que se le trasladará junto a la presente.

4.º Señalar que, contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de mayo de 2021.–La directora general de Ordenación del Territorio, Izaskun Abril Olaetxea.

ANEXO

Normativa aprobada (PDF).

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