BOLETÍN Nº 120 - 24 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 97E/2021, de 8 de mayo, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se amplían los plazos establecidos en la convocatoria de 2020 de la “Subvención a empresas para elaborar planes de transformación digital Itinerarios 4.0”.

Por Resolución 540E/2020, de 24 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se aprobó la convocatoria de 2020 de la “Subvención a empresas para elaborar planes de transformación digital Itinerarios 4.0” (Boletín Oficial de Navarra número 288, de 15 de diciembre de 2020).

Esta convocatoria coincidió, en el tiempo y en el objeto a subvencionar, con la convocatoria de ayudas para impulsar la transformación digital de la industria española de la Secretaría General de Industria y de la PYME (SGIPYME) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Lo que ha provocado que se haya demorado la resolución de la convocatoria de esta Dirección General, al esperar a que se resolviera en primer lugar la del Estado.

Como consecuencia de lo cual, al retrasarse la concesión de las ayudas, las empresas han dispuesto de menos tiempo para elaborar sus planes de transformación digital. Es por ello que resulta oportuno ampliar en dos meses (del 31 de mayo al 31 de julio de 2021) el plazo para la realización y justificación de la actuación subvencionada, previa modificación de las bases 3 y 10 de la convocatoria.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

RESUELVO:

1. Modificar las siguientes bases de la convocatoria de 2020 de la “Subvención a empresas para elaborar planes de transformación digital Itinerarios 4.0”, al objeto de ampliar hasta el 31 de julio de 2021 los plazos establecidos para la realización y justificación de la actuación subvencionada:

a) El apartado 3 de la base 3 “Actuación y gastos subvencionables, de forma que el periodo para la realización de los gastos subvencionables será del 1 de octubre de 2020 al 31 de julio de 2021.

b) La base 10 “Justificación de la actuación subvencionada”, de forma que las beneficiarias dispondrán hasta el 31 de julio de 2021 para justificar la actuación subvencionada.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 8 de mayo de 2021.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

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