BOLETÍN Nº 115 - 18 de mayo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CASTEJÓN

Disolución del organismo autónomo denominado Escuela de Música de Castejón (Navarra)

El Pleno del Ayuntamiento de Castejón adoptó el día 29 de abril de 2021 el acuerdo que a continuación se transcribe:

Disolución del Organismo Autónomo Local Escuela de Música de Castejón.

1. Aprobar inicialmente la disolución del Organismo Autónomo Local “Escuela Municipal de Música de Castejón (Navarra), con efectos del día en que produzca efectos jurídicos la aprobación definitiva del expediente, ya que, por su incidencia en otros expedientes municipales, es precisa la disolución e integración con la mayor celeridad posible.

2. Asumir el servicio de Escuela Municipal de Música de Castejón a la fecha de efectos de la disolución del Organismo Autónomo, bajo la modalidad de gestión directa.

3. Este Ayuntamiento sucederá al mismo, con carácter universal subrogándose en todos los derechos y obligaciones que tras la disolución del Organismo Autónomo queden pendientes.

4. Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago a la fecha de efectos de la disolución, se incorporarán al presupuesto municipal.

5. Proceder al cierre y cancelación de las cuentas bancarias a nombre de la Escuela Municipal de Música de Castejón (Navarra) y traspasar los saldos a las cuentas operativas de titularidad del Ayuntamiento de Castejón.

6. Integrar en la plantilla orgánica del Ayuntamiento al personal empleado al servicio de la Escuela Municipal de Música de Castejón.

7. Con fecha de efectos de la disolución, todos los bienes municipales que fueron adscritos a la “Escuela Municipal de Música” de Castejón (Navarra) para el cumplimiento de sus fines y la correcta prestación del servicio, revertirán al patrimonio municipal, así como todos aquellos que haya adquirido por cualquier título legítimo, y los recursos y derechos que pueda disponer en el momento de su disolución.

8. Asumir todos los derechos y obligaciones contractuales derivados de contratos de obras, servicios, suministros, convenios y cualquier otro vigente en la fecha de disolución.

9. Facultar a la alcaldía para coordinar todas las operaciones materiales necesarias para la transferencia de los medios materiales adscritos al servicio que se asume bajo gestión directa y realizar las gestiones que sean procedentes ante cualesquiera organismos.

10. Facultar a la alcaldía para la firma de cuantos documentos sean necesarios para ejecutar el presente acuerdo.

11. Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de treinta días hábiles, mediante anuncios en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del ayuntamiento para que vecinos, vecinas y personas interesadas legítimas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

12. Las reclamaciones, reparos u observaciones presentados serán resueltas por el Pleno Ayuntamiento que acordará, al mismo tiempo la disolución definitiva del Organismo Autónomo. No obstante, y en el supuesto de que no se presenten reclamaciones, reparos u observaciones, no será necesaria la adopción de nuevo acuerdo, pasando en tal caso a definitivo el acuerdo de aprobación inicial, extendiéndose a tales efectos certificación acreditativa de tal extremo por la Secretaría General. El acuerdo definitivo o el inicial elevado automáticamente a tal categoría con indicación de tal circunstancia, habrá de ser publicado en el Boletín Oficial de Navarra junto con el texto definitivo para la producción de efectos jurídicos.

Castejón, 30 de abril de 2021.–El alcalde, David Álvarez Yanguas.

Código del anuncio: L2107227