BOLETÍN Nº 111 - 13 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 72/2021, de 29 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se convoca, para la campaña 2021, la Solicitud Única relativa a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el FEAGA y a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural y de Estado, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional, la presentación de solicitudes de modificación al SIGPAC y la notificación anual a efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola. Identificación BDNS: 560779.

El Reglamento (UE) número 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece las normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) número 637/2008 y (CE) número 73/2009 del Consejo.

El Reglamento Delegado (UE) número 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) número 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común y que modifica el anexo X de dicho Reglamento. El Reglamento Delegado (UE) 2017/1155 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, modifica el Reglamento Delegado 639/2014.

El Reglamento de Ejecución (UE) número 641/2014 de la Comisión, de 16 de junio de 2014, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) número 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común.

El Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, y se derogan los Reglamento (CE) número 352/78, (CE) número 165/94, (CE) número 2799/98, (CE) número 814/2000, (CE) número 1290/2005, y (CE) número 485/2008 del Consejo.

El Reglamento Delegado (UE) número 640/2014, de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad. El Reglamento Delegado (UE) 2016/1393 de la Comisión, de 4 de mayo de 2016 modifica el Reglamento Delegado (UE) número 640/2014.,

El Reglamento de Ejecución (UE) número 809/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) número 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/746 de la Comisión de 18 de mayo de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014 en lo que respecta a la modificación de las solicitudes únicas y solicitudes de pago y a los controles, permite realizar los controles mediante monitorización de las superficies a través de los datos ofrecidos por los Satélites Sentinel de Copernicus u otros similares. En 2021 se va a controlar por monitorización las ayudas directas en todos los municipios de Navarra.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1804 de la Comisión de 28 de octubre de 2019 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 809/2014 en lo que atañe a las modificaciones de las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago, los controles en el sistema integrado de gestión y control y el sistema de control en relación con la condicionalidad.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/540 de la Comisión de 26 de marzo de 2021 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) número 809/2014 en lo que atañe a determinadas obligaciones de notificación, controles sobre el terreno de las solicitudes de ayuda por ganado y solicitudes de pago en el marco de las medidas de ayuda relacionadas con los animales, así como a la presentación de la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago.

El Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 regula las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo.

El Reglamento Delegado (UE) número 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), e introduce disposiciones transitorias.

El Reglamento Delegado (UE) 2015/791 de la Comisión de 27 de abril de 2015 modifica el anexo I del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo de Desarrollo Rural.

El Reglamento de Ejecución (UE) número 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

El Reglamento (UE, EURATOM) número 1311/2013 del Consejo de 2 de diciembre de 2013 establece el marco Financiero plurianual para el periodo 2014-2020.

El Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de diciembre de 2017 modifica los Reglamentos (UE)número 1305/2013 número 1306/2013, número 1307/2013, número 1308/2013 y número 652/2014.

El Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre de 2020 por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) número 1305/2013, (UE) número 1306/2013 y (UE) número 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) número 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022.

El Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, establece la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y el control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

El Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, establece la asignación de derechos de régimen de Pago Básico de la Política Agrícola Común.

El Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas.

El Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, establece las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

El Real Decreto 745/2016, de 30 de diciembre y el Real Decreto 980/2017 de 10 de noviembre, modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

El Real Decreto 27/2018, de 26 de enero, modifica el Real Decreto 1075/2014.

El Real Decreto 1378/2018, de 8 de noviembre, modifica los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014 y 1078/2014.

Real Decreto 628/2019, de 31 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014 y 1076/2014, ambos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

El Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, regula las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de la producción primaria agrícola.

El Real Decreto 41/2021, de 26 de enero, por el que se establecen las disposiciones específicas para la aplicación en los años 2021 y 2022 de los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 Y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

Por Orden Foral 110/2015, de 20 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.

Por Orden Foral 90/2015, de 10 de marzo del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) y se establecen las normas para su gestión en Navarra.

Por Orden Foral 111/2015, de 20 de marzo, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se regula la coordinación entre el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) y el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN) y se establecen los criterios para la calificación de las explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).

Por Orden Foral 61/2018, de 27 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se establece el régimen general para la concesión, gestión en la Comunidad Foral de Navarra de ayudas agroambiente y clima (medida 10) y agricultura ecológica (medida 11), incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra 2014-2020.

El Anexo IX de la Orden Foral 159/2017, de 8 de mayo, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, establece las bases reguladoras de las ayudas al pastoreo sostenible de ovino en agrosistemas cerealistas de alto valor natural del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

En el anexo IV y V de la presente Orden Foral se incluyen las bases reguladoras del régimen general para la concesión, gestión y control de la Ayuda compensatoria a zonas de montaña y zonas con limitaciones naturales de Navarra para la campaña 2021, incluida en el Programa de Desarrolla Rural de Navarra para el periodo 2014-2020.

Por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 31 de marzo de 2021 se autoriza a la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente a adquirir un compromiso de gasto plurianual, relativo a las Medidas 10, 11 y 13 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

En el Anexo VI y VII de la presente Orden Foral se incluyen las bases reguladoras de las indemnizaciones por limitaciones ambientales en espacios naturales protegidos.

Por Orden Foral 53/2019, de 14 de marzo, se modifica la Orden Foral 61/2018, de 27 de febrero, incluyendo un nuevo Capítulo VII Bis, en el Título II regulando la Ayuda a la captura de carbono en secanos semiáridos.

El régimen de ayudas a los productores de semilla certificada de patata para el mantenimiento de esta actividad agraria en zonas con limitaciones naturales, se regula, por una parte, conforme al apartado 1.1.7 de las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícolas y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01), que prevé su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, y por otra parte, según la Orden Foral 428/2016, de 7 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

No obstante, en la actualidad y por lo que respecta a la vigencia de la ayuda a los productores de semillas certificadas de patata de las zonas con limitaciones naturales, debe tenerse en cuenta en primer lugar que, el ámbito temporal de aplicación de éste régimen de ayudas según la Comunicación de la Comisión C 424/30, publicada en el DOUE de 8 de diciembre de 2020, por la que se modifican las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 en lo que respecta a su período de aplicación, y por la que se introducen adaptaciones temporales para tener en cuenta el impacto de la pandemia de COVID-19, queda modificado en su punto 737, ampliando su periodo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.

La presente Orden Foral, en su Anexo VIII establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al cultivo de la remolacha azucarera, acogidas al régimen de minimis, y su convocatoria de ayudas para el año 2021.

Por Orden Foral 29/2007, de 8 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se establece el procedimiento para la gestión de las ayudas financiadas por el FEAGA, y por Orden Foral 30/2007, de 8 de febrero, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se establece el procedimiento de tramitación de las ayudas al desarrollo rural cofinanciadas por el FEADER.

Por Orden Foral 59/2019, de 30 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprueban las bases para la convocatoria y selección de entidades colaboradoras que participarán en el tratamiento de ayudas por cuenta del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Mediante la normativa antes mencionada se desarrollan, las normas reguladoras de las ayudas directas financiadas por el FEAGA y de las incluidas en el Programa de Desarrollo Rural, cofinanciadas por las Comunidades Autónomas y el FEADER para la campaña 2021, tanto en lo que afecta a las concesiones de ayudas como al pago anual.

El artículo 13 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrán, en cualquier momento, avocar para sí el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda, ordinariamente o por delegación, a sus órganos administrativos dependientes. En su virtud, se hace preciso avocar tanto la aprobación de la presente convocatoria ya que afecta a tres Direcciones Generales de este Departamento.

Por último, debe señalarse que la elaboración y aprobación de esta Orden foral se enmarca en la emergencia de salud pública ocasionada por COVID-19, que la Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 a situación pandemia internacional y que motivó la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y de sus prórrogas quedó expirada mediante el Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

No obstante lo anterior, en el momento actual se registra nuevamente una tendencia ascendente en el número de casos de la enfermedad que ha motivado la necesidad de proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos con excepciones a la libertad de circulación de las personas, limitando la entrada y salida de las personas de los territorios de las Comunidades Autónomas y limitando la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados. Para hacer frente a esta grave y excepcional situación se aprobó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-cov-2 y cuya duración se la prorrogado desde las 00.00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021, según establece el artículo 2 del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre.

En consecuencia, vistos los informes preceptivos y contando con el visto bueno de la Intervención y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1.e) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Avocar la competencia para la aprobación de las convocatorias que se incluyen en esta Orden Foral y continuar la tramitación del procedimiento de aprobación de esta Orden Foral.

2.º Aprobar la convocatoria y las bases para la presentación de la “Solicitud Única” en la campaña 2021 en la que se solicitan, las ayudas relacionadas en la base 1. 3) de esta Orden Foral.

3.º Aprobar la convocatoria de notificación anual a los efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) y de la actualización de la información del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).

4.º Aprobar la convocatoria de presentación de solicitudes de modificaciones al SIGPAC en la campaña 2021.

5.º Aprobar la convocatoria de la solicitud de derechos de Pago Básico a la Reserva Nacional de la campaña 2021 y la Comunicación de Cambios de Titularidad de Derechos de Pago Básico 2021.

6.º Aprobar las bases de la ayuda Compensatoria en Zonas con Limitaciones naturales de Navarra conforme a los anexos IV y V y autorizar un gasto de 8.100.000 euros con cargo a la partida 71230G/710001/4700/414208 “PDR FEADER 2014-2020. Indemnización compensatoria” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022.

El importe de la concesión de la ayuda queda condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la modificación del PDR de Navarra para el período de transición 2021-2022.

7.º Aprobar las bases de la ayuda compensatoria por limitaciones ambientales en espacios naturales protegidos, conforme al Anexo VI y VII, y autorizar un gasto de 70.000 euros anuales, con cargo a la partida 740003 74300 4609 456300. “PDR FEADER 2014-2020. Indemnizaciones a entidades locales”, del presupuesto de gastos del ejercicio 2021, para atender la convocatoria de ayudas “Pago compensatorio por limitaciones en espacios naturales protegidos” para el año 2021.

8.º Autorizar un gasto de 140.000 euros anual, con cargo a la partida “710000 71210 4701 412102 Fomento de la producción de patata de siembra” del presupuesto de gastos del ejercicio 2021, para atender la convocatoria de ayudas de 2021 a los productores de semilla certificada de patata para el mantenimiento de esta actividad agraria en zonas con limitaciones naturales.

9.º Autorizar un gasto de 234.920,68 euros, con cargo a la partida 710001 71230 4700 414205 “PDR FEADER 2014-2020. Medida Producción Ecológica” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de la concesión de la Ayuda a la Agricultura Ecológica.

10.º Autorizar un gasto de 306.032,39 euros, con cargo a la partida 740003 74300 4700 456302 “Plan Reactivar PDR FEADER 2014-2020. Medidas agroambientales” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de la concesión de la Ayuda a la Mejora de hábitat.

11.º Autorizar un gasto de 53.364,00 euros, con cargo a la partida 710001 71230 4700 414206 “PDR FEADER 2014- 2020. Medida Agroambiente y clima.” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de la concesión de la Ayuda a la producción agroambiental de patata de siembra.

12.º Autorizar un gasto de 1.867.746,24 euros, con cargo a la partida 710001 71230 4700 414206 “PDR FEADER 2014- 2020. Medida Agroambiente y clima.” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de la concesión de la Ayuda a los Sistemas ganaderos sostenibles mediante pastoreo y extensificación.

13.º Autorizar un gasto de 422.559,50 euros, con cargo a la partida 710001 71230 4700 414206 “PDR FEADER 2014- 2020. Medida Agroambiente y clima.” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de su concesión de la Ayuda a la Preservación de agrosistemas mediterráneos sostenibles.

14.º Autorizar un gasto de 590.151,20 euros, con cargo a la partida 710001 71230 4700 414206 “PDR FEADER 2014- 2020. Medida Agroambiente y clima.” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender a los productores que soliciten la prórroga de su concesión de la Ayuda a las Razas autóctonas en peligro de abandono.

15.º Aprobar las bases de la ayuda destinada al cultivo de remolacha azucarera, conforme al Anexo VIII y autorizar un gasto de 200.000 euros, con cargo a la partida 710000 71210 4700 412103 “ayudas de minimis para la remolacha azucarera” del Presupuesto de 2021 que a los efectos se habilite en el Presupuesto de Gastos del año 2022, para atender la convocatoria de ayudas de 2021 a los productores de remolacha azucarera para el mantenimiento de esta actividad agraria.

16.º Registrar la presente convocatoria de subvenciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

17.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma.

Pamplona, 29 de abril de 2021.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

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