BOLETÍN Nº 109 - 11 de mayo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ULTZAMA

Extracto de la convocatoria de subvenciones para entidades, asociaciones y personas particulares sin ánimo de lucro para la creación artístico-cultural y organización de actividades artístico-culturales durante 2021

BDNS (identificación): 554633.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/554633).

El Ayuntamiento ha aprobado unas bases para la convocatoria de subvenciones a favor de entidades, asociaciones y personas particulares sin ánimo de lucro para la creación artístico-cultural y organización de actividades artístico-culturales durante el año 2021. Dichas bases se encuentran en las dependencias municipales a disposición de los interesados/as y así mismo en la página web municipal (ultzama.eus).

La presente convocatoria tiene los siguientes objetos:

a) Apoyar económicamente la creación artística y cultural en cualquier disciplina artística: danza, música, teatro, las artes plásticas, fotografía, pintura, poesía, cuentos, vídeo...

El presupuesto destinado para la presente convocatoria es de 2.000,00 euros.

b) Apoyar económicamente la organización de actividades artístico-culturales.

El presupuesto destinado para la presente convocatoria es de 1.000,00 euros.

Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades y equipamiento de carácter docente, así como las fiestas patronales o similares de los pueblos. Tampoco podrán acogerse a estas ayudas aquellas entidades y/o personas físicas a quienes el Ayuntamiento de Ultzama destinare ayudas económicas de forma directa. Con todo, en el supuesto de que la ayuda directa percibida fuere inferior a la cantidad subvencionable según la presente convocatoria, sí será posible acogerse a las ayudas de esta convocatoria, consistiendo las mismas en la cantidad económica resultante hasta completar la ayuda concedida.

Las entidades/personas beneficiarias deberán reunir los requisitos y cumplir las obligaciones que constan en los artículos 9, 13, y demás concordantes de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

El concreto gasto a subvencionar no podrá contar con otra subvención o ayuda de cualesquiera otra/s entidad pública/s, debiéndose en tal caso devolver el importe de la subvención en la cuantía doblemente subvencionada.

Aquellas personas interesadas que deseen acogerse a esta convocatoria deberán presentar sus solicitudes en el plazo de treinta días naturales desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Los proyectos o actividades subvencionadas deberán ejecutarse antes del 10 de diciembre de 2021 y deberán justificarse antes del 17 de diciembre 2021, mediante la presentación de la documentación oportuna en el Ayuntamiento de Ultzama.

La actividad subvencionada deberá hacerse pública en un acto o presentación en el que se utilizará tanto el euskara como el castellano.

El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria no será superior a 1.000,00 euros en la modalidad “a” (creación) y de 500,00 euros en la modalidad “b” (organización). A cambio de la subvención la persona/entidad solicitante deberá presentar su producto en el valle, para lo cual actuará en coordinación con el Ayuntamiento.

Laraintzar, 18 de marzo de 2021.–El alcalde, Martin M.ª Picabea Aguirre.

Código del anuncio: L2106554