BOLETÍN Nº 104 - 6 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 17E/2021, de 23 de marzo, del Director General de Desarrollo Rural, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al Consejo de la Producción Agraria Ecológica de Navarra-Nafarroako Nekazaritzako Produkzio Ekologikoaren Kontseilua, CPAEN-NNPEK, como autoridad de control de la producción ecológica, de conformidad con la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, y se aprueba la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2021. Identificación BDNS: 554405.

Por Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, se aprobaron las bases reguladoras de la ayuda al Consejo de la Producción Agraria Ecológica de Navarra-Nafarroako Nekazaritzako Produkzio Ekologikoaren Kontseilua, CPAEN-NNPEK, como autoridad de control de la producción ecológica, en la Comunidad Foral de Navarra, para el periodo 2016-2020. Esta resolución fue modificada, en lo que respecta a su base séptima, por la resolución 801/2017, de 4 de julio.

Esta ayuda fue notificada a la Comisión Europea que decidió no plantear objeciones en relación con el régimen de referencia, puesto que es compatible con el artículo 107.3.c) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta declaración de compatibilidad está contenida en la decisión positiva SA.44490 (2016/N) de Ayuda al Consejo Regulador de la producción agraria ecológica de Navarra para el periodo 2016-2020.

La Comunicación de la Comisión C 424/30, publicada en el DOUE de 8 de diciembre de 2020, modifica las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 en lo que respecta a su período de aplicación, y por la que se introducen adaptaciones temporales para tener en cuenta el impacto de la pandemia de COVID-19, y modifica su punto 737 ampliando su periodo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por otra parte, la Comisión ha decidido no plantear objeciones a la notificación de las modificaciones de los regímenes de ayudas vigentes por ser compatibles con el mercado interior de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE, y ha remitido acuse de la solicitud de prórroga del régimen de ayudas presentada por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por el que se prorroga la ayuda SA.44490 (2016/N) como la ayuda SA.59075(2020/N), y extiende su periodo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022.

La citada Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, establece en su base quinta, que para cada ejercicio presupuestario se autorizará el gasto correspondiente a la subvención anual y se establecerá el porcentaje de intensidad de ayuda por las medidas de control que podrá llegar al 100% de los costes reales efectuados.

La base sexta de la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, dispone de igual manera, que el CPAEN-NNPEK presentará al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente la correspondiente solicitud de ayuda a partir del uno de enero del ejercicio presupuestario correspondiente.

Por otra parte, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

Por tratarse del otorgamiento de una subvención pública la presente convocatoria contiene asimismo el compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial de conformidad al artículo 5 de la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización empresarial.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y por el Decreto Foral, 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de la subvención al CPAEN-NNPEK para la actividad de control y certificación de la producción ecológica del año 2021.

2. El plazo de presentación de la solicitud de ayuda finalizará a los quince días a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Autorizar un gasto de 240.000 euros, con cargo a la partida 720003-72220-4459-413104 denominada “Subvención al Consejo Regulador de la Producción Ecológica. Control y certificación” del presupuesto de gastos del ejercicio 2021.

4. Establecer la intensidad de la ayuda para el año 2021 en el 100% de los costes reales efectuados.

5. Para esta convocatoria será de aplicación la Resolución 799/2016, de 2 de agosto, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda para el periodo 2016-2020 al CPAEN-NNPEK, como autoridad de control de la producción ecológica en la Comunidad Foral de Navarra, modificada por la Resolución 801/2017, de 4 de julio, del Director General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería.

Las entidades a que hace referencia el artículo 3 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, estarán sujetas a las normas de transparencia, cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20% del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

A estos efectos, se aprueba el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

6. La persona beneficiaria asume el compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial de conformidad al artículo 5 de la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización empresarial.

7. Registrar la presente convocatoria en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

8. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

9. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación.

Pamplona, 23 de marzo de 2021.–El director general de Desarrollo Rural, Fernando Santafé Aranda.

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