BOLETÍN Nº 99 - 13 de mayo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BASABURUA

Calendario laboral para 2020

El Ayuntamiento de Basaburua, en sesión plenaria ordinaria celebrada el 30 de abril de 2020, aprobó el calendario laboral de festivos entre semana del personal al servicio del mismo, además de establecer cuáles serán los festivos de carácter retribuido y no recuperable de 2020. He aquí:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–14 de agosto: festividad local. Víspera de la Asunción de la Virgen.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–4 de diciembre: puente del día de San Francisco Javier. Festividad local.

–7 de diciembre: día siguiente al día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Además, se establecen 3 días y 20 minutos más festivos, a elegir cada trabajador y trabajadora, con el condicionante de que el Ayuntamiento no se cierre al público.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020, todos los sábados y domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada laboral en el Ayuntamiento de Basaburua, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, entre las 7:30 y 16:00 horas.

A) El horario de registro general y atención al público es de las 9:30 a 13:30 horas.

B) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Además, los trabajadores y trabajadoras dispondrán de 3 días de asuntos propios, que deberán ser solicitados a Alcaldía y justificados con la debida antelación.

C) La distribución de la jornada de trabajo y las vacaciones señaladas en los anteriores apartados, no se aplicará a los empleados/as que, por necesidades del servicio, tengan establecido algún tipo de jornada especial, ni a los trabajadores y trabajadoras adscritas a la escuela infantil, que se regirán por su calendario laboral específico; de todos modos, deberán respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter general.

La jornada anual será la que con carácter general se establezca definitivamente para la Administración Pública de Navarra en 2020. En caso de modificación, se aplicarán los ajustes pertinentes.

Basaburua, 30 de abril de 2020.–La Alcaldesa, Esther Lakasta Perez Ilzarbe.

Código del anuncio: L2004727