BOLETÍN Nº 91 - 4 de mayo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERRIOZAR

Extracto de Convocatoria de ayudas sociales individuales destinadas a proporcionar mediante la utilización de Bonotaxi,
un medio alternativo de transporte adaptado a personas afectadas por graves dificultades de acceso al transporte colectivo
durante el año 2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans): BDNS (Identificación): 504010.

El objeto de la presente convocatoria es la regulación de las ayudas individuales, subvenciones, en forma de tarjeta BonoTaxi, destinadas a personas con discapacidad con dificultades de utilización del transporte urbano colectivo para la utilización de un medio de transporte adaptado (taxi). Esta convocatoria estará siempre condicionada al desarrollo de la accesibilidad en los vehículos utilizados para el transporte público.

La finalidad de estas ayudas es favorecer el desplazamiento en el entorno urbano a las personas afectadas de dificultades de movilidad, para que puedan desarrollar una vida independiente y, en consecuencia, disfrutar de los mismos derechos en las mismas condiciones que el resto de ciudadanía.

Esta ayuda económica, tendrá un carácter voluntario y extraordinario, no pudiendo ser invocada como precedente, teniendo el tratamiento legal de subvención.

–Gestión y procedimiento:

El Programa se gestionará, en cuanto a aplicación del BonoTaxi, mediante Convenio entre el Ayuntamiento de Berriozar y la Asociación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física de Navarra (ACODIFNA).

El Ayuntamiento abonará la subvención anual destinada para la concesión de las ayudas sociales individuales, a ACODIFNA. Concretada para el año 2020 en 7.000 euros.

ACODIFNA se compromete a la gestión integral de este Programa.

–Plazo y lugar de presentación de solicitudes:

Las solicitudes, deberán formularse mediante instancia firmada por la persona solicitante que deberá ajustarse al modelo normalizado que acompaña la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente de la finalización del Estado de Alarma. No obstante, las solicitudes que se presenten a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra se entenderán como presentadas en plazo. El plazo finalizará de forma improrrogable el 9 de octubre de 2020.

Las subvenciones se concederán conforme se vayan presentando las solicitudes que cumplan con los requisitos para ser personas beneficiarias y siempre que exista consignación presupuestaria.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Berriozar o en el resto de los Registros reseñados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Berriozar, 21 de abril de 2020.–El Alcalde, Raúl Maiza González.

Código del anuncio: L2004659