BOLETÍN Nº 9 - 15 de enero de 2020

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa de bien inmueble

La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva de Hacienda Tributaria de Navarra,

Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye frente a la herencia yacente de Justa Fernandez Villeras, CIF E71348700, por medio de Resolución del pasado 17 de abril de 2019 el Director del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra acordó la venta mediante subasta del bien inmueble embargado, resolviendo la celebración de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra y en la citada Resolución, se publica el presente anuncio de venta mediante adjudicación directa y se advierte a las personas que deseen participar en la misma de lo siguiente:

1.º La venta mediante adjudicación directa se celebrará el día 4 de febrero de 2020, a las 10:00 horas, en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, Avenida de Carlos III, número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 4.º nivel, de Pamplona.

2.º La venta mediante adjudicación directa se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se justifica adecuadamente el pago de la deuda, intereses de demora y costas del procedimiento.

3.º Bien objeto de la venta mediante adjudicación directa:

Lote único

Registral:

Finca 25.907 de la Sección 3.ª de Pamplona. Urbana: Vivienda o piso cuarto, letra “A” de la casa número diez, del Gupo I Milagrosa”, hoy según cédula parcelaria, número sesenta y dos de la calle Blas de la Serna, de Pamplona, con una superficie construida de sesenta y seis metros, cuarenta decímetros y sesenta centímetros cuadrados y una superficie útil de cincuenta y tres metros, ochenta y dos decímetros y sesenta centímetros cuadrados; distribuida en vestíbulo, cocina comedor, aseo, tres dormitorios, pasillo, terraza y tendedero.–Linda: frente, caja de escalera y patio interior; derecha entrando, vivienda “B”; izquierda y fondo, zona verde.– Es anejo a esta vivienda el derecho conjunto de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio necesarios para su adecuado uso y disfrute y cuyo condominio se estima en relación al total edificio en cuatro enteros y mil seicientos senta y seis diezmilésimas por ciento.

Inscrita en el tomo 1.263, libro 637, al folio 165, inscripción 1.ª

Titularidad:

Consta inscrita a nombre de doña Justa Fernández Villeras el 100% del pleno dominio con carácter privativo adquirida en virtud de Escritura Pública otorgada el 20 de junio de 2006 ante el notario de Pamplona, don Joaquín Luis Yoldi Sangáriz, número 561 de su protocolo.

Catastral:

Polígono 5, parcela 252, sub-área 1, unidad urbana 13, quedando coordinada con el Registro Fiscal de la Riqueza Territorial. Cuenta con una superficie construida de sesenta y cuatro metros y diez decímetros cuadrados.

Valor de tasación: 92.339,26 euros.

Cargas preferentes inscritas:

–Afecta al pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, por haber sido declarado prescrito por autoliquidación y estar pendiente de comprobación, según expresa la nota al margen de la inscripción 2.ª, extendida con fecha siete de enero de 2014. Caducada.

–Gravada con la hipoteca objeto de la inscripción 3.ª, a favor de la “Casa de Misericordia de Pamplona”, practicada con fecha dieciocho de marzo de dos mil catorce en virtud de escritura otorgada el veintisiete de noviembre de dos mil trece ante el Notario de Pamplona, don José María Marco García-Mina, número 1.557 de su protocolo, complementada con otra otorgada el día veinticinco de febrero de dos mil catorce, ante el mismo Notario, número 225 de su protocolo. Deuda certificada: 39.028,57 euros

–Afecta al pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, por haber sido declarado exento por autoliquidación y estar pendiente de comprobación, según expresa la nota al margen de la inscripción 3.ª, extendida con fecha dieciocho de marzo de 2014. Caducada.

–Afecta al pago del impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, por haber sido declarado exento por autoliquidación y estar pendiente de comprobación, según expresa la nota al margen de la inscripción 4.ª, extendida con fecha siete de junio de 2016.

Otras cargas preferentes:

–Ayuntamiento de Pamplona: 120,43 euros.

–Comunidad de propietarios: 935,20 euros.

En el caso de existir, el bien a enajenar está afecto por las cargas y gravámenes preferentes señaladas anteriormente y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate. Dado el tiempo transcurrido, el importe de las cargas preferentes ha podido variar. Todo ello sin perjuicio de la posible existencia de otras cargas no preferentes por las que el bien objeto de la presente ejecución pueda quedar afecto.

4.º Carga a ejecutar:

Hipoteca de Máximo constituida mediante escritura otorgada ante el notario de Pamplona don Alfredo Aldaba Yoldi, número 557 de su protocolo, que se inscribió en el Registro de la Propiedad número 7 de Pamplona el día 7 de junio de 2016, según consta al margen de la inscripción 4.ª

5.º Desarrollo de la enajenación mediante adjudicación directa.

La oferta mínima será de 23.514,78 euros, no admitiéndose ofertas inferiores.

–Pueden tomar parte como licitadores todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, que no tengan impedimento o restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.

–Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:

Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, Avenida de Carlos III número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 3 de febrero de 2020, procediéndose a la apertura de las mismas a las 10:00 horas del día 4 de febrero de 2020 en las mismas dependencias en el 4.º Nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:

–Resguardo de realización de oferta, que podrá descargar en este link: http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/Hac/Resguardo_Oferta_C.pdf.

–Identificación de la persona o entidad ofertante, acreditando en su caso el poder con el que actúa, NIF/CIF.

–Identificación del bien por el que se puja.

–Importe ofertado.

–Depósito de garantía en forma de cheque conformado o bancario a favor de la Comunidad Foral de Navarra por al menos, del 20% de la oferta mínima, es decir, 4.702,96 euros.

En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:

–Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.

–Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina (lunes a viernes, de 9:00h a 14:30h), y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa, es decir, el 3 de febrero de 2020.

–Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.

Las ofertas tendrán el carácter de máximas.

La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.

Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos equivalentes en tramos de 250,00 euros.

–No se admitirán depósitos en metálico.

–Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.

–El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

–La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.

8.º No consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentre ocupado por persona distinta del deudor.

9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.

10.º Según el Servicio de Vivienda (Departamento de Derechos Sociales) el inmueble no disponía de cédula de habitabilidad.

11.º Según el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial (Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial) el inmueble cuenta con certificado de eficiencia energética con una calificación energética E.

12.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.

Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva (Teléfono 848-428-693; correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es).

Pamplona, 21 de noviembre de 2019.–La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán.

Código del anuncio: F1916422