BOLETÍN Nº 88 - 28 de abril de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 2019, aprobó inicialmente la modificación de las siguientes Ordenanzas fiscales para aplicar con efectos de 1 de enero de 2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y trascurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones (Boletín Oficial de Navarra número 245, de 16 de diciembre de 2019, anuncio de aprobación inicial), se procede a la aprobación definitiva de dichas ordenanzas.

Por todo ello, se acuerda aprobar definitivamente las modificaciones de las siguientes Ordenanzas fiscales:

–Ordenanza número 5: Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos.

Aprobar la eliminación del epígrafe 6 del anexo de tarifas la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por expedición de documentos:

“Otra documentación relativa al accidente que no suponga informe técnico: 50 euros.”

–Ordenanza número 21: Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

Añadir, en el anexo de tarifas apartado:

“1.4. Otra utilización o aprovechamiento para actividades no económicas como contenedores, vallados y cualquier ocupación que no constituya una actividad económica, por metro cuadrado o fracción, o proyección en planta:”,

El siguiente párrafo:

“En el caso de camiones de descarga de combustible/ desciegues/ mudanzas/ similares: 4 euros/día.”

Burlada, 16 de abril de 2020.–La Alcaldesa, Ana M.ª Gongora Urzaiz.

Código del anuncio: L2004549