BOLETÍN Nº 84 - 23 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 38/2020, de 20 de abril, del Consejero de Educación, por la que se adoptan medidas en relación con los efectos de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 para garantizar la correcta organización del comienzo del curso 2020/2021.

Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableciendo su Disposición Adicional Tercera la suspensión de términos y la interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, señalando que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento que pierda vigencia el mismo Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

El Departamento de Educación, ya desde el año 2019 ha venido realizando las actuaciones requeridas para dotar al sistema educativo de Navarra, en el curso 2020/2021, de los medios personales necesarios para la atención de las necesidades que exige una educación de calidad.

Estas actuaciones se han visto interrumpidas por la referida suspensión de plazos y, en algunos casos, resulta imposible la tramitación de los procedimientos, por lo que ha de optarse por su aplazamiento para el año 2021 o bien por dejarlos sin efecto.

A la vista del Informe del Servicio de Régimen Jurídico de Personal, e independientemente de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, existen actuaciones que han de realizarse necesariamente y sin las cuales no es posible garantizar el comienzo del curso 2020/2021.

En estos supuestos, se considera imprescindible la utilización de la posibilidad que otorga el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y acordar la continuación de los procedimientos que se considera que son indispensables para el funcionamiento básico del servicio público educativo.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que me otorga el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Avocación de competencias.

Avocar las competencias de la Dirección General de Recursos Educativos, en las materias a que se refiere esta Orden Foral.

2.º Aplazamiento de los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades aprobados por Resolución 8/2019, de 26 de diciembre, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal, del Departamento de Educación.

1.–Aplazar al año 2021, siempre que las condiciones sanitarias lo permitan, la fase de oposición correspondiente a los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y de adquisición de nuevas especialidades al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y de ingreso y adquisición de nuevas especialidades al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, aprobados mediante Resolución 8/2019, de 26 de diciembre, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal del Departamento de Educación.

2.–Las referencias contenidas en las bases de las convocatorias de los procedimientos señalados en el apartado anterior, a fechas y plazos incluidos en el año 2020, se entenderán hechas a las mismas fechas y plazos del año 2021.

Del mismo modo, las referencias al curso escolar 2020/2021 se entenderán hechas al curso escolar 2021/2022.

3.º Dejar sin efecto las convocatorias de concursos de méritos para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos en centros docentes.

Queda sin efecto la Resolución 28/2020, de 25 de febrero, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueban las convocatorias de concursos de méritos para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos en centros docentes.

4.º Medidas relativas a la Resolución 18/2020, de 14 de febrero, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la adjudicación de destinos provisionales, en prácticas y en comisión de servicios del personal funcionario docente no universitario, el nombramiento de cargos directivos y el procedimiento de solicitud de reducciones de jornada del personal docente, para el curso 2020/2021.

1.–Se acuerda la continuación de los procedimientos previstos en la Resolución 18/2020, de 14 de febrero, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente.

2.–A los efectos de lo previsto en la Base III “Procedimiento para la solicitud de reducciones de jornada” de la Resolución 18/2020, de 14 de febrero, de la Directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas hasta el tercer día hábil siguiente, incluido, a la publicación de la presente Orden Foral.

5.º Medidas relativas a la Orden Foral 32/2013, de 11 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se determinan los perfiles específicos que puede acreditar el personal docente y se establece el procedimiento para la acreditación de los mismos.

Se acuerda la continuación del procedimiento de acreditación de perfiles previsto en la Orden Foral 32/2013, de 11 de marzo, del Consejero de Educación.

6.º Medidas relativas a la movilidad del profesorado con destino definitivo en zona en el Programa de Audición y Lenguaje y en Programa de Apoyo al Alumnado Desfavorecido y al proceso de elección de centros docentes por el profesorado funcionario de Orientación Educativa.

1.–Se acuerda la continuación del procedimiento de movilidad del profesorado con destino definitivo en zona en el Programa de Audición y Lenguaje y en Programa de Apoyo al Alumnado Desfavorecido, previsto en la Resolución 519/2011, de 17 de marzo, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, por la que se aprueban las instrucciones que regulan el procedimiento de movilidad interna del profesorado funcionario con destino definitivo en zona en el Programa de Audición y Lenguaje y en el Programa de Apoyo a Alumnado Desfavorecido (antes Programa de Minorías Culturales) al servicio del Departamento de Educación.

2.–Se acuerda la continuación del proceso de elección de centros docentes por el profesorado funcionario de Orientación Educativa, previsto en la Orden Foral 113/2009, de 30 de junio, del Consejero de Educación, por la que se suprimen los puestos de trabajo de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Orientación Educativa en Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, se aprueba la convocatoria de redistribución de efectivos y provisión de puestos de trabajo de Orientación Educativa y se aprueban las instrucciones para ordenar el proceso de elección de centros para ejercer funciones de orientación en los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y sobre el desempeño de dichas funciones.

7.º Medidas relativas a la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación.

Se acuerda la continuación de los procedimientos derivados de la aplicación de la Orden Foral 37/2020, de 8 de abril, del Consejero de Educación, específicamente en lo que se refiere al plazo para las renuncias a puestos de difícil provisión, así como los relacionados con la publicación de relaciones de incorporados y excluidos.

8.º Presentación telemática de instancias.

La presentación de instancias por las personas interesadas en los procedimientos a que se refieren los apartados anteriores, deberá realizarse obligatoriamente mediante procedimiento administrativo electrónico y tramitación telemática, a través de los medios que el Departamento de Educación ponga a disposición de las personas interesadas.

9.º Aplicación de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se suspende la actividad presencial en los centros de trabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, con excepción de los servicios públicos esenciales, como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus (COVID-19).

Las previsiones de la Orden Foral 54/2020, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en cuanto al trabajo en modalidad presencial y no presencial de los empleados, serán de aplicación a los procedimientos respecto de los que se acuerda su continuidad en la presente Orden Foral.

10.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

11.º La presente Orden Foral producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

12.º Contra la presente Orden Foral los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de abril de 2020.–El Consejero de Educación, Carlos Gimeno Gurpegui.

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