BOLETÍN Nº 8 - 14 de enero de 2020

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa de bien inmueble

La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva de Hacienda Tributaria de Navarra,

Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye frente a la a herencia yacente de Concepción Omeñaca Ramírez”, CIF: E71345334, por medio de Resolución del pasado 23 de mayo de 2019 el Director del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra acordó la venta mediante subasta de una mitad indivisa del bien inmueble hipotecado, resolviendo la celebración de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra y en la citada Resolución, se publica el presente anuncio de venta mediante adjudicación directa y se advierte a las personas que deseen participar en la misma de lo siguiente:

1.º La venta mediante adjudicación directa se celebrará el día 19 de febrero de 2020, a las 12:00 horas, en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, Avenida de Carlos III, número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 4.º nivel, de Pamplona.

2.º La venta mediante adjudicación directa se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se justifica adecuadamente el pago de la deuda, intereses de demora y costas del procedimiento.

3.º Bien objeto de la venta mediante adjudicación directa:

Lote único: mitad indivisa sobre el siguiente bien inmueble:

Registral: finca número 431, inscrita al folio 6 del libro 12 de Burlada, tomo 3084 del Archivo, se describe en el libro del Registro en los términos siguientes:

Urbana.–Piso primero exterior derecha, vivienda tipo B, de la casa sita en Burlada, Valle de Egüés y su calle Mayor a Carretera General a Francia, sin número, con una superficie útil de setenta y cinco metros y ochenta y un decímetros cuadrados. Se distribuye en vestíbulo, pasillo, comedor, tres dormitorios, cocina, aseo y una terraza a fachada principal y linda por frente, con caja de escalera y patio interior; derecha entrando, terreno alejado entre la finca y casa Balbuena; izquierda piso exterior izquierda y fondo, calle. Es anejo a este piso el derecho conjunto de copropiedad sobre los elementos comunes del edificio, necesarios para su adecuado uso y disfrute y cuyo condominio se estima en 2,837 %”.

Titularidad.–Que la descrita finca consta actualmente inscrita, en favor de doña Concepción Omeñaca Ramírez, en cuanto a 1/2 indivisa, por título de Herencia según resulta de la escritura autorizada por el notario de Burlada, Ernesto José Rodrigo Catalán, el día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y dos, que motivó la inscripción 5.ª de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y dos, al folio 132 del libro 95, tomo 1763 del archivo.

Catastral.–Corresponde a la Unidad Urbana 6 de la Subárea Urbana 1 de la Parcela 132 del Polígono 1 del Catastro de Burlada, sita en calle Mayor número 7, 1.ºB, de 92 metros cuadrados.

Valor de tasación de la mitad indivisa: 54.619,48 euros.

Cargas preferentes:

–Anotadas: No constan más cargas, gravámenes o afecciones que la hipoteca objeto de la presente ejecución.

–Otras: Cargas comunidad de vecinos: 131,88 euros.

En el caso de existir, el bien a subastar está afecto por las cargas y gravámenes preferentes señaladas anteriormente y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate. Dado el tiempo transcurrido, el importe de las cargas preferentes ha podido variar. Todo ello sin perjuicio de la posible existencia de otras cargas no preferentes por las que el bien objeto de la presente ejecución pueda quedar afecto.

4.º Carga a ejecutar:

Hipoteca de Máximo sobre una mitad indivisa de la finca número 431 de Burlada constituida mediante escritura otorgada ante el notario de Sangüesa don Ángel Nanclares Valle, número 109 de su protocolo, que se inscribió en el Registro de la Propiedad de número 1 de Aoiz el 7 de abril de 2006, según consta al margen de la inscripción 6.ª

5.º Desarrollo de la enajenación mediante adjudicación directa.

La oferta mínima será de 38.141,32 euros, no admitiéndose ofertas inferiores.

–Pueden tomar parte como licitadores todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, que no tengan impedimento o restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.

–Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:

Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, Avenida de Carlos III número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 18 de febrero de 2020, procediéndose a la apertura de las mismas a las 12:00 horas del día 19 de febrero de 2020 en las mismas dependencias en el 4.º Nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:

–Resguardo de realización de oferta, que podrá descargar en este link: http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/Hac/Resguardo_Oferta_C.pdf.

–Identificación de la persona o entidad ofertante, acreditando en su caso el poder con el que actúa, NIF/CIF.

–Identificación del bien por el que se puja.

–Importe ofertado.

–Depósito de garantía en forma de cheque conformado o bancario a favor de la Comunidad Foral de Navarra por al menos, del 20 % de la oferta mínima, es decir 7.628,26 euros.

En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:

–Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.

–Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina (lunes a viernes, de 9:00 a 14:30 h), y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa.

–Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.

Las ofertas tendrán el carácter de máximas.

La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.

Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos de 500,00 euros.

–No se admitirán depósitos en metálico.

–Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.

–El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

–La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.

8.º No consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentre ocupado.

9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.

10.º Según el Servicio de Vivienda (Departamento de Derechos Sociales) el inmueble no dispone de cédula de habitabilidad en vigor.

11.º El edificio en el que se halla el inmueble subastado dispone de certificado de eficiencia energética, con calificación E.

12.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.

Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva (Teléfono 848-428693 correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es).

Pamplona, 8 de enero de 2020.–La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán.

Código del anuncio: F2000212