BOLETÍN Nº 77 - 14 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 285E/2020, de 24 de marzo, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula informe Ambiental Estratégico de la “Modificación Estructurante del Plan Municipal Obanos, Área de reparto AR-1 y Sistemas generales SGA-1 y SGA-2”, promovida por el Ayuntamiento de Obanos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 y 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Modificación Estructurante del Plan Municipal Obanos, Área de reparto AR-1 y Sistemas generales SGA-1 y SGA-2, se somete a Evaluación Ambiental Simplificada.

La Modificación cuenta con la aprobación inicial por el Pleno municipal el día 2 de enero de 2020 y fue sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 20, de 30 de enero de 2020.

El objetivo de la Modificación es cambiar la clasificación de la parcela 463 del polígono 2 de suelo urbanizable a suelo urbano consolidado de uso dotacional público deportivo, con la finalidad de permitir la reforma de la piscina municipal y consolidar su implantación en su ubicación actual. Para ello se plantea reordenar y redefinir los ámbitos denominados, Sector 2 AR1 y los sistemas generales adscritos SGA-1 y 2.

La propuesta se concreta en reubicar el área residencial (AR1S2) al lugar ocupado por los vigentes Sistemas Generales Adscritos (SGA 1 y 2), quedando el entorno de las piscinas como reserva para sistema general equipamientos (denominada SGA-1). El sistema general SGA-2 pasa a ser una zona verde ubicada en el borde de la meseta sobre la que se asienta el núcleo urbano y se genera una nueva unidad, UN-9, de suelo urbano no consolidado ubicada en el extremo oeste del ámbito como área residencial.

El ámbito de la Modificación se corresponde principalmente con suelos agrícolas, a excepción de la regata Muruzabal, que atraviesa el Sector 2 y el nuevo SGA-1. En la Evaluación Ambiental del Plan General de Obanos se integraron las medidas de prevención de riesgos por inundabilidad estableciendo como determinación vinculante para el Plan Parcial del Sector 2, la realización de un estudio de inundabilidad de la regata. Esta medida junto con una banda perimetral de conservación del espacio fluvial de 15 m se incluyen en la normativa de la Modificación.

Con el objetivo de favorecer la permeabilidad del Sector 2 y del ámbito de los Sistemas Generales se propone como medida complementaria que los proyectos de urbanización, maximicen la superficie permeable para favorecer la adecuada infiltración del agua pluvial.

A la vista de las características de la Modificación y analizando el ámbito de actuación se concluye que la propuesta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. El Servicio de Biodiversidad informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico de la “Modificación Estructurante del Plan Municipal Obanos, Área de reparto AR-1 y Sistemas generales SGA-1 y SGA-2”, promovida por el Ayuntamiento de Obanos, considerando que la propuesta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.

2.º Los proyectos de urbanización del ámbito de la Modificación incorporarán medidas que maximicen la superficie permeable para favorecer la adecuada infiltración del agua pluvial.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución, al Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal, y al Ayuntamiento de Obanos, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de marzo de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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