BOLETÍN Nº 73 - 6 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 822/2020, de 20 de marzo, del Director del Servicio de Régimen Jurídico de Personal del Departamento de Educación, por la que se ejecuta la Orden Foral 51E/2020, de 5 de marzo, del Consejero de Educación.

Doña Natalia Artigas Piñar participó en el procedimiento selectivo de ingreso libre aprobado mediante Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos, por la especialidad de Educación Infantil (castellano).

Dentro del proceso selectivo, mediante Resolución 2745/2019, de 24 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se aprobó la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros. Con fecha 7 de agosto de 2019, doña Natalia Artigas Piñar interpone recurso de alzada contra la citada Resolución 2475/2019, de 24 de julio.

Por Orden Foral 51E/2020, de 5 de marzo, del Consejero de Educación, se estima parcialmente el recurso de alzada interpuesto por doña Natalia Artigas Piñar frente a la Resolución 2475/2019, de 24 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas de ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo aprobado por Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos.

De acuerdo con la mencionada Orden Foral, se observa la baremación efectuada por la Administración a doña Natalia Artigas Piñar otorgando 0 puntos en el apartado 2 “Formación académica” pese a que la interesada aportó, en fase de subsanación y reclamación, un modelo de certificación académica personal que recogía los mismos datos que la certificación presentada inicialmente (asignaturas, créditos y calificaciones), completada en este ultimo caso con la nota resultante de dichos estudios.

La citada Orden Foral señala que de la documentación aportada por la interesada en fase de reclamación y subsanación se desprende que la puntuación a otorgar en el apartado 2.1 “Expediente académico del título alegado como requisito” es de 1,25 puntos de acuerdo a lo establecido en la convocatoria, toda vez que certifica una nota media en el título alegado como requisito de 1,909/7,292.

De lo anterior se concluye que la baremación realizada por la Administración no cumple con las bases de la convocatoria en cuanto a la baremación de la certificación académica personal en el apartado 2.1, y que dicha actuación genera un perjuicio para la recurrente ya que la puntuación final de sus méritos no debe ser 8,5000 puntos sino 9,7500 puntos.

Teniendo en cuenta todo lo anterior la puntuación final de la fase de concurso de la recurrente debiera haber sido de:

Educación Infantil (castellano):

Puntuación total de 9,7500 (Apartado I “Experiencia docente previa”: 7,000. Apartado II “Formación Académica”. 1,2500 puntos. Apartado III “Otros méritos”: 1,500 puntos).

Por ello, dicha Orden Foral ordena al Servicio de Régimen Jurídico de Personal del Departamento de Educación la asignación de 1,25 puntos en el apartado 2.1 (Expediente académico del título alegado) del baremo de méritos de doña Natalia Artigas Piñar recogido en la Resolución 2745/2019, de 24 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo, aprobado por Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos.

Con esa nueva puntuación, más la obtenida en la fase de oposición, 7,8450 puntos, resulta una puntuación agregada final, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria, de 8,6070 puntos.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones delegadas por la Resolución 208/2019, de 28 de noviembre, de la Directora General de Recursos Educativos del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Ejecutar la Orden Foral 51E/2020, de 5 de marzo, del Consejero de Educación asignando 1,25 puntos en el apartado 2.1 (Expediente académico del título alegado del baremo de méritos de doña Natalia Artigas Piñar recogido en la Resolución 2745/2019, de 24 de julio, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, a plazas del ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros pueda adquirir nuevas especialidades en el citado Cuerpo, aprobado por Resolución 1156/2018, de 4 de abril, del Director del Servicio de Recursos Humanos.

2.º Otorgar a doña Natalia Artigas Piñar una puntuación final en el concurso oposición de 8,6070 puntos, en la especialidad de Educación Infantil (castellano).

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios del Departamento de Educación y en la página web del mismo www.educación.navarra.es, señalando que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución.

4.º Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, al Servicio de Estudios Económicos y Nóminas y a la persona interesada, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de marzo de 2020.–El Director del Servicio de Régimen Jurídico de Personal, Javier Lacarra Albizu.

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