BOLETÍN Nº 73 - 6 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 18 de marzo de 2020, por el que por el que se nombran los miembros del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

Por Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, se creó el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo, regulando su composición, organización y funcionamiento.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 16 de octubre de 2013, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 205, de 23 de octubre, se procedió a nombrar a los miembros del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

Tal y como establece el artículo 4 del Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, su mandato dura cuatro años desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, y transcurrido dicho plazo se procedió a la renovación total del mismo, mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 6 de junio de 2018, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 119, de 21 de junio. Esta designación, en el caso de los representantes de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, de las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, que no han solicitado la sustitución de sus representantes y/o suplentes, mantiene su vigencia en la actualidad.

Sin embargo, en cuanto a los representantes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en el citado órgano de participación, la aprobación y publicación de nuevas estructuras orgánicas en los meses de octubre y noviembre de 2019 hacen necesaria la designación de los nuevos miembros.

Por otro lado, tal y como establece el artículo 4 de dicho decreto foral, las organizaciones que cuentan con miembros que las representan en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo podrán proponer la sustitución de sus representantes y de sus suplentes en cualquier momento, permaneciendo la persona sustituida en el cargo el tiempo que restara al sustituido para el cumplimiento del periodo de cuatro años. En este sentido, la Unión General de Trabajadores (UGT) ha propuesto la sustitución de las personas titular y suplente que le representan y la asociación profesional de trabajadores autónomos UPTA, ha propuesto la sustitución de la persona que actuando como suplente le representa.

Habiendo comprobado que, tal y como se regula en el artículo 3.3 del Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, la composición del Consejo Navarro de Trabajo Autónomo atiende al principio de composición equilibrada previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, procede, de conformidad con el artículo 4 del citado decreto foral, efectuar los correspondientes nombramientos.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 2/2020, de 16 de marzo, se determina que el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial será suplido durante los días de su baja por enfermedad por el Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos.

En su virtud, el Gobierno de Navarra a propuesta del Vicepresidente Segundo y Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ACUERDA:

1.º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.a) del Decreto Foral 9/2013, de 30 de enero, ostentará la Presidencia del Consejo Navarro de Trabajo Autónomo el Consejero competente en materia de trabajo, por ello, el Presidente del citado Consejo será el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial.

2.º Nombrar a los siguientes vocales del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo:

a) En representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra:

–La Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo.

–El Director del Servicio de Trabajo.

–La Directora del Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas.

–El Director del Servicio de Competitividad.

b) En representación de la asociación profesional de trabajadores autónomos UPTA-NAVARRA:

Suplente:

–Don Javier Mazo López.

c) En representación de la organización sindical Unión General de Trabajadores (UGT):

Titular:

–Doña María Soledad Vicente Yoldi.

Suplente:

–Don Augusto Paredes Antón.

3.º Nombrar como titular de la Secretaría del Consejo Navarro de Trabajo Autónomo a la Jefa de la Sección de Trabajo Autónomo.

4.º Notificar el presente acuerdo a las personas interesadas y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 18 de marzo de 2020.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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