BOLETÍN Nº 63 - 24 de marzo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DE VALDIZARBE

Aprobación del calendario laboral de 2020

Visto que por Resolución 177/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Visto que por Resolución 250/2019, de 22 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el 2020, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Visto que por Resolución 339/2019, de 16 de diciembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se aprueba la modificación de las fiestas locales para el 2020.

En ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el 2020 para el personal al servicio de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe, tal y como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–20 de marzo: Puente de San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–28 de agosto: Día de inicio de las Fiestas Patronales de Obanos, festivo desde las 12 horas.

–31 de agosto: Primer laboral siguiente a la Fiesta Local de Obanos (29 de agosto).

–1 y 2 de septiembre: Fiestas Patronales de Obanos.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–4 de diciembre: Puente de San Francisco Javier.

–7 de diciembre: Día siguiente al día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe, queda fijado, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo, realizándose de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 9:00 a 14:30 horas, quedando el tiempo restante para su realización, a elección del empleado y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 14:30 y las 17:00 horas.

Tercero.–El control de asistencia se realizará mediante un sistema de control de presencias. Esta obligación incluye tanto el inicio y el final de cada jornada, como las salidas y retornos que se realicen durante la misma.

Cuarto.–Durante la jornada de trabajo el personal podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo.

Quinto.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el 2020, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente Resolución, a excepción de los días 20 de marzo, 31 de agosto, 1 y 2 de septiembre, y 4 de diciembre, que se declaran festivos.

Sexto.–Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios de Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe.

Séptimo.–Dar cuenta de la presente Resolución a la Asamblea General en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Lo que se publica, advirtiendo que contra este acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos:

1. Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

2. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este acuerdo.

3. Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Obanos, 20 de febrero de 2020.–La Presidenta, María Aránzazu Hernández Lacalle.

Código del anuncio: L2003146