BOLETÍN Nº 47 - 9 de marzo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAGA

Aprobación definitiva del presupuesto de 2020

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, se publica resumido el Presupuesto para 2020 una vez que el mismo ha sido aprobado definitivamente, tras los trámites oportunos y habiendo transcurrido el plazo legalmente previsto desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 5, de 9 de enero de 2020, sin que se hayan producido reclamaciones.

INGRESOS:

Capítulo 1.–Impuestos directos: 559.000 euros.

Capítulo 2.–Impuestos indirectos: 40.000 euros.

Capítulo 3.–Tasas, Precios Públicos y otros ingresos: 403.000 euros.

Capítulo 4.–Transferencias corrientes: 768.800 euros.

Capítulo 5.–Ingresos patrimoniales y aprovechamientos comunales: 256.550 euros.

Capítulo 6.–Enajenación de inversiones reales: 1.000 euros.

Capítulo 7.–Transferencias de capital y otros ingresos de capital: 434.367 euros.

Capítulo 8.–Activos Financieros: 185.325 euros.

Capítulo 9.–Pasivos Financieros: -.

Total Ingresos: 2.648.042,00 euros.

GASTOS:

Capítulo 1.–Gastos de personal: 492.300 euros.

Capítulo 2.–Gastos Corrientes en bienes corrientes y servicios: 1.094.590 euros.

Capítulo 3.–Gastos Financieros: 10 euros.

Capítulo 4.–Transferencias corrientes: 79.450 euros.

Capítulo 5.–Fondo de Contingencias y otros imprevistos: 0 euros.

Capítulo 6.–Inversiones reales: 859.692 euros.

Capítulo 7.–Transferencias de capital: 122.000 euros.

Capítulo 8.–Activos Financieros: 0 euros.

Capítulo 9.–Pasivos Financieros: -.

Total Gastos: 2.648.042,00 euros.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto General Único para el año 2020 y sus Bases de Ejecución, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta publicación o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la citada Ley.

Larraga, 31 de enero de 2020.–El Alcalde, Carlos Suescun Sotés.

Código del anuncio: L2002874