BOLETÍN Nº 47 - 9 de marzo de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

IRURTZUN

Calendario Laboral para 2020

El pleno del Ayuntamiento de Irurtzun, en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2020, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2020 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Irurtzun, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2020, las siguientes:

–1 de enero, lunes: Festividad de Año Nuevo.

–6 de enero, sábado: Festividad de la Epifanía del Señor (Reyes Magos).

–19 de marzo: San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–16 y 17 de julio: Fiestas de Irurtzun.

–12 de octubre, viernes: Festividad de la Virgen del Pilar.

–11 de noviembre: Fiestas de la Trinidad.

–3 de diciembre: Festividad San Francisco Javier, (Día de Navarra).

–8 de diciembre, sábado: Festividad de la Inmaculada Concepción.

–24 de diciembre: víspera de la Natividad del Señor.

–25 de diciembre, martes: Natividad del Señor.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2019, todos los sábados, los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Irurtzun, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes de 7:30 a 15:20 horas.

a) El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:00 horas a 14:30 horas.

b) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar únicamente días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Quedan pendientes del disfrute por parte de los trabajadores, elegir 3 días de asuntos propios, solicitados y justificados previamente a la alcaldía con la antelación suficiente.

c) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el anterior apartado a), no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial, ni al personal adscrito al Centro Escolar, que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter anual.

Irurtzun, 21 de febrero de 2020.–El Alcalde, Aitor Larraza Carrera.

Código del anuncio: L2002903