BOLETÍN Nº 39 - 26 de febrero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 180E/2020, de 5 de febrero, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) del parque fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado en el tramo 6 Río Bajo Arga a su paso por Ororbia (término municipal de Cendea de Olza /Oltza Zendea), promovida por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 6, “Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica” de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, los Planes que se adopten o aprueben por una Administración pública deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan.

El Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, como Órgano sustantivo, presentó el 11 de abril de 2019, ante la Dirección General de Medio Ambiente, la nueva propuesta de modificación del PSIS junto con su estudio ambiental, con el objeto de iniciar la tramitación de evaluación ambiental estratégica simplificada, de acuerdo al procedimiento regulado por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La modificación del PSIS ha tenido un largo recorrido desde el año 2016: se planteó primero con una pasarela sobre el Arga, luego con dos y finalmente se ha vuelto a la idea inicial. Durante este periodo la entonces Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio realizó Consultas previas al Ayuntamiento de la Cendea de Olza/Oltza Zendea, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, y a diversos Departamentos del Gobierno de Navarra. El resumen de dichas consultas se especificará en la finalización del expediente de la nueva modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal. En este expediente de evaluación ambiental estratégica hay que mencionar que, con contenido de índole ambiental, consta el informe de la Sección de Restauración de Ríos y Gestión Piscícola, de 2 de febrero del 2017, favorable con condiciones; entre otros aspectos indica que los trabajos deberán respetar la vegetación de ribera existente y en caso de ser precisa una afección puntual, el terreno deberá ser restaurado a su estado original una vez concluidas las obras, además incluye un calendario de obras y otros condicionantes para el proyecto que se derive del Plan.

Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 11 de septiembre de 2019, se somete la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado del tramo 6 Río Bajo Arga del paseo fluvial a su paso por Ororbia, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados por su trazado (publicado en Boletín Oficial de Navarra número 201, de 10 de octubre de 2019). Se somete igualmente el expediente, y por el mismo plazo de cuarenta y cinco días, a información pública, a los efectos del procedimiento de evaluación ambiental estratégica, de conformidad con el artículo 21 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Durante el proceso de información pública se ha recibido una alegación del Ayuntamiento de Olza, que no incluye referencias expresas a los aspectos objeto de la evaluación ambiental (se contestará en la finalización del expediente de la nueva modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal).

El objeto de la propuesta es modificar el trazado del paseo fluvial a su paso por el núcleo urbano de Ororbia aprovechando el camino existente del Molino de Etxamur, evitando así la subida a la ripa de Aizgaña y atravesar el casco urbano de Ororbia. Concretamente se propone la modificación del ámbito, el trazado y el área recreativa:

–En el ámbito se propone la exclusión del núcleo urbano de Ororbia, al eliminar el trazado del paseo por las calles de esta localidad, y que el limite por esa orilla sea exclusivamente la franja de vegetación riparia.

–En cuanto al trazado del paseo este cambia con la inclusión de la pasarela del río Arga, de unos 70 m de longitud, y el cruce a la margen izquierda a la altura de la presa del regadío de Ororbia pasando por el camino del Molino de Etxamur; la nueva pasarela sobre el Arga, sustituye a la pasarela (P-19) del PSIS aprobado, con 18 metros de longitud, sobre el río Juslapeña. Posteriormente el paseo vuelve a pasar a la margen derecha aprovechando una de las aceras, con 1,47 m de anchura, del puente de la carretera NA-7010.

–En cuanto al área recreativa prevista en Aizgaña (AR-21) se suprime. Hay que indicar que Ororbia ya cuenta con un área recreativa junto al lavadero.

La Sección de Impacto Ambiental informa el 22 de enero de 2019, que la nueva modificación del PSIS no producirá impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V y en aplicación del artículo 31 de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental. En consecuencia, propone formular Informe Ambiental Estratégico favorable, con las condiciones incluidas en esta resolución.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la nueva propuesta de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona, relativo al cambio del ámbito y del trazado en el tramo 6 Río Bajo Arga a su paso por Ororbia (término municipal de Cendea de Olza/Oltza Zendea), promovida por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

2.º La nueva modificación del PSIS deberá desarrollarse siguiendo los criterios de protección medioambiental incluidos en el estudio ambiental, y aplicando todas las medidas correctoras establecidas en el mismo. Particularmente se realizarán las plantaciones previstas, y se respetará el calendario crítico para fauna amenazada (evitar la ejecución de la obra entre el 1 de abril y el 30 de agosto).

Así mismo, el proyecto que se derive de la modificación del PSIS utilizará un porcentaje de áridos reciclados en la obra, en aplicación del artículo 19.3 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta resolución al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, al Ayuntamiento de la Cendea de Olza /Oltza Zendea, al Concejo de Ororbia, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de febrero de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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