BOLETÍN Nº 33 - 18 de febrero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RIBAFORADA

Convocatoria mediante concurso-oposición restringido de Empleado de Servicios Múltiples

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ribaforada, en sesión celebrada el 21 de enero de 2020, ha aprobado las Bases de la convocatoria para la selección, mediante el sistema de concurso-oposición restringido y sin incremento de plantilla, de una plaza de empleado de servicios múltiples de nivel C, en régimen funcionarial, al servicio del Ayuntamiento de Ribaforada, restringida al personal funcionario o laboral fijo de nivel D del Ayuntamiento de Ribaforada, que son las siguientes:

BASES

Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, mediante concurso oposición restringido y sin incremento de plantilla, con carácter restringido al personal funcionario con nivel D del Ayuntamiento de Ribaforada, de una plaza de empleado de servicios múltiples, nivel C, en régimen funcionarial, al servicio del Ayuntamiento de Ribaforada.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de retribuciones, por ser las funciones a realizar propias de este nivel, así como con las retribuciones complementarias previstas en la plantilla orgánica.

1.3. El régimen de jornada de trabajo y horario será el establecido para dicho puesto de trabajo por el Ayuntamiento de Ribaforada, adaptándose en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano competente.

1.4. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, tendrá la condición de empleado de servicios múltiples de nivel C, en régimen funcionarial, desde la fecha de toma de posesión, quedando suprimido automáticamente de la plantilla del Ayuntamiento de Ribaforada el puesto de nivel D al que está condicionada la vacante de nivel C.

1.5. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/85, de 5 de junio, y normativa concordante, en lo que sea de aplicación.

Base 2.–Funciones.

Las funciones a desempeñar serán, entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

–Comprobación del estado de instalaciones y edificios municipales y supervisión de su mantenimiento.

–Seguimiento y control de deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales.

–Revisión del correcto estado de las vías, espacios públicos y caminos, así como del estado de inmuebles municipales proponiendo las necesarias tareas de mantenimiento y/o mejora.

–Labores de apoyo a los distintos servicios municipales: distribución y colocación de anuncios, bandos, publicidad municipal, entrega y/o recogida y preparación de documentación a entregar en correos, bancos, y entrega y/o traslados de notificaciones y documentos y citaciones.

–Atención al ciudadano.

–Regulación del tráfico en las vías urbanas.

–Atención del mercadillo semanal (regulación, cobro de tasas por ocupación, etc...), redacción de Informes relativos a vados y cualquier otro asunto relacionado con la ocupación de las vías y/o espacios públicos.

–Realización de escritos y tareas de ejecución adecuadas a su nivel, así como los Informes que corresponda en relación con su puesto de trabajo.

–Previsión y realización de compra de material o utensilios, según necesidades que se le transmitan.

–Colaborar en la realización de actividades culturales, deportivas y festivas promovidas por el Ayuntamiento de Ribaforada.

–Conducción de vehículos y manejo de maquinaria de obra ligera y media, para los que se requiera el carnet de conducción exigido en la presente convocatoria.

–Comunicar puntualmente deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales así como fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Realización de diversas labores de mantenimiento y reparación de infraestructuras y dependencias municipales.

–Todas las funciones que puedan corresponder a un empleado de servicios múltiples con nivel establecido en la convocatoria y las que, relacionadas con su puesto de trabajo, pueda encomendarle el Ayuntamiento de Ribaforada.

Base 3.–Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes al puesto de trabajo deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o nacionalidad de los demás estados miembros de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7.º del Decreto Foral Legislativo 252/1993, de 30 de agosto.

b) Tener cumplidos de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Ser funcionario o contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Ribaforada y estar encuadrado en el nivel D.

d) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretenda promocionar.

e) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o título equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra. El requisito de la titulación podrá suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra.

f) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes al puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples nivel C.

g) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

h) Estar en posesión del permiso de conducir de categoría B, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Base 4.–Presentación.

4.1. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ribaforada, en horario de apertura de las oficinas, de 11:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, (los sábados y festivos las oficinas permanecen cerradas), en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o bien podrán presentarse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la forma de presentación no fuera presencial, deberá avisarse por correo electrónico (ayuntamiento@ribaforada.es) del día y hora de su presentación en las oficinas de correos o en cualquier otro de los admitidos en el citado precepto.

4.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I.

4.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Documentos justificativos de los méritos que deban ser objeto de valoración en la fase de concurso.

4.4. El plazo señalado para la presentación de instancias es improrrogable.

4.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

Base 5.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde de Ribaforada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de finalización, dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en su caso, que se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Ribaforada.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas éstas, se dictará Resolución por el Alcalde de Ribaforada, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada. En esta publicación se concretará el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de oposición.

Base 6.–Tribunal calificador: constitución y actuaciones.

6.1. El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

–Presidente: don Tirso Calvo Zardoya, Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Ribaforada.

Suplente de presidente: doña Noemí Beatriz Hernández Rodríguez, Primer teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Ribaforada.

–Primer vocal: doña Ana María Zardoya Gómez, representante de personal del Ayuntamiento de Ribaforada.

–Segundo vocal: doña Ana Carmen Jiménez Miranda, oficial administrativa del Ayuntamiento de Ribaforada.

Suplente de segundo vocal: doña María Carmen Bermudo Gómez, oficial administrativa del Ayuntamiento de Ribaforada.

–Tercer vocal: doña Ana José Aicua Adrián, interventora del Ayuntamiento de Ribaforada.

Suplente tercer vocal: doña Rosana Sáez Ramírez, interventora del Ayuntamiento de Murchante.

–Vocal-secretaria: doña Andrea Lafuente Bozal, secretaria del Ayuntamiento de Ribaforada.

Suplente de vocal-secretario: don Jesús Litago Zardoya, secretario del Ayuntamiento de Cortes.

6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención establecidos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; pudiendo los aspirantes recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran los motivos establecidos en la Ley 40/2015 citada.

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros, y siempre con la presencia del Presidente y de la Secretaria del Tribunal o de quienes les sustituyan.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria; en caso de empate el Presidente puede hacer uso del voto de calidad.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 7.–Desarrollo de la fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, según el siguiente baremo de méritos. Los méritos deberán ser acreditados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición, con documentos originales o debidamente compulsados, teniéndose por no aportados en caso contrario.

7.2. Baremo de méritos. Se podrán otorgar hasta un máximo de 30 puntos en función de los méritos acreditados, distribuidos de la siguiente manera:

–Por cada titulación académica superior a la exigida: 2,5 puntos hasta un máximo de 5 puntos.

–Por cursos de formación impartidos por la FNMC o por el INAP, relacionados con el trabajo a desempeñar: por cada curso de al menos 10 o más horas: 2,5 puntos hasta un máximo de 20 puntos. Deberá aportarse certificado de los cursos.

–Por acreditación de idiomas: Por cada curso de un idioma comunitario superado 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos. Deberá aportarse certificado de una Escuela Oficial de Idiomas.

7.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los aspirantes.

7.4. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios municipal, la relación de aspirantes que han presentado méritos en la fase de concurso indicando los puntos obtenidos.

Base 8.–Desarrollo de la fase de oposición.

8.1. La oposición dará comienzo una vez publicada, en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada, la Resolución de Alcaldía que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se determinará el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la oposición.

Los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada, y, en su caso, en el lugar de celebración de las pruebas anteriores.

8.2. La oposición constará de un único ejercicio con una puntuación máxima total de 70 puntos. Constará de una prueba que consistirá en responder por escrito a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que solo una de ellas será la correcta, relativas al temario que se indica en el Anexo II de la presente convocatoria. En esta prueba el Tribunal podrá conceder hasta un máximo de 70 puntos, quedando eliminados quienes no alcancen al menos 35 puntos.

En la realización de este ejercicio no se permitirá el uso de diccionarios ni de máquinas calculadoras ni de teléfonos móviles u otros materiales, salvo bolígrafo de tinta azul con punta gruesa.

Este ejercicio se realizará por el sistema de plicas cerradas. Quedará eliminado el aspirante que se identifique en el ejercicio.

La duración máxima de este ejercicio se determinará por el Tribunal antes de su comienzo.

Finalizado ejercicio, el Tribunal calificador, una vez numeradas las plicas, procederá a su corrección y subsiguiente publicación de los resultados en el tablón de anuncios y en la web municipal. La apertura pública de las plicas tendrá lugar el día que se señale en dicha publicación.

8.3. Las personas aspirantes deberán acudir provistas de DNI, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que acredite su identidad y el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidas de la oposición las personas que no comparezcan o no acrediten su personalidad de la forma indicada.

8.4. Una vez calificado el ejercicio, el Tribunal calificador procederá a la publicación, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada, de la lista con las calificaciones obtenidas. El día y hora de la apertura pública de las plicas se anunciará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada el mismo día en que se publique el resultado.

Base 9.–Relación de aprobados y presentación de documentos por la persona seleccionada.

9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento de Ribaforada la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento de Ribaforada propuesta de nombramiento a favor de la persona aspirante aprobada con mayor puntuación.

En caso de empate en la calificación se resolverá por sorteo público, que se realizará en el acto de apertura pública de las plicas, una vez abiertas éstas.

La propuesta de nombramiento se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ribaforada.

9.2. La persona aspirante propuesta deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Ribaforada, dentro del plazo de los diez días naturales siguientes a la publicación de la propuesta de contratación en el tablón de anuncios, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del DNI o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Copia compulsada del título exigido en la base 3 de esta convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos de examen para su obtención (antes de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la convocatoria), y acreditación de cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra; o, en su caso, certificado que acredite ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra (en lugar de la titulación).

c) Copia compulsada del permiso de conducir vehículo de clase B.

d) Certificado Médico Oficial, expedido por el Colegio Oficial de Médicos, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples nivel C con tareas de ejecución.

e) Declaración jurada bajo su responsabilidad de no hallarse la persona aspirante inhabilitada o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de ninguna Administración Pública.

f) La demás documentación que les sea requerida por el Ayuntamiento de Ribaforada.

9.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentase los documentos indicados en el punto anterior, no podrá ser nombrado funcionario para el nivel C objeto de la convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese podido incurrir por falsedad en su instancia.

En tal caso se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente aprobado de mayor puntuación, y así sucesivamente, procediéndose respecto de los mismos en la forma establecida en esta Base.

Base 10.–Nombramiento.

10.1. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ribaforada será el órgano competente para efectuar el nombramiento como funcionario para la plaza de referencia, de nivel C, conforme a lo dispuesto en la Base 1 de esta convocatoria, de la persona aspirante propuesta que haya dado cumplimiento a lo dispuesto en las bases anteriores.

10.2. La persona nombrada deberá tomar posesión en el plazo máximo de quince días naturales, a contar desde la notificación del nombramiento.

Base 11.–Recursos. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, se podrá interponer:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona que proceda en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

b) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

Contra los actos del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Ribaforada, 21 de enero de 2020.–El Alcalde, Tirso Calvo Zardoya.

Anexo I

Formulario de solicitud (PDF).

Anexo II

Temario

1.–Lenguaje y ortografía del nivel de la titulación requerida.

2.–Matemáticas y cálculo del nivel de la titulación requerida.

3.–Informática a nivel usuario de Word y Excel.

4.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP: Título II, capítulo II: Términos y plazos.

5.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP: Título III, capítulo II: Eficacia de los actos administrativos.

6.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP: Título IV, Capítulo VII: Ejecución de los actos administrativos y medios de ejecución forzosa.

7.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título II, Capítulo II: El Municipio: organización municipal.

8.–El Municipio de Ribaforada: Nomenclatura de calles, barrios, parajes, ríos, carreteras...

9.–Cultura general del Municipio de Ribaforada.

10.–Supuestos y conceptos relativos al mantenimiento de instalaciones eléctricas en edificios, y en especial en edificios públicos.

11.–Supuestos y conceptos relativos al mantenimiento de instalaciones de fontanería: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, etc.

12.–Supuestos y conceptos relativos al mantenimiento de instalaciones de carpintería.

13- Conocimientos básicos de normas de prevención de riesgos laborales. Medidas de seguridad. Equipos de protección individual.

14.–Primeros auxilios o curas. Equipos para la detección y extinción de incendios.

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