BOLETÍN Nº 304 - 31 de diciembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 98/2020, de 22 de diciembre, por el que se declaran los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra a efectos de cómputo de plazos para el año 2021.

El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, atribuye a las Comunidades Autónomas la facultad de fijar, en su respectivo ámbito y con sujeción al calendario laboral oficial, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que también comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a cada Comunidad Autónoma, a las que será de aplicación.

Mediante Resolución 217/2020, de 18 de mayo, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2021 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Resolución 819/2020, de 24 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el año 2021, también con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

A la vista de las disposiciones citadas y previo informe favorable de la Comisión Foral de Régimen Local, en sesión celebrada el 18 de diciembre de 2020, procede la declaración de días inhábiles, a efectos de cómputo de plazos, para el año 2021.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de diciembre de dos mil veinte,

DECRETO:

Artículo 1. Días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Se declaran inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, a efectos del cómputo de plazos durante el año 2021, todos los sábados y domingos, así como los días 1 y 6 de enero, 19 de marzo, 1, 2 y 5 de abril, 1 de mayo, 12 de octubre, 1 de noviembre y 3, 6, 8 y 25 de diciembre de 2021.

Artículo 2. Días inhábiles en el ámbito de las Entidades de la Administración Local de Navarra.

En el ámbito territorial de las entidades que integran la Administración Local de Navarra, además de los días señalados en el artículo anterior, se añadirán las fiestas locales establecidas mediante Resolución 819/2020, de 24 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo del Gobierno de Navarra.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 22 de diciembre de 2020.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.–El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior Javier Remírez Apesteguía.

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