BOLETÍN Nº 30 - 13 de febrero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERBINZANA

Tipos de gravamen para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Berbinzana, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2019, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, acordó establecer, con efectos del 1 de enero de 2020, los tipos de gravamen e índices ponderadores que a continuación se señalan, para los impuestos municipales que también se indican:

–Contribución territorial urbana:

Tipo de gravamen 0,405 %.

–Coeficientes reductores por en caso de aprobación de Ponencia de valoración:

PLAZO DE CONCURRENCIA DE BASE REDUCIDA Y VALORES

COEFICIENTE C1 A APLICAR DURANTE EL PRIMER AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

COEFICIENTE C2 A APLICAR DURANTE EL SEGUNDO AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

COEFICIENTE C3 A APLICAR DURANTE EL TERCER AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

1 año

0,00

0,00

0,00

2 años

0,50

0,00

0,00

3 años

0,67

0,33

0,00

4 años

0,75

0,50

0,25

–Contribución territorial rústica:

Tipo de gravamen 0,8 %.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (I.C.I.O.):

Tipo de gravamen:

• General 3,5 %.

• Pintura de fachadas: exento.

• Implantación de nuevas empresas jóvenes emprendedores: 3 %.

• Expedientes de rehabilitación de viviendas: 3 %.

–Impuesto sobre actividades económicas (I.A.E.):

1,4 % sobre cuotas mínimas.

–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos*:

En el cómputo del número de años transcurridos se tomarán años completos, sin tener en cuenta las fracciones de año. En el caso de que el periodo de generación sea inferior a un año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta únicamente el número de meses completos, sin tener en cuenta las fracciones de mes.

El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo.

Periodo de generación:

–0,63: igual o superior a 20 años.

–0,58: 19 años.

–0,51: 18 años.

–0,36: 17 años.

–0,21: 16 años.

–0,06: 15 años a 4 años.

–0,06: 4 años.

–0,11: 3 años.

–0,13: 2 años.

–0,13: 1 año.

–0,06: inferior a 1 año.

Tipo de gravamen: 8 %.

* Los porcentajes suelen variar en función de la diferente normativa foral y será ésta última la que establecerá los porcentajes definitivos en caso de exista alguna discrepancia sobre los actuales valores.

Contra dicho acuerdo, cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

1. Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de este acuerdo, pudiendo no obstante interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, o bien,

2. Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de este acuerdo.

Berbinzana, 30 de diciembre de 2019.–El Alcalde, Ángel Díez Asenjo.

Código del anuncio: L2001207