BOLETÍN Nº 3 - 7 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MIRANDA DE ARGA

Tipos de gravamen, índices y porcentajes de impuestos municipales para 2020

El Ayuntamiento de Miranda de Arga, en sesión plenaria celebrada el día 28 de noviembre de 2019, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, acuerdo mantener para el año 2020 los tipos de gravamen, índices y porcentajes de impuestos municipales aprobados para el ejercicio 2019, tal como sigue:

1.–Contribución Territorial urbana: tipo de gravamen del 0,235% del valor catastral neto.

2.–Contribución Territorial rústica: tipo de gravamen del 0,80% del valor catastral neto.

3.–Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: tipo de gravamen del 3,5% del coste de la obra que se aplicará sobre el importe de la ejecución material de las obras.

4.–Impuesto sobre viviendas desocupadas: no se aplicará en 2020.

5.–Impuesto sobre Actividades Económicas: se establece un índice del 1’40 (artículo 154 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra).

6.–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: mantener los coeficientes y tipos de gravamen a aplicar sobre el valor de los terrenos en el momento del devengo, según el período de generación del incremento de valor:

PERÍODO DE GENERACIÓN

COEFICIENTE

TIPOS DE GRAVAMEN

Inferior a 1 año

0,06

8%

1

0,06

8,7486%

2

0,06

8,7486%

3

0,06

8,7486%

4

0,06

8,7486%

5

0,06

25%

6

0,06

25%

7

0,06

25%

8

0,06

25%

9

0,06

25%

10

0,06

25%

11

0,06

25%

12

0,06

25%

13

0,06

25%

14

0,06

25%

15

0,06

25%

16

0,16

20%

17

0,16

22%

18

0,16

23%

19

0,16

24%

20

0,16

25%

7.–Nuevos aprovechamientos vecinales directos de comunal: 8 euros/robada (secano). Para los huertos familiares, renta de 40,41 euros/robada, conforme acuerdo de 7 de agosto de 2018.

8.–Arriendos, alquileres y adjudicaciones varias: se incrementarán en el IPC anual o en la forma prevista en sus respectivos pliegos de condiciones.

9.–Reintegro por los particulares de los importes de anuncios publicados en diversos medios en expedientes promovidos por dichos particulares: 100% del importe de los anuncios.

Estos acuerdos entrarán en vigor el uno de enero del año 2020 y contra los mismos cabe interponer:

a) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo.

b) Recurso de reposición potestativo ante el Ayuntamiento de Miranda de Arga, en el plazo de un mes desde la notificación del acuerdo, previamente al recurso contencioso-administrativo, o directamente este recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la notificación del acuerdo.

Miranda de Arga, 29 de noviembre de 2019.–El Alcalde, Francisco Gil Serantes.

Código del anuncio: L1915696