BOLETÍN Nº 299 - 28 de diciembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 90/2020, de 15 de diciembre, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se modifica la Resolución 80/2020, de 25 de noviembre por error advertido en relación con los días declarados festivos.

Mediante Resolución 80/2020, de 25 de noviembre, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo se aprobaron las tarifas del servicio de taxi para el Área de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona para el año 2021.

Con fecha 15 de diciembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra la citada Resolución apercibiéndose la existencia de un error en la Resolución 80/2020 de 25 de noviembre, de la Directora General del Turismo, Comercio y Consumo, en relación con los días declarados festivos en el Acuerdo de la Asamblea General de la Comarca de Pamplona de 16 de noviembre de 2020, por el que se aprobaron las tarifas y suplementos del servicio de taxi para el Área de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona para el año 2021.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 265/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, y el artículo 32.1. d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

RESUELVO:

1.º Modificar el párrafo 2.º del apartado 3 de la Resolución 80/2020, de 25 de noviembre, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Además de estos días, se considera como festivo la festividad local marcada por el Ayuntamiento de Pamplona, el período de San Fermín comprendido entre el 6 de julio y el 14 de julio, ambos inclusive, y los días 24 y 31 de diciembre y el 5 de enero a partir de las 18:00 horas.”

2.º Notificar esta Resolución a las Asociaciones Profesionales de Taxistas y a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios radicadas en Navarra, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

3.º Notificar esta Resolución a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, advirtiendo que contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 15 de diciembre de 2020.–La Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, Maitena Ezkutari Artieda.

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