BOLETÍN Nº 299 - 28 de diciembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERRIOPLANO

Autorización para la instalación de cámaras de videovigilancia
en las pistas deportivas

El día 9 de diciembre de 2020, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berrioplano, Raúl Julio Bator Pérez, dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Antecedentes de hecho

Las pistas polideportivas de Artica han venido sufriendo ataques vandálicos en los últimos tiempos. El Ayuntamiento considera que estas circunstancias aconsejan la incorporación de un apoyo tecnológico sobre las funciones de vigilancia que tienen encomendadas los alguaciles municipales. Por ese motivo, el Ayuntamiento de Berrioplano ha decidido incorporar al servicio que le compete la instalación y uso de videocámaras con el propósito de controlar, vigilar y disuadir de ese tipo de comportamientos.

Consideraciones jurídicas

Primero.–El artículo 4 de la Ley Orgánica 4/1997,de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, establece que “para autorizar la instalación de videocámaras se tendrán en cuenta, conforme al principio de proporcionalidad, los siguientes criterios: asegurar la protección de los edificios e instalaciones públicas y de sus accesos; salvaguardar las instalaciones útiles para la defensa nacional; constatar infracciones a la seguridad ciudadana, y prevenir la causación de daños a las personas y bienes”.

Segundo.–El sistema que se pretende implantar puede captar, grabar y reproducir imágenes relativas a personas físicas identificadas o identificables por lo que estos tratamientos quedan sometidos al cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.–Autorizar la instalación y uso de videocámaras con capacidad de reproducción de imágenes para el control, vigilancia y disuasión de comportamientos vandálicos sujeta a las estrictas condiciones fijadas por la normativa vigente.

–Ubicaciones:

• N 42.49584 O 1.39298.

• N 42.49578 O 1.39291.

• N 42.49573 O 1.39305.

Segundo.–Protección de datos.

Derecho de información. El Ayuntamiento colocará unos carteles visibles indicativos de la existencia de un sistema de videovigilancia con fines de vigilancia y control de ataques vandálicos en las pistas polideportivas de Artica.

Los interesados tendrán disponible en las oficinas municipales una información más ampliada sobre los tratamientos de las imágenes derivados de la instalación de las cámaras así como en la sede electrónica y política de privacidad de la Web http://www.berrioplano.es.

Registro de actividades de tratamiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento General de Protección de Datos, el Ayuntamiento de Berrioplano incluirá en su registro la actividad de tratamiento correspondiente a la videovigilancia para el control y vigilancia de ataques vandálicos en las pistas polideportivas de Artica.

El registro de actividades de tratamiento podrá consultarse en el portal de transparencia de la web municipal https://berrioplano.sedeelectronica.es/transparency/.

Delegado de protección de datos. El Ayuntamiento de Berrioplano ha designado un delegado de protección de datos (DPD). Cualquier persona puede ponerse en contacto con él para resolver dudas sobre los tratamientos de datos o para ejercer los derechos que le asisten o para hacer cualquier sugerencia o reclamación en esta materia. Esta reclamación puede hacerla el afectado con carácter previo a la presentación de una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos. En este caso el DPD comunicará al afectado la decisión que se hubiera adoptado sobre su reclamación en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la misma.

La forma de contactar con el delegado es vía electrónica dpd@berrioplano.es o postal en la dirección del Ayuntamiento (Plaza Ayuntamiento, 1. 31195 Berrioplano, Navarra).

Medidas de seguridad. El Ayuntamiento realizará un análisis de riesgos para establecer las medidas técnicas y organizativas que sea necesario aplicar para garantizar la seguridad de las imágenes en particular, para evitar su destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita o su comunicación o accesos no autorizados.

Tercero.–El encargado de la custodia de las imágenes y de las resoluciones de las solicitudes de acceso y cancelación será el propio Ayuntamiento.

Cuarto.–Publicación. De conformidad con lo establecido en el artículo 196 del reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ordena que el presente acuerdo sea publicado en Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Berrioplano, 9 de diciembre de 2020.–El alcalde, Raúl Julio Bator Pérez.

Código del anuncio: L2015156