BOLETÍN Nº 296 - 22 de diciembre de 2020

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Ejecución de títulos judiciales 4/2019

En este Órgano judicial se sigue incidente de Ejecución de títulos judiciales N.º 4/19 dimanante del PA 380/2015, a instancia de María Lledo Soriano Segarra, frente a Universidad Publica de Navarra, en los que por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en sentencia de apelación 55/2020 de 24 de marzo de 2020, se acuerda se publique en el Boletín Oficial de Navarra, el fallo de la sentencia número 145/2017 de 14 de junio de 2017 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Tres de Pamplona dictada en el Procedimiento Abreviado número 380/2015, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso interpuesto por la procuradora Sra Muñiz en la representación que ostenta declarando nulo el apartado segundo de la resolución 1582/2015 de 15 de septiembre del Rector de la UPNA que declara desierta la plaza 4616, así como el artículo 29.2.4 Reglamento de contratación del personal docente e investigador de la UPNA, y declarando el derecho de la actora a que se le valore por el órgano competente los méritos alegados en el proceso de contratación objeto de este pleito y se formule nueva propuesta de contratación.

Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días desde su notificación previa consignación en la Cuenta de Depósitos y consignaciones de este órgano judicial en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 3171000094038015, de un depósito de 50 euros, debiendo indicar en el campo concepto del documento resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso”.

Quien disfrute del beneficio de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales, y los organismos autónomos dependientes de todos ellos están exentos de constituir el depósito (DA 15.ª LOPJ).”

Conforme a lo acordado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en su sentencia de apelación número 55/20, y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, libro el presente en

Pamplona/Iruña, 1 de diciembre de 2020.–La letrada de la Administración de Justicia, M.ª Angeles Ederra Sanz.

Código del anuncio: J2015101