BOLETÍN Nº 294 - 21 de diciembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1286E/2020, de 2 de diciembre, del Director General de Medio Ambiente, por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Pamplona en el Sector S-2 perteneciente a la Unidad Integrada XIX (Milagrosa) ARS4, promovida por el Ayuntamiento de Pamplona.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5f y 6.2 en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, son objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las Modificaciones menores de los planes.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente por el pleno del Ayuntamiento de Pamplona el 1 de octubre de 2020 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 247, de 22 de octubre de 2020.

La Modificación tiene por objeto eliminar de la ficha urbanística del Sector S-2 de la Unidad Integrada XIX de la Milagrosa la necesidad de aprobar un Plan de conjunto con el Ayuntamiento de Galar, añadir el uso de oficinas al uso comercial ya existente, se incrementa la edificabilidad en 31.200 m² y se incluye el uso pormenorizado de “Residencia Comunitaria” en los edificios más próximos a la avenida de Zaragoza, M2B, M³ y M4. Además, se trasladan determinaciones de carácter estructurante, relativas a las áreas de reparto, aprovechamiento tipo y coeficientes de homogeneización, como determinaciones pormenorizadas.

Estas consideraciones se trasladan a la ficha urbanística del Sector S-2 y se modifican los artículos 57 a 61 de la Normativa Urbanística General (NUG).

El ámbito de la Modificación se corresponde con el Sector S-2 de la unidad integrada XIX (Milagrosa), coincidente con el área de reparto ARS4, cuya superficie es de 59.467 m². Se trata de un ámbito urbanizado y ejecutado al amparo de instrumentos urbanísticos que se hallaban en vigor cuando se ejecutó la urbanización, y posteriormente anulados en distintos actos jurídicos (anulación del PSIS de la Meseta de Cordovilla que sirvió para la aprobación del Plan Parcial, del proyecto de reparcelación y del Proyecto de Urbanización).

Desde el punto de vista acústico, el promotor concluye que los cambios de usos propuestos no suponen una modificación de la zonificación acústica aprobada y vigente. El Servicio de Biodiversidad informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable, considerando en relación a la afecciones acústicas que en función del uso que finalmente se implante, se cumplirán los objetivos de calidad acústica previstos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, contemplando el uso mayoritario.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Pamplona en el Sector S2 perteneciente a la Unidad Integrada XIX (Milagrosa) ARS4, promovida por el Ayuntamiento de Pamplona, considerando que no tiene efectos ambientales significativos.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta Resolución, al Sección de Urbanismo y a la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de diciembre de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

Código del anuncio: F2015020