BOLETÍN Nº 29 - 12 de febrero de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 131E/2020, de 20 de enero, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación del Plan General Municipal de Baztan en las parcelas 5, 107, 108, 109 y 193 del polígono 13.

Se trata de una modificación menor, definida en el artículo 5 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental por lo que, según se establece en el ámbito de aplicación (artículo 6.2 b), se somete al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente el 22 de agosto de 2019 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 196, de 3 de octubre de 2019.

El Objeto de la Modificación es cambiar la categorización del suelo en las parcelas 107, 108, 109 y 193 del polígono 13, de tal forma que se modifica su actual clasificación como “Suelo Forestal” a “Suelo de Mediana productividad agrícola y ganadera”, asimilable al Suelo no urbanizable de preservación de valor para su explotación natural. Estas parcelas, destinadas a prados y helechales forman parte de un ámbito vinculado a la actividad agroganadera del caserío Laxkanberria, ubicado en la parcela 5. Por lo tanto la Modificación pretende realizar la corrección y adecuación del Plan Urbanístico Municipal a las características del terreno.

Con carácter previo a la tramitación de la modificación, el ayuntamiento de Baztan remitió una consulta previa sobre este expediente el 17 de enero de 2019. En dicho trámite el informe de la Sección de Gestión de la Comarca Atlántica de 11 de abril de 2019, establece como condición mantener el arbolado existente como Suelo Forestal. Estas condiciones se han incluido correctamente en la Modificación, manteniendo la subparcela 108 B y una parte de la subparcela 108 A, como suelo forestal.

A la vista de las características de la Modificación y analizando el ámbito de actuación se concluye que la propuesta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente. El Servicio de Biodiversidad informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

Considerando que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se ha desarrollado adecuadamente y, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral, por el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración Foral de Navarra y por el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Se formula Informe Ambiental Estratégico sobre la “Modificación Estructurante del Plan General Municipal de Baztan en las parcelas 5, 107, 108, 109 y 193 del polígono 13”, promovida por Nieves Lasa Irasturza.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Notificar esta Resolución a la Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Baztan, a los efectos oportunos.

Pamplona, 20 de enero de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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