BOLETÍN Nº 279 - 30 de noviembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERA

Dietas e indemnizaciones de los concejales

El Ayuntamiento de Bera, en sesión plenaria celebrada el día 21 de octubre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

“De conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por unanimidad ,

SE ACUERDA:

1.–Establecer una dieta de 50 euros por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento para los y las concejalas que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial. Se incluyen en este concepto el pleno, la Junta de Gobierno Local, comisiones informativas, Comisión Especial de Cuentas y mesas de contratación.

2.–Abonar la misma cantidad por asistencia de los y las concejalas que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial a las sesiones de órganos colegiados de cualquier otra entidad en la que el Ayuntamiento tenga representación (mancomunidades, consorcios, Cederna-Garalur, etc.), siempre que en el mismo no se cobre dieta alguna.

3.–Establecer una dieta de 50 euros por asistencia de los y las concejalas que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial a otras reuniones a las que se acuda en representación del Ayuntamiento (reuniones de obras, con asociaciones o grupos vecinales, informativas, con otras administraciones, etc.), las cuales deberán estar debidamente justificadas, para compensar el trabajo y la dedicación que conlleva la concurrencia efectiva a las mismas.

4.–Abonar a los miembros de esta Corporación local indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo.

5.–Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.”

Bera, 13 de noviembre de 2020.–El alcalde, Aitor Elexpuru Egaña.

Código del anuncio: L2013656