BOLETÍN Nº 275 - 25 de noviembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 280E/2020, de 6 de noviembre, del Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se revisa de oficio la Autorización Ambiental Integrada de la instalación avícola de pollos de engorde, cuyo titular es Zinarreka SL, ubicada en término municipal de Cendea de Olza/Oltza Zendea.

Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada concedida mediante la Resolución 364E/2019, de 20 de junio, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Con fecha 08/09/2020, Zinarreka SL ha presentado Declaración responsable de puesta en marcha parcial correspondiente al proyecto de esta instalación, de forma que se han ejecutado 2 naves de ampliación hasta alcanzar una capacidad de129.600 plazas, quedando pendiente la ejecución de otras dos naves para alcanzar la capacidad total prevista en el proyecto de 204.600 plazas. Además, se declara haber modificado el sistema de calefacción proyectado, sustituyendo el gas natural por biomasa como combustible, resultando la construcción de un local de 15 m² en cada una de las naves para albergar sendas calderas de 523 kW de potencia térmica.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d) del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Revisar de oficio la Autorización Ambiental Integrada de la instalación avícola de pollos de engorde, cuyo titular es Zinarreka SL, ubicada en término municipal de Cendea de Olza/Oltza Zendea, de acuerdo con los cambios detallados en los Anejos de la presente Resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el expediente anteriormente tramitado de concesión de la Autorización Ambiental Integrada de esta instalación y, además, las condiciones y medidas incluidas en la presente Resolución.

Segundo.–Mantener la vigencia de las autorizaciones e inscripciones incluidas en la Autorización Ambiental Integrada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 364E/2019, de 20 de junio de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, referentes a suelo no urbanizable, declaración de impacto ambiental y producción de residuos, en tanto no se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.

Tercero.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

Cuarto.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

Sexto.–Trasladar la presente Resolución a Zinarreka SL, al Ayuntamiento de Cendea de Olza/Oltza Zendea, al Servicio de Ganadería, al Servicio de Territorio y Paisaje, al Servicio de Biodiversidad y a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de noviembre de 2020.–El Director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9, planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Evaluacion+ambiental/Autorizaciones+ambientales/.

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