BOLETÍN Nº 266 - 13 de noviembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 4 de noviembre de 2020, por el que aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) para la “Implantación de un área industrial de carácter comarcal en la Cendea de Galar (Comarca 2)”, relativo a la ampliación de la edificabilidad de la manzana 17 (parcelas 17.1 y 17.2) y promovido por el Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

Por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 1 de agosto de 2020, se inicia la tramitación del expediente de modificación de referencia. Dicho acuerdo se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 180, de 14 de agosto de 2020.

Es objeto de la modificación aumentar la edificabilidad de la manzana 17 del PSIS “Implantación de un área industrial de carácter comarcal en la Cendea de Galar (Comarca 2)” en 3.012 m², 1.506 m² cada una de las parcelas que la componen, parcelas 17.1 y 17.2, que pasarían a contar con 5.181 m² de edificabilidad. Consecuentemente, el aprovechamiento del PSIS se aumenta en 3.614,40 uas. No se plantea modificar el resto de determinaciones urbanísticas.

Consta en el expediente informe favorable de fecha 15 de septiembre de 2020 de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Por otra parte, con fecha 27 de julio de 2020, la Dirección General de Medio Ambiente ha informado que “según lo establecido en el artículo 5.f y 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, la propuesta planteada no se encuentra incluida en el ámbito de aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica”.

Durante los trámites de exposición pública y audiencia del expediente no se han presentado escritos de alegaciones.

Finalmente, la promotora ha incorporado en el documento los requerimientos señalados en el acuerdo del Gobierno de Navarra por el que se inicia la tramitación del expediente.

Resultando que, tanto en el documento expuesto al público, como en el presentado para aprobación definitiva, en su apartado 1. Promotor de la Modificación del Plan Sectorial de Incidencia, se señala que la presente modificación “es promovida por el Ayuntamiento de la Cendea de Galar” y constatado un error en el informe y acuerdo de inicio del expediente en el que figura Nasuvinsa S.A. como promotora del mismo, procede la rectificación del error señalado en el acuerdo de aprobación del mismo.

En su virtud, de acuerdo con el informe emitido en fecha 26 de octubre de 2020 por la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ACUERDA:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) para la “Implantación de un área industrial de carácter comarcal en la Cendea de Galar (Comarca 2)”, relativo a la ampliación de la edificabilidad de la manzana 17 (parcelas 17.1 y 17.2) y promovido por el Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

2.º Publicar el presente acuerdo junto con la normativa que el expediente modifica y que se recoge como anexo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento y trasladarlo a la Sección de Impacto Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente.

3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y al Ayuntamiento de Cendea de Galar a los efectos oportunos, señalando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 4 de noviembre de 2020.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

ANEXO

Normativa (PDF).

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