BOLETÍN Nº 265 - 12 de noviembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 438/2020, de 19 de octubre, del Director General de Educación, por la que se actualizan, para el curso 2020-2021, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, y se modifican algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las Escuelas Infantiles aprobados en el Anexo II de la Resolución 32/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 15.1 establece que las Administraciones Públicas determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, con el fin de asegurar la oferta educativa en el primer ciclo de Educación Infantil.

El Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regula el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Foral de Navarra y se establecen los requisitos que deben cumplir los centros que lo imparten, así como los contenidos educativos del mismo, establece que la creación de las Escuelas Infantiles se realizará mediante la suscripción de convenios entre el Departamento de Educación y las entidades locales interesadas, y que en dichos convenios se establecerá, en su caso, el régimen de financiación.

El Departamento de Educación participa en la financiación de la gestión de los centros de Educación Infantil de titularidad municipal mediante la suscripción de convenios de colaboración.

En el artículo 4.1 de la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, se indica que la financiación se establecerá en base a los módulos recogidos en el Anexo de dicha Orden Foral.

La Disposición Adicional Única de la mencionada Orden Foral 79/2012 dispone que, en función de las disposiciones presupuestarias, el Director o Directora General competente podrá actualizar cada curso el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales y las cuantías económicas de los módulos de financiación.

Por Resolución 32/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación, se aprueban, hasta su posible actualización, algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las escuelas infantiles.

El Director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad presenta informe favorable proponiendo:

–La actualización, para el curso 2020-2021, del porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales

–La actualización de las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación

–La modificación de algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las escuelas infantiles aprobados en el Anexo II de la Resolución 32/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO

1.º Actualizar al 24%, para el curso 2020-2021, el porcentaje de la aportación correspondiente a las entidades locales para la financiación de la gestión de los centros de primer ciclo de Educación Infantil de titularidad municipal.

2.º Actualizar, para el curso 2020-2021, las cuantías económicas de los módulos de financiación que figuran en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, según figura en el Anexo I de la presente Resolución.

3.º Modificar algunos módulos de financiación para la combinación de determinadas jornadas horarias en las escuelas infantiles aprobados en el Anexo II de la Resolución 32/2020, de 10 de febrero, del Director General de Educación, según figura en el Anexo II de la presente Resolución.

4.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a las entidades locales interesadas, a la Sección de 0 a 3 y Escuelas Rurales, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica del Departamento de Educación y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación.

6.º Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

Pamplona, 19 de octubre de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO I

Módulo A: Horario completo (7 horas/día permanencia niños y niñas)

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO
(euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

32.059,91

24.098,23

9.477,19

70.354,66

2

3

0,5

32.059,91

48.196,46

9.477,19

99.677,38

3

4

1

32.059,91

72.294,69

18.954,38

138.033,44

4

5

1,5

32.059,91

96.392,92

28.431,57

176.389,49

5

6

1,5

32.059,91

120.491,14

28.431,57

205.712,22

6

7

2

32.059,91

144.589,37

37.908,76

244.068,26

7

8

2

32.059,91

168.687,60

37.908,76

273.390,97

8

9

2

32.059,91

192.785,83

37.908,76

302.713,69

9

10

2

32.059,91

216.884,06

37.908,76

332.036,41

10

11

2,5

32.059,91

240.982,29

47.385,95

370.392,47

11

12

2,5

32.059,91

265.080,52

47.385,95

399.715,19

12

13

2,5

32.059,91

289.178,75

47.385,95

429.037,91

Módulo B: Horario reducido (6 horas/día permanencia niños y niñas)

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO
(euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

29.180,45

21.933,68

9.477,19

65.405,19

2

3

0,5

29.180,45

43.867,37

9.477,19

92.652,42

3

4

1

29.180,45

65.801,05

18.954,38

128.933,00

4

5

1,5

29.180,45

87.734,74

28.431,57

165.213,58

5

6

1,5

29.180,45

109.668,42

28.431,57

192.460,83

6

7

2

29.180,45

131.602,10

37.908,76

228.741,41

7

8

2

29.180,45

153.535,79

37.908,76

255.988,64

8

9

2

29.180,45

175.469,47

37.908,76

283.235,89

9

10

2

29.180,45

197.403,16

37.908,76

310.483,13

10

11

2,5

29.180,45

219.336,84

47.385,95

346.763,72

11

12

2,5

29.180,45

241.270,52

47.385,95

374.010,96

12

13

2,5

29.180,45

263.204,21

47.385,95

401.258,20

Módulo C: Horario media jornada (4 horas/día permanencia niños y niñas)

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL LIMPIEZA

PERSONAL

MÓDULO (euros)

Directora

Educadora

Limpieza

1

2

0,5

18.971,66

14.260,34

9.477,19

47.858,06

2

3

0,5

18.971,66

28.520,69

9.477,19

67.747,41

3

4

1

18.971,66

42.781,03

18.954,38

96.670,09

4

5

1,5

18.971,66

57.041,37

28.431,57

125.592,78

5

6

1,5

18.971,66

71.301,71

28.431,57

145.482,13

6

7

2

18.971,66

85.562,06

37.908,76

174.404,81

7

8

2

18.971,66

99.822,40

37.908,76

194.294,16

8

9

2

18.971,66

114.082,74

37.908,76

214.183,50

9

10

2

18.971,66

128.343,09

37.908,76

234.072,85

10

11

2,5

18.971,66

142.603,43

47.385,95

262.995,53

11

12

2,5

18.971,66

156.863,77

47.385,95

282.884,88

12

13

2,5

18.971,66

171.124,11

47.385,95

302.774,23

Módulo D: Centros de horario combinado (completo/media jornada).

El módulo total será el resultado de sumar el submódulo correspondiente al número de unidades de horario completo, el submódulo correspondiente al número de unidades a media jornada y el submódulo correspondiente al número total de unidades del centro.

Submódulo unidades de horario completo

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

55.105,96

2

3

0,5

78.213,31

3

4

1

101.320,65

4

5

1,5

124.428,00

5

6

1,5

147.535,36

6

7

2

170.642,72

7

8

2

193.750,07

8

9

2

216.857,41

9

10

2

239.964,77

10

11

2,5

263.072,12

11

12

2,5

286.179,47

12

13

2,5

309.286,81

Submódulo unidades a media jornada

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

1

2

0,5

13.673,99

2

3

0,5

27.347,96

3

4

1

41.021,94

4

5

1,5

54.695,92

5

6

1,5

68.369,90

6

7

2

82.043,88

7

8

2

95.717,86

8

9

2

109.391,83

9

10

2

123.065,82

10

11

2,5

136.739,79

11

12

2,5

150.413,78

12

13

2,5

164.087,76

Submódulo número total unidades del centro

UNIDADES

PERSONAL EDUCATIVO

PERSONAL
LIMPIEZA

MÓDULO
(euros)

2

3

0,5

21.464,08

3

4

1

36.712,78

4

5

1,5

51.961,48

5

6

1,5

58.176,84

6

7

2

73.425,54

7

8

2

79.640,91

8

9

2

85.856,28

9

10

2

92.071,64

10

11

2,5

107.320,35

11

12

2,5

113.535,72

12

13

2,5

119.751,09

ANEXO II

Módulo E: centros de horario combinado en los que figura, al menos, una jornada de horario reducido (jornada horario completo y/o media jornada y jornada horario reducido).

En los centros de horario combinado en los que se autorizan Y unidades de horario reducido además de X unidades de horario completo y/o Z unidades a media jornada, el módulo total será el resultado de sumar los siguientes:

–Módulo directora horario completo (módulo A).

–Módulo X educadoras horario completo (módulo A).

–Gastos de funcionamiento para X unidades horario completo (módulo A).

–Módulo Y educadoras horario reducido (módulo B).

–Gastos de funcionamiento para Y unidades horario reducido (módulo B).

–Módulo Z educadoras media jornada (módulo C).

–Gastos de funcionamiento para Z unidades media jornada (módulo C).

–Módulo limpieza correspondiente a X+Y+Z unidades (módulo A).

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