BOLETÍN Nº 260 - 5 de noviembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Auxiliar de Biblioteca, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Servicio

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), mediante Resolución de fecha 30 de septiembre de 2020, ha aprobado las siguientes,

BASES

1.–Objeto de la Convocatoria, funciones a desarrollar y características del puesto.

Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante pruebas selectivas basadas en los principios de mérito y capacidad, de una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Auxiliar de Biblioteca al servicio del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Las funciones del puesto serán las que se determinan a continuación:

–Mantenimiento y control de la sala.

–Preparación de los fondos para su puesta a disposición del usuario.

–Colocación y ordenación de fondos en estanterías.

–Expedición de carnets de usuario.

–Préstamo documental.

–Información general sobre la biblioteca y sus servicios.

–Información bibliográfica básica.

–Colaboración/participación en el desarrollo de actividades culturales y de promoción de la lectura.

–Colaboración en el desarrollo de actividades de formación de usuarios y de promoción de las TICs.

–Tareas de apoyos en procesos técnicos.

–En general, cualesquiera tareas afines a las anteriores que le sean encomendadas y resulten necesarias por razones del servicio.

Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes que lo hubieran superado, serán incluidos en la relación de candidatos/as al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Las personas aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten seleccionadas, sean llamadas a cubrir el puesto y resulten contratadas para su desempeño conforme a las bases de esta convocatoria, serán afiliadas y dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad. Social.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

El puesto de trabajo, tal y como recoge la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) de 2020, estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel D, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

Para las contrataciones que se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba de dos meses, durante el cual podrá rescindirse unilateralmente el contrato por cualquiera de las partes.

La duración del contrato se dará a conocer en cada caso en el momento del llamamiento.

La jornada laboral, al igual que vacaciones, permisos, licencias y antigüedad se regularán por las disposiciones aplicables al personal funcionario que se recogen en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, la notificación a los aspirantes de cualquier incidencia, acto o recurso que les afecte sobre la presente convocatoria, sus bases o actos que se dicten en su ejecución, se realizará mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la página web municipal http://www.noain.es.

2.–Vigencia de la lista constituida.

La relación de aspirantes a contratación temporal cuya constitución es objeto de la presente convocatoria estará vigente hasta que la misma se agote por el transcurso de 5 años desde la publicación de la resolución que la apruebe definitivamente, salvo que antes se inicien procedimientos específicos de selección para la provisión definitiva de las plazas o se realice una nueva lista de contratación temporal.

3.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de prestación de instancias, los/as aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7.º el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

El resto de extranjeros deberán tener residencia legal en España o disponer del correspondiente permiso de trabajo en vigor.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

d) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y el incumplimiento sobrevenido de cualquiera de ellos será causa suficiente para no proceder al llamamiento en tanto no cese aquel.

4.–Tasas.

Los derechos de examen serán de 13,95 euros, de conformidad con la Ordenanza Municipal número 5 (reducción del 55% al tratarse de una plaza de carácter temporal).

Asimismo la tasa a abonar por derechos de examen será gratuita para aquellos aspirantes que se encuentren en situación de desempleo y justifiquen adecuadamente que no perciben ningún tipo de prestación.

Se deberán abonar las referidas tasas en concepto de pago por formalización del expediente y derechos de examen mediante ingreso en la cuenta de Caja Rural de Navarra ES52 3008 0081 1207 0332 7320. La falta de pago de la tasa determinará la exclusión del aspirante.

5.–Instancias.

5.1. Las Instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) (plaza de los Fueros, número 3, 31110 Noáin), en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, hasta las 14:00 horas del último día o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Asimismo, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), www.noain.es. En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.

5.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, que serán facilitadas en las oficinas generales del Ayuntamiento, pudiendo obtenerse además, a través de Internet, en la dirección www.noain.es. En las instancias los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas.

El plazo de presentación de solicitudes tiene carácter improrrogable.

Junto con la instancia de participación los/as aspirantes deberán aportar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida (o documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes) y el justificante de pago de los derechos de examen.

Los/as aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido/a, expedida por órgano competente y acompañada de certificado médico acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el normal ejercicio del puesto de trabajo en modelo especificado en anexo II.

Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios que sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

6.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), Plaza de los Fueros número 3 de Noáin, C.P. 31110) y en la “web” municipal http://www.noain.es la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

Dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la “web” municipal http://www.noain.es los/las aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

En el supuesto de no haber excluidos/as, se pasará a publicar directamente la lista definitiva, con indicación de la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección.

7.–Listas definitivas.

Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y se harán publicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la “web” municipal http://www.noain.es junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista.

8.–Tribunal calificador.

8.1.–Composición:

–Presidente: don Sebastián Marco Zaratiegui, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente: doña Ruth Fernández Aboy, Presidenta del Patronato de Cultura Etxe Zaharra de Noáin y Concejal del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Primer vocal: doña Beatriz Cantero Saiz, Bibliotecaria titular de la Biblioteca Pública de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente: doña Virginia Oyarzun Martínez, Jefa de Negociado de Recursos de Información. Servicio de Bibliotecas. Gobierno de Navarra.

–Segundo vocal: doña Clara Flamarique Goñi, Jefa de Negociado de Coordinación Bibliotecaria. Servicio de Bibliotecas. Gobierno de Navarra.

–Suplente: don Fernando Ross García, Jefe de Sección Red de Bibliotecas. Servicio de Bibliotecas. Gobierno de Navarra.

–Tercer vocal: don Manuel Sánchez Sánchez, representante sindical del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente: doña Silvia Landiribar Rodríguez, representante sindical del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Vocal-Secretaria: doña Esther Salazar Cameros, Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

–Suplente: don Carlos Revilla Pascual, Interventor del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

8.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Área de Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

8.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para su válida constitución se requerirá e todo caso la presencia del Presidente y del Secretario.

8.4. El Tribunal resolverá por mayoría cuantas cuestiones puedan plantearse sobre la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria.

8.5. El Tribunal tendrá facultad para acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en ellas.

8.6. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

9.–Desarrollo de las pruebas.

La oposición constará de un ejercicio teórico, con un valor total de 90 puntos. Las preguntas tendrán relación con los temas recogidos en el Anexo III.

1. El primer y único ejercicio consistirá en cuestionario tipo “test” formado por treinta preguntas sobre conocimiento tanto generales como específicos de las actividades del puesto de trabajo con varias alternativas de respuesta, y en la que solamente una de la respuesta será la correcta. La duración de la prueba será 60 minutos.

La prueba se valorará desde 0 a 90 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas incorrectas penalizarán con un 25% del valor de la pregunta.

El sistema de las pruebas será en sobre cerrado mediante plicas y en el plazo máximo de 3 días se hará pública la lista de calificaciones y el número de plica asignado señalándose, con una antelación mínima de 48 horas, el momento (día, hora y lugar) de celebración del acto de apertura de plicas, que tendrá carácter de acto público.

Quedarán aprobados superando la prueba aquellos aspirantes que consigan un mínimo de 45 puntos.

La prueba se realizará mediante llamamiento único, cada aspirante deberá ir provisto de su D.N.I., pasaporte o NIE, no pudiendo realizar la prueba sin la exhibición del mismo.

10.–Relación de aprobados y llamamiento.

10.1. Concluido los ejercicios, los resultados se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en el lugar de celebración de las pruebas y en la página web municipal http://www.noain.es.

La relación de aprobados, por orden de puntuación obtenida, se elevará a Alcaldía junto con el expediente completo del proceso selectivo para su aprobación definitiva.

En caso de empate se procederá a un sorteo celebrado al efecto por el Tribunal Calificador entre los aspirantes. Los resultados del mismo se harán públicos en la reseña de la convocatoria de la página Web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

10.2. Si examinada la documentación los/as candidatos/as carecieran de alguno de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.3. Los/as aspirantes aprobados podrán ser llamados/as, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

10.4. Para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra, previa declaración de compatibilidad para el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo, realizada por los servicios médicos designados por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

11.–Gestión de la lista.

–Aprobada y publicada la lista definitiva, se realizará llamamiento a los/as aspirantes según riguroso orden de puntuación. La gestión de la lista será responsabilidad de Secretaría Municipal y se adecuará estrictamente a la Orden Foral 814/2020, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal.

–Los aspirantes seleccionados, salvo que se señale otro plazo, deberán suscribir el oportuno contrato dentro de los 5 días siguientes a la fecha en la que sea avisado a tal efecto, debiendo aportar la documentación precisa para la formalización del contrato de trabajo (DNI, tarjeta de desempleo, tarjeta de la Seguridad Social), junto con una declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo en una Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

–Quienes rechacen ocupar un puesto de trabajo ofertado o quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación exigida, decaerán en su derecho de permanecer en las listas, excepto en los casos en los que acrediten justa causa que será apreciada mediante Resolución de Alcaldía. A estos efectos se considera justa causa, entre otras, el estar desempeñando un puesto de trabajo en el momento del llamamiento.

–Serán asimismo excluidos de la lista los aspirantes que no se incorporen al puesto de trabajo el día que figure en el contrato suscrito, los que abandonen éste de forma voluntaria o lo que en su caso no superen el periodo de prueba.

12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Noáin (Valle de Elorz), 30 de septiembre de 2020.–El Alcalde, Sebastián Marco Zaratiegui.

ANEXO I

Modelo de solicitud (PDF).

ANEXO II

Acreditación de la condición de minusválido/a (PDF).

ANEXO III

Temario

1. El libro y su contexto desde el siglo XX hasta la actualidad.

2. Concepto de biblioteca. Tipos. La biblioteca pública. Función. Servicios.

3. Colección de la biblioteca pública y su mantenimiento. Proceso de los fondos. Clasificación y ordenación. Catálogos.

4. Ley por la que se regula el Sistema Bibliotecario de Navarra (2002). Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra. Biblioteca Pública de Noáin/Valle de Elorz.

5. La Sección Infantil en las bibliotecas públicas.

6. Secciones de Hemeroteca, Audiovisuales y Colección Local.

7. Promoción de la lectura y extensión cultural. Servicios de extensión bibliotecaria.

8. Formación de usuarios. Alfabetización informacional y aprendizaje permanente.

9. Marketing bibliotecario.

10. Tecnologías de la información y la comunicación y su aplicación a los servicios bibliotecarios. La biblioteca e Internet.

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