BOLETÍN Nº 255 - 2 de noviembre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CINTRUÉNIGO

Delegación de alcaldía para celebración de matrimonio civil

Considerando la Resolución dictada por esta Alcaldía-Presidencia el pasado 2 de octubre de 2020, número 2020-0223, relativa a delegación de funciones para celebrar matrimonio civil en la concejal de este Ayuntamiento, Ana Isabel Chivite Gil.

Resultando que se ha recibido comunicación del Secretario del Registro Civil de Cintruénigo, en la que se pone de manifiesto la existencia de error en la delegación, y se indica que las funciones para celebrar este matrimonio deben delegarse en otra de las concejales de la corporación.

De conformidad con lo establecido en la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, e Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes en relación con los artículos 238 y siguientes del Reglamento del Registro Civil y en uso de las facultades contempladas en los artículos 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Alcalde, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.–Revocar la delegación de funciones para celebrar matrimonio civil realizada por Resolución dictada por esta Alcaldía el pasado 2 de octubre de 2020, número 2020-0223.

Segundo.–Delegar en la Concejal Ana Isabel Lacarra Ridruejo, las funciones que a esta Alcaldía corresponden para celebrar del matrimonio civil en la Casa Consistorial el día 10 de octubre a las 12:30 horas.

Tercero.–Publicar la presente Resolución en el Tablón de anuncios y Boletín Oficial de Navarra.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con la advertencia de que contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, cabe, optativamente, la interposición de uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución.

Cintruénigo, 6 de octubre de 2020.–El Alcalde, Oscar Bea Trincado.

Código del anuncio: L2011917