BOLETÍN Nº 244 - 20 de octubre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 115/2020, de 5 de octubre, del Director General de Formación Profesional, por la que se establece la oferta, se aprueban las instrucciones y el calendario del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos para realizar el curso de acceso a ciclos de grado superior, en la Comunidad Foral de Navarra para el curso académico 2020-2021.

Tal y como se establece en la base 2.ª, apartado 3, de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, en la redacción dada por la Orden Foral 53/2017, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases que van a regular el procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como para el curso de acceso a ciclos de grado superior, en la Comunidad Foral de Navarra, las fechas y las instrucciones que concreten el proceso para cada curso académico, así como otros aspectos de desarrollo del mismo, se fijarán mediante resolución anual, que compete a la Dirección General de Formación Profesional.

Mediante la Resolución 151/2016, de 6 de mayo, del Director General de Educación se organizó, con carácter experimental, en un curso denominado Curso de Acceso a ciclos de grado superior las materias voluntarias a las que se refiere el artículo 42.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción otorgada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa; la experiencia obtenida en los cursos académicos en los que ha estado implantado recomienda modificar ciertas características generales del Curso de Acceso a ciclos de grado superior.

Por lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades conferidas en el decreto Foral 267/2019, de 20 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Establecer para el curso 2020-2021, la oferta del Curso de Acceso a ciclos de grado superior para facilitar la transición a dichos ciclos, en el centro y en las modalidades de Curso de Acceso que se indican en el anexo 1 de la presente resolución.

2.º Aprobar las instrucciones, el calendario del procedimiento de admisión y otros aspectos de desarrollo del mismo, del alumnado en centros públicos para realizar el Curso de Acceso a ciclos de grado superior, durante el curso 2020-2021, que figuran en los anexos 2, 3 y 4 de la presente resolución.

3.º Contra la presente resolución y anexos puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Publicar la presente resolución, junto con sus anexos, en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Tecnologías e Infraestructuras Tic Educativas, al Servicio de Sistemas de Información de Educación, al Servicio de Cualificaciones Profesionales, Empresa y Empleo, al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional, al Servicio de Estudios Económicos y Nóminas, al Servicio de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios, al Servicio de Infraestructuras Educativas, al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, al Servicio de Gestión de Personal Temporal; a la Comisión General de Escolarización de Navarra; a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa; al Negociado de Escolarización, al Negociado de Orientación y al Negociado de Gestión de la Información Escolar, a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de octubre de 2020.–El Director General de Formación Profesional, Tomás Rodríguez Garraza.

ANEXO 1

Oferta y características del Curso de Acceso

Curso 2020-2021

Oferta.

1. Se ofertan en el C.I.P. Donapea I.I.P. 25 plazas en cada uno de las modalidades de Curso de Acceso que se señalan a continuación:

–1 grupo de la modalidad de Ciencias e Ingeniería de Curso de Acceso. Idioma: castellano.

–1 grupo de la modalidad de Ciencias Sociales de Curso de Acceso. Idioma: castellano.

–1 grupo de la modalidad de Ciencias de la Salud de Curso de Acceso. Idioma: castellano.

–1 grupo de la modalidad de Artes de Curso de Acceso. Idioma: castellano.

Con carácter general, para que se desarrolle cada una de las modalidades de Curso de Acceso referidas, será necesario un mínimo de 15 inscripciones. No obstante, en atención a las inscripciones realizadas, los grupos anteriores se podrán reconvertir en grupos mixtos constituidos por dos o más de las modalidades mencionadas.

Características generales.

1. El Curso de Acceso a ciclos de grado superior se desarrollará en horario de tarde; su horario semanal constará de 15 periodos lectivos, que tendrán una duración de 55 minutos cada uno, que podrán ser desarrollados en 4 o 5 días por semana.

2. El Curso de Acceso a ciclos de grado superior se organizará en dos bloques de materias:

a) Bloque de materias comunes: compuesto por tres materias comunes.

b) Bloque de materias de modalidad: compuesto, para cada modalidad de Curso de Acceso, por dos materias de modalidad.

3. Las materias comunes de las modalidades de ‘Ciencias e ingeniería’, ‘Ciencias sociales’ y ‘Ciencias de la salud’ son:

a) Comunicación en Lengua castellana.

b) Comunicación en Lengua extranjera: Inglés.

c) Matemáticas aplicadas.

Las materias comunes de la modalidad de ‘Artes’ son:

a) Comunicación en Lengua castellana.

b) Comunicación en Lengua Extranjera: Inglés.

c) Historia del arte.

4. Las materias de modalidad son:

a) Modalidad de ‘Ciencias e ingeniería’: Tecnología industrial aplicada y Dibujo Técnico.

b) Modalidad de ‘Ciencias sociales’: Economía aplicada y Tecnologías de la información y comunicación aplicadas.

c) Modalidad de ‘Ciencias de la salud’: Biología humana aplicada y Química aplicada.

d) Modalidad de ‘Artes’: Tecnologías de la información y comunicación y Dibujo Técnico.

5. La distribución de la carga horaria semanal de las materias del Curso de Acceso a ciclos de grado superior será la señalada a continuación:

a) Materias comunes: 9 períodos lectivos semanales, distribuidos de la siguiente manera:

–Comunicación en Lengua castellana: 3 períodos lectivos semanales.

–Comunicación en Lengua extranjera (Inglés): 3 períodos lectivos semanales.

–Matemáticas aplicadas: 3 períodos lectivos semanales.

–Historia del arte: 3 períodos lectivos semanales.

b) Materias de modalidad: 6 períodos lectivos semanales, distribuidos de la siguiente manera:

–Modalidad de Ciencias e ingeniería. Tecnología industrial aplicada: 3 períodos lectivos semanales; Dibujo Técnico: 3 períodos lectivos semanales.

–Modalidad de Ciencias Sociales. Economía aplicada: 3 períodos lectivos semanales; Tecnologías de la información y comunicación aplicadas: 3 períodos lectivos semanales.

–Modalidad de Ciencias de la Salud. Biología humana aplicada: 3 períodos lectivos semanales; Química aplicada: 3 períodos lectivos semanales.

–Modalidad de Artes. Tecnologías de la información y comunicación aplicadas: 3 períodos lectivos semanales; Dibujo Técnico: 3 períodos lectivos semanales.

6. Para la materia de Comunicación en Lengua Extranjera (Inglés), se efectuará un desdoble de un período lectivo para conversación cuando el número de alumnos del grupo sea de 25 o superior. En el resto de materias se estará, en cuanto a desdobles, a lo establecido en la normativa vigente aplicable a las enseñanzas de Bachillerato.

ANEXO 2

Instrucciones y calendario del procedimiento de admisión en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior

Solicitud de plaza.

1. Podrán presentar solicitud de inscripción aquellas personas que estén en posesión de un título de técnico de formación profesional, técnico de artes plásticas y diseño o técnico deportivo, así como aquellas personas que hayan superado todos los módulos del ciclo que se imparten en el centro y que en el curso 2020-2021 estén cursando únicamente el módulo de Formación en Centros de Trabajo, o la Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, o la Formación práctica de un ciclo final o de un segundo nivel de enseñanzas deportivas.

2. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única solicitud de inscripción con hasta un máximo de tres opciones, señaladas por orden de preferencia. La solicitud de inscripción se ajustará al modelo oficial que aparece en la Ficha de Trámites ‘Curso de acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior

3. El plazo de presentación de la solicitud de inscripción es del 21 al 23 de octubre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

4. La solicitud de inscripción se dirigirá o entregará en las dependencias administrativas del C.I.P. Donapea I.I.P.

El centro entregará al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

La solicitud de inscripción se podrá presentar mediante:

a) Registro telemático a través de Educa-Portal, dirigida al C.I.P. Donapea I.I.P., desde el enlace de la Ficha de Trámites ‘Curso de acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

b) De manera presencial, en el C.I.P. Donapea I.I.P.

La dirección del centro receptor de solicitudes de inscripción, de manera excepcional en el proceso de admisión del curso 2020-2021, podrán requerir a profesorado del centro para tareas de organización y gestión de la inscripción y del proceso de admisión 2020-2021.

En dicha ficha de trámites habrá documentos con orientaciones para el proceso de admisión.

5. En la solicitud de inscripción que se presente se deberán señalar, por orden de preferencia, hasta un máximo de tres opciones. La opción hace referencia a la modalidad del curso de acceso.

En la solicitud de inscripción se deberá señalar asimismo el requisito de acceso.

El requisito y la nota de acceso deberán ser acreditados en el plazo establecido para la inscripción.

6. Participarán en el proceso de admisión única y exclusivamente aquellas personas que hayan presentado en el plazo de inscripción la solicitud de inscripción y hayan acreditado las condiciones de acceso.

7. El alumnado que haya cursado con anterioridad el curso de acceso a ciclos de grado superior o el curso preparatorio no podrá inscribirse en el curso de acceso para el año académico 2020-2021.

8. El centro receptor de solicitudes de inscripción deberá introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo señalado al efecto, y deberá cumplimentarlas en todos sus términos.

Presentación de solicitudes de inscripción de alumnado menor de edad y casos de separación y divorcio.

Se estará a lo dispuesto en la base del mismo nombre de la Resolución 43/2020, de 4 de mayo, reguladora del proceso de admisión en ciclos de grado medio y superior en Navarra para el curso 2020-2021.

Documentación que se debe presentar junto a la solicitud de inscripción.

1. Será la que figura en el modelo de solicitud de inscripción, sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a la enseñanza no obligatoria en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

2. La documentación que hay que adjuntar a la solicitud de inscripción es:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento del requisito de acceso al curso de acceso a ciclos de grado superior.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente al Curso de Acceso, conforme a lo señalado en la base 12.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, reguladora del proceso de admisión.

Quienes acrediten el requisito de acceso pero no dispongan de nota de acceso, lo deberán hacer constar al realizar la inscripción. Al no disponer de nota de acceso, estas personas se ubicarán en la lista de prelación por detrás de la última persona que tuviera nota de acceso del grupo que les corresponda.

–En el supuesto de solicitar plaza por alguno o algunos de los tres supuestos de reserva de plazas establecidos, se deberá presentar la documentación correspondiente: documentación acreditativa de discapacidad, de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, de la situación de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

3. El alumnado recibirá una fotocopia sellada de la solicitud de inscripción, con fecha de entrada, o documento análogo que servirá de justificante acreditativo de la participación en el proceso de admisión en las opciones correspondientes.

Documentación que se debe presentar para optar a la reserva de plazas por discapacidad, deportista de alto nivel o rendimiento, y necesidades específicas de apoyo educativo:

1. Será de aplicación lo establecido en la base del mismo nombre del Anexo I de la Resolución 43/2020, de 4 de mayo, reguladora de las instrucciones y calendario del procedimiento de admisión a ciclos de Formación Profesional para el curso 2020-2021.

En el caso del documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo, deberá ser firmado por la orientadora o el orientador del último centro en el que ha cursado sus estudios de enseñanzas postobligatorias, conforme al modelo del Anexo 4 de la presente resolución.

2. El alumnado que solicite esta reserva de plazas, deberá aportar, antes de las 14:00 horas del 23 de octubre de 2020, en el centro en el que presentó la solicitud de inscripción, la documentación que acredite la condición de la reserva de plaza solicitada.

En el supuesto de no presentar dicha documentación para las fechas señaladas, la persona no podrá optar a la reserva de plazas solicitada en el proceso de admisión correspondiente.

Festivos.

Las fechas señaladas en la presente resolución tienen carácter prescriptivo. Cuando alguna fecha de inicio o fecha de finalización de las señaladas sea festiva en un centro, se entenderá trasladada al siguiente día no festivo. El centro afectado por esta circunstancia deberá dar la debida publicidad a las posibles variaciones de fechas.

Baremo de admisión.

1. Deberá figurar expuesto al público tanto los criterios de baremación como el procedimiento establecido para poder realizar una reclamación.

2. Sólo se admitirán, a efectos de baremo, aquellos criterios que puedan ser constatados documentalmente.

Nota de acceso del alumnado que se inscribe en el curso de acceso a ciclos de grado superior. Criterios.

1. El cálculo de las notas de acceso empleadas en el procedimiento de admisión se realizará conforme a lo establecido en la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, reguladora de la admisión.

2. En el caso del alumnado con título de técnico, la nota de acceso será la media del ciclo formativo, conforme a la normativa reguladora de la evaluación y certificación de la correspondiente enseñanza (formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial).

3. En el caso del alumnado que haya superado todos los módulos del ciclo de grado medio que se imparten en el centro y en el curso 2020-2021 estén cursando únicamente el módulo de Formación en Centros de Trabajo, o la Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, o la Formación práctica de un ciclo final o de un segundo nivel de enseñanzas deportivas, la nota de acceso será la media de la totalidad de módulos que componen el currículo del ciclo formativo, exceptuando el módulo de FCT, la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, y la Formación práctica de las enseñanzas deportivas, conforme a lo que la correspondiente normativa reguladora señala para el cálculo de la nota media del ciclo.

4. La nota de acceso deberá ser calculada por el centro de origen o, en su caso, Administración educativa de origen, en el que el alumnado haya superado el ciclo de grado medio o se encuentre cursando únicamente el módulo de FCT, la Fase de Formación práctica en empresas, estudios o talleres, o la Formación práctica del ciclo final o del segundo nivel de enseñanzas deportivas.

5. Los centros que impartan ciclos formativos de grado medio deberán realizar, tanto para sus exalumnas y exalumnos como para sus alumnas y alumnos que se vayan a inscribir en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior, con la debida antelación, una de las dos siguientes opciones, al objeto de que el alumnado pueda realizar la inscripción en las fechas establecidas:

5.1. En el caso de alumnado que haya finalizado y superado el ciclo formativo:

–El centro docente deberá garantizar que se hayan introducido en la aplicación informática EDUCA las decisiones referidas a titulación o no titulación, y las calificaciones de la nota de acceso correspondiente, para que el alumnado pueda solicitar que se incorpore la nota media que figura en EDUCA a la solicitud de inscripción realizada.

–En caso de que el centro no gestione las calificaciones mediante EDUCA, deberá entregar a su exalumnado la documentación acreditativa de titulación o no titulación, así como de la nota de acceso correspondiente.

5.2. En el caso de alumnado que haya superado todos los módulos del ciclo impartidos en el centro y se encuentre matriculado únicamente en el módulo de FCT, la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, o la Formación práctica del ciclo final o segundo nivel de enseñanzas deportivas:

–El centro docente deberá entregar a su alumnado, el certificado de la nota de acceso conforme al modelo que figure en la Ficha de trámites ‘Curso de acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

6. Al no haberse desarrollado y establecido la relación de preferencia de acceso entre el título de Técnico y la modalidad de Curso de acceso referida en el apartado 2 de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, reguladora de la admisión, y al desarrollarse el proceso de inscripción en el Curso de Acceso para el curso 2020-2021 en fechas posteriores a las establecidas como fecha de inicio de las enseñanzas y no en fechas incluidas dentro del curso 2019-2020, es preciso establecer las siguientes aclaraciones relativas a los criterios de prioridad:

–El alumnado que haya obtenido el título de técnico en el curso 2019-2020, a efectos de su inscripción y baremación para el Curso de Acceso de 2020-2021, se considerará incluido en el grupo 2.a) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

–El alumnado que haya obtenido el título de técnico en cursos anteriores al curso 2019-2020, a efectos de su inscripción y baremación para el Curso de Acceso de 2020-2021, se considerará incluido en el grupo 2.c) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

–El alumnado que haya superado todos los módulos del ciclo de grado medio correspondiente y se encuentre matriculado en el curso 2020-2021 en el módulo de FCT, en la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, o en la Formación práctica, a efectos de su inscripción y baremación para el Curso de Acceso de 2020-2021, se considerará incluido en el grupo 2.c) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

–No existe alumnado para incluir en los grupos 2.b) y 2.d) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

Alumnado procedente de otros sistemas educativos.

1. Las personas solicitantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, deberán presentar en el centro de inscripción, junto con su solicitud de inscripción, el volante condicional o la credencial definitiva de homologación de estudios, en el que conste la nota media calculada.

Esta documentación deberá ser presentada, como fecha límite, antes de las 14:00 horas del 23 de octubre de 2020.

2. A efectos de baremación, se tendrá en cuenta el año de expedición de la homologación del título obtenido en el país de origen, considerando que:

–Si la homologación ha sido obtenida entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de agosto de 2020, ambos inclusive, se entenderá que ha sido obtenida en el curso 2019-2020. A efectos de su inscripción y baremación para el Curso de Acceso de 2020-2021, se considerará incluido en el grupo 2.a) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

–Si la homologación ha sido obtenida con anterioridad al 1 de septiembre de 2019 o con posterioridad al 31 de agosto de 2020, se entenderá que ha sido obtenida en cursos anteriores a 2019-2020 y en el curso 2020-2021, respectivamente. En ambos casos, a efectos de su inscripción y baremación para el Curso de Acceso de 2020-2021, se considerará incluido en el grupo 2.c) de la base 9.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

Sorteo.

El sorteo para resolver los empates al que hace referencia las diferentes bases de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, reguladora del proceso de admisión en ciclos, se realizó para la admisión del curso 2020-2021 el día 14 de febrero de 2020 y su resultado se aplica automáticamente en la aplicación Educa a los listados en los casos en que sea necesario.

Distribución de las plazas de nuevo acceso en el Curso de Acceso a ciclos de grado superior.

En los Cursos de acceso las plazas de nuevo acceso, con carácter general, son 25 por grupo. En los casos en los que el grupo del curso de acceso sea mixto, esto es, un grupo con plazas en más de una modalidad de curso de acceso, las plazas se distribuirán, con carácter general, de manera igual entre las diferentes modalidades con las que se conforma el grupo.

El Departamento de Educación podrá modificar la distribución de las plazas en las distintas modalidades en el supuesto de que no haya concurrencia competitiva en alguna de ellas.

Fase primera y fase segunda del proceso de admisión del plazo ordinario: Listas provisionales y definitivas de personas admitidas.

1. Las listas, provisional y definitivas, de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del procedimiento de admisión. Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y serán publicadas en la Ficha de trámites ‘Curso de acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

Las personas interesadas podrán consultar los listados en EDUCA, utilizando sus credenciales EDUCA.

2. El listado provisional de personas admitidas se publicará el 27 de octubre de 2020.

3. Las reclamaciones al listado provisional deberán dirigirse a la Dirección del Centro en el que se ha presentado la solicitud de inscripción, del 27 al 29 de octubre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

4. En la fase primera del proceso de admisión se publicarán un único listado definitivo de personas admitidas, con su correspondiente período de matriculación:

a) Listado definitivo número 1 de personas admitidas: Se publicará el 30 de octubre de 2020. Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en este listado definitivo número 1: del 2 al 4 de noviembre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

Estas fechas tienen carácter prescriptivo. Cuando alguna de ellas, con motivo de las festividades patronales, sea festiva en la localidad en la que se ubica el centro, se entenderá trasladada al siguiente día no festivo, dándole la debida publicidad.

6. En la fase segunda del proceso de admisión se publicará un listado definitivo número 2 de personas admitidas el 6 de noviembre de 2020. La matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en este listado definitivo número 2 se realizará los días 9 y 10 de noviembre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

7. El alumnado que haya obtenido plaza en alguno de los listados de personas admitidas mencionados, deberá actuar conforme a lo establecido en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril.

Para la realización de la matrícula se deberá aportar la documentación que se señala en la siguiente base “Matrícula. Formulario y documentación para la matrícula”.

Matrícula. Formulario y documentación para la matrícula.

1. La formalización de la matrícula requerirá de los alumnos y alumnas la cumplimentación del formulario de matrícula que, sin perjuicio de la información que solicite el centro educativo, deberá contener la información básica señalada, conforme a lo que se disponga en la Ficha de Trámites ‘Curso de Acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

2. Además, se requerirá la aportación de la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI, NIE, TIE, Tarjeta de estudiante o equivalente.

En todos los procesos y documentación correspondiente a los trámites de solicitud de inscripción y matriculación, el nombre y apellidos del alumno o alumna deberán coincidir con los que figuran en la documentación citada anteriormente.

Sin perjuicio del derecho de los extranjeros a acceder a estas enseñanzas en las mismas condiciones que los nacionales, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración.

–Se podrá requerir a los solicitantes, en determinadas circunstancias debidamente justificadas, fotocopia de la Tarjeta Sanitaria.

–Informe de los estudios médicos realizados, en caso del alumno o alumna con discapacidad, enfermedades o cualquier otra circunstancia relacionada con el estado de salud que el centro deba conocer.

–Cualquier otra documentación que sea requerida por el centro en el que se ha obtenido plaza.

3. La persona que se encuentre matriculada en Bachiller o en un ciclo formativo y haya obtenido plaza en el Curso de acceso a ciclos de grado superior, en el momento de formalizar su matrícula en el Curso de acceso causará baja su matrícula en Bachiller o en el ciclo formativo, exceptuando los casos del alumnado que se encuentre matriculado únicamente en el módulo de FCT, en la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, o en la Formación práctica.

Matrícula: mejora de opción.

1. El alumnado que haya obtenido plaza en el listado definitivo número 1 de personas admitidas en una opción diferente a la primera opción elegida en el formulario de inscripción, en el momento de formalizar la matrícula deberá señalar una de las dos opciones siguientes:

a) La opción de “no mejora de opción”. La elección de esta opción implica la renuncia a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en el siguiente listado definitivo de personas admitidas del plazo ordinario del proceso de admisión.

b) La opción de “mejora de opción”. La elección de esta opción implica optar a la posibilidad de obtener una plaza en alguna de sus opciones preferentes en el siguiente listado definitivo de personas admitidas del proceso de admisión.

2. El alumnado que haya obtenido plaza por vez primera o como consecuencia de una “mejora de opción” en el listado definitivo de personas admitidas número 2 del plazo ordinario de admisión, en el momento de formalizar la matrícula no podrán señalar la opción de “mejora de opción” puesto que con dicho listado finalizan las adjudicaciones de plaza correspondientes al plazo ordinario de admisión.

Las plazas que resulten vacantes tras la matrícula correspondiente a este listado definitivo de personas admitidas número 2 serán adjudicadas en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes.

3. El alumnado que haya obtenido plaza en la primera de las opciones elegidas en el formulario de inscripción, en el momento de formalizar la matrícula no podrá señalar la opción de “mejora de opción” puesto que ha obtenido plaza en su primera opción.

4. El alumnado que haya obtenido plaza como consecuencia de una “mejora de opción”, para realizar la nueva matrícula, deberá aportar la documentación que se le requiera en el nuevo curso de acceso y, en su caso centro.

Exclusión del proceso de admisión.

En desarrollo de lo establecido en la base 13.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, que regula el procedimiento de admisión en ciclos en Navarra, el alumnado que haya obtenido plaza y no se matricule en la misma en las fechas dispuestas para ello, ya sea por primera vez ya sea como consecuencia de una “mejora de opción”, será excluido completamente del proceso de admisión.

Plazas vacantes existentes para el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes.

1. El Departamento de Educación determinará el 12 de noviembre de 2020 el número de plazas vacantes existentes para cada modalidad de Curso de acceso.

2. Estas plazas vacantes existentes tras la finalización del plazo ordinario del proceso de admisión se ofertarán mediante un Procedimiento de Adjudicación de vacantes, conforme a lo establecido en las bases 2.ª y 4.ª de la Orden Foral 54/2016, de 29 de abril, reguladora del proceso de admisión en Navarra.

Procedimiento de Adjudicación de Vacantes de curso de acceso tras el plazo ordinario.

1. Podrán presentar solicitud en el Procedimiento de Adjudicación de Vacantes:

–Quienes, habiendo presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario, no hayan obtenido plaza.

–Quienes no hayan presentado solicitud de inscripción en el plazo ordinario.

–Quienes hayan sido admitidos en el plazo ordinario y no hayan formalizado la matrícula o hayan renunciado a la que obtuvieron.

2. Cada solicitante deberá presentar debidamente cumplimentada una única solicitud de inscripción con hasta un máximo de tres opciones, señaladas por orden de preferencia. La solicitud del PAV se ajustará al modelo oficial que aparece en la Ficha de Trámites ‘Curso de Acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

3. El plazo de presentación de la solicitud del PAV es el determinado en el anexo 2 de esta resolución: los días 13 a 16 de noviembre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

4. La solicitud del PAV se podrá presentar, al igual que en el plazo de inscripción ordinario, de manera telemática o presencial.

El centro entregará al alumnado solicitante fotocopia sellada y con fecha de entrada del impreso de solicitud.

5. No se podrá presentar más de una solicitud del PAV. Si se presentara más de una solicitud, todas ellas decaerán y en consecuencia no se tramitará ninguna.

6. No se podrá presentar solicitud para una modalidad de curso de acceso y centro en el que no exista plaza vacante.

7. El centro receptor de solicitudes del PAV deberá introducir todas ellas por EDUCA, en el plazo reservado al efecto, y cumplimentarlas en todos sus términos.

8. El alumnado que se hubiera inscrito en el plazo ordinario de admisión y hubiera participado en el proceso de admisión, no deberá adjuntar a la solicitud del PAV documentación adicional.

9. El alumnado que no se haya inscrito en el plazo ordinario, deberá adjuntar a la solicitud del PAV la siguiente documentación:

–Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte o equivalente.

–Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de acceso.

–Documentación que acredite la nota de acceso correspondiente, conforme a lo señalado en la instrucción “Nota de acceso del alumnado que se inscribe en el curso de acceso a ciclos de grado superior. Criterios” del presente anexo.

Listas definitivas de personas admitidas en el PAV. Matrícula. Mejora de opción. Exclusión del PAV.

1. Las listas definitivas de personas admitidas serán el medio oficial de comunicación de los resultados del Procedimiento de Adjudicación de Vacantes (PAV). Estas listas se harán públicas utilizando el listado que se extraiga de EDUCA y se publicarán en la Ficha de Trámites ‘Curso de Acceso a ciclos de grado superior’ del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/3112/Curso-de-acceso-a-ciclos-de-grado-superior.

Las personas interesadas podrán consultar los listados en EDUCA, utilizando sus credenciales EDUCA.

2. Se publicará un único listado definitivo de personas admitidas.

–Listado definitivo número 1 de personas admitidas del PAV: Se publicará el 18 de noviembre de 2020. Matrícula del alumnado que haya obtenido plaza en este listado definitivo número 1 del PAV: 19 y 20 de noviembre de 2020 (hasta las 14:00 horas).

3. El alumnado que obtenga plaza, deberá formalizar la matrícula, para lo que se deberá aportar la documentación que se señala en la base “Matrícula. Formulario y documentación para la matrícula”.

4. El alumnado que haya obtenido plaza en el PAV y no se matricule en la misma en las fechas dispuestas para ello, será excluido del PAV.

Oferta de Cursos de acceso.

Si el número de inscripciones recibidas en un grupo o en una modalidad de curso de acceso es inferior a quince, el Departamento de Educación, atendidas otras variables, podrá suprimir su oferta. Estas variables son, entre otras, el histórico de matrícula en el curso de acceso en cursos anteriores, aspectos de cohesión territorial y de atención socioeducativa.

Compatibilización de matrículas.

1. El alumnado matriculado en el Curso de acceso a ciclos de grado superior podrá simultanear la matrícula con la matrícula en el módulo de FCT, de la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, o en la Formación práctica de enseñanzas deportivas, correspondiente a un ciclo de grado medio.

2. El alumnado matriculado en el Curso de acceso a ciclos de grado superior podrá simultanear la matrícula con enseñanzas deportivas de régimen especial siempre que existan plazas disponibles en los ciclos de estas enseñanzas, no haya lista de espera después de concluido el proceso de admisión, y exista una compatibilidad horaria mínima del 90%.

3. El alumnado que durante el curso académico 2020-2021 esté matriculado en el Curso de acceso a ciclos de grado superior, y desee compatibilizar dichas enseñanzas con las de Bachillerato, podrán hacerlo siempre que, cumpliendo con los requisitos de acceso, se matricule en el Instituto de Educación Secundaria de Navarra de Personas Adultas “Félix Urabayen” en el régimen de enseñanza a distancia.

Cauces de comunicación.

–Correo electrónico: nescolar@navarra.es y ordenafp@navarra.es.

–Información y asesoramiento a padres y alumnos: 848 426617.

–Asuntos de tramitación y admisión a centros: 848 426977.

–Coordinadora del Área de Escolarización: 848 426557.

–Sección de Planificación, Ordenación y Desarrollo de Formación Profesional: 848 426628 - 848 426036.

ANEXO 3

Calendario del proceso de admisión para el curso 2020-2021

Curso de acceso a ciclos de grado superior

PROCESO

FECHA INICIO

FECHA FIN

FASE PRIMERA DEL PLAZO ORDINARIO

Plazo de inscripción (presentación de solicitudes de inscripción y de toda la documentación acompañante)

21 de octubre

23 de octubre

Hasta las 14:00 h

Fecha límite de introducción de datos por EDUCA del alumnado inscrito

26 de octubre

Publicación de listado provisional de personas admitidas

27 de octubre

Presentación de reclamaciones al listado provisional de personas admitidas

27 de octubre

29 de octubre

Hasta las 14:00 h

Publicación del listado definitivo número 1 de personas admitidas

30 de octubre

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 1 de personas admitidas

2 de noviembre

4 de noviembre

Hasta las 14:00 h

FASE SEGUNDA DEL PLAZO ORDINARIO

Publicación del listado definitivo número 2 de personas admitidas

6 de noviembre

Fechas de matriculación correspondientes al listado definitivo número 2 de personas admitidas

9 de noviembre

10 de noviembre

Hasta las 14:00 h

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DE VACANTES (PAV)

Determinación por el Departamento de Educación de las plazas vacantes existentes para el PAV

12 de noviembre

Presentación de solicitudes para el PAV

13 de noviembre

16 de noviembre

Hasta las 14:00 h

Fecha límite de introducción de datos por EDUCA del alumnado inscrito en el PAV

17 de noviembre

Hasta las 24:00 h

Publicación del listado de admitidos del PAV

18 de noviembre

Matrícula del alumnado admitido en el listado de admitidos del PAV

19 de noviembre

20 de noviembre

Hasta las 14:00 h

FECHA DE COMIENZO DEL CURSO

5 de noviembre

ANEXO 4

Acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo (PDF).

Código del anuncio: F2011572