BOLETÍN Nº 242 - 16 de octubre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza de uso y funcionamiento del espacio de trabajo colaborativo y emprendimiento Coworking Zizurlan

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 10 de julio de 2020, acordó la aprobación inicial y posterior tramitación de modificación de la Ordenanza de uso y funcionamiento del espacio de trabajo colaborativo y emprendimiento Coworking Zizurlan.

El expediente de la modificación de la ordenanza, fue sometido a información pública mediante publicación de anuncio al efecto en el Boletín Oficial de Navarra número 168, de fecha 31 de julio de 2020 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin que durante el plazo de información pública, se hayan presentado alegaciones al expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, según lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Lo que se publica, junto con el texto íntegro de dicha modificación de la ordenanza, para que surta los efectos jurídicos previstos.

Zizur Mayor, 28 de septiembre de 2020.–El Alcalde, Jon Gondán Cabrera.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA
USO Y FUNCIONAMIENTO DEL ESPACIO COLABORATIVO Y DE EMPRENDIMIENTO COWORKING ZIZURLAN

La presente modificación afecta a: exposición de motivos, cláusulas 4.ª y 5.ª del Título II, cláusulas 7.º y 12.ª del Título III, cláusulas 17.ª, 21.ª y 23.ª del Título IV, y disposición transitoria, de la Ordenanza uso y fomento del espacio colaborativo y de emprendimiento “Coworking Zizurlan”.

Artículo único.

Se introducen en la exposición de motivos, cláusulas 4.ª y 5.ª del Título II, cláusulas 7.º y 12.ª del Título III, cláusulas 17.ª, 21.ª y 23.ª del Título IV, y disposición transitoria, las adiciones y modificaciones, que a continuación se enumeran en los términos siguientes:

–Exposición de motivos. Se da nueva redacción:

“El Ayuntamiento de Zizur Mayor está implementando políticas de promoción económica del municipio dentro de su Plan Estratégico de Desarrollo Local y Empleo 2018-2021, a través de la realización de actuaciones en los ámbitos de las infraestructuras empresariales, el apoyo a la innovación, el fomento de la competitividad de las pymes y micropymes y el espíritu emprendedor.

Por ello, tomando en consideración el diagnóstico DAFO en materia de Desarrollo Local y Empleo que señala una actividad económica débil, y las dificultades a las que se enfrentan las empresas en los primeros años de funcionamiento para abrirse camino en el mercado a pesar de las ayudas económicas iniciales por parte del Ayuntamiento, y por la dificultad de acceder a espacios de trabajo habilitados, el Ayuntamiento de Zizur Mayor ha creado el Espacio Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan.

Este espacio supone una solución ya consolidada, a través de lo que constituye la filosofía de un coworking: la dotación de un entorno de estabilidad y especial protección que permita a ideas empresariales innovadoras o empresas recién creadas, alcanzar una situación que posibilite su posterior desarrollo independiente. Este recurso, entendido como centro de apoyo y lanzadera para la creación de empresas, tiene como finalidad ser el soporte necesario para personas emprendedoras y empresarias que inician su andadura en la puesta en marcha y consolidación de sus proyectos empresariales, con el fin último de promover el desarrollo económico y la creación de empleo estable en el municipio teniendo en cuenta la diferente situación de partida que puede existir entre mujeres y hombres que quieran iniciar dicha andadura.

Se pretende atraer el emprendimiento, innovar y valorizar los recursos locales, y favorecer la instalación de profesionales en igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y favoreciendo la ruptura de la segregación ocupacional entre los sexos para impulsar la modernización y creación de pymes y micropymes en el municipio y de forma prioritaria en torno a los siguientes ámbitos:

1. Servicios profesionales relacionados con la consultoría, ingeniería, aspectos legales, auditorías, formación.

2. Servicios relacionados con la atención a los distintos grupos de la ciudadanía (menores, jóvenes, mayores, dependientes...), otro tipo de servicios relacionados con el transporte.

3. Proyectos e iniciativas de ocio saludable y accesible aprovechando el entorno natural y privilegiado del municipio.

4. Servicios culturales y de ocio, así como servicios de comunicación, diseño y nuevas tecnologías TIC’s.”

–Cláusula cuarta. Se da nueva redacción:

“Cuarta.–Organización del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan.

La estructura organizativa de Zizurlan, para garantizar el buen funcionamiento del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento será gestionado por el Ayuntamiento, a través del Servicio de Desarrollo Local y Empleo, contando con el apoyo de otros agentes internos municipales o profesionales expertas o expertos externos dependiendo de las funciones que conlleve (selección proyectos, toma de decisión sobre prórroga o no de estancia de personas emprendedoras, acciones de formación, apoyo y asesoramiento a los mismos, etc.), y reportando periódicamente al Servicio de Desarrollo Local y Empleo.

Son funciones del Servicio de Desarrollo Local y Empleo:

  • La gestión ordinaria de Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, de acuerdo con las presentes instrucciones de funcionamiento y régimen interno de Zizurlan.
  • La asignación de puestos y mobiliario.
  • Examen y evaluación de solicitudes para la adjudicación de los puestos del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, y propuesta al órgano competente de la adjudicación de espacios teniendo en cuenta el principio de igualdad de mujeres y hombres y si es necesario la adopción de medidas de acción positiva para reducir las desigualdades que pudieran existir entre los sexos.
  • Elaborar, en su caso, y proponer la aprobación de la memoria anual del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento y del Plan anual de actuaciones para el año siguiente contemplando la perspectiva de género y desagregando los datos por sexo para poder analizar si existe una utilización igualitaria de dicho espacio por parte de mujeres y hombres.
  • La tutela y acompañamiento de personas emprendedoras durante su estancia en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento o la supervisión de tales funciones si se delegaran a través de un acuerdo con otro organismo, empresa o institución.
  • La propuesta de realización de actividades o acciones formativas así como de programas de servicios dirigidos al crecimiento profesional de personas emprendedoras del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento. Los contenidos de dichas acciones contemplarán la formación en materia de igualdad para poder incluir la perspectiva de género en la actividad emprendedora y empresarial.
  • El estudio y examen de posibles incumplimientos de obligaciones impuestas a las personas adjudicatarias de espacios en Zizurlan, y su traslado si procede, al órgano municipal competente.
  • Otras funciones que le sean atribuidas en la presente ordenanza.

El proceso de admisión de solicitudes y de valoración de las mismas se realizará a través de convocatorias semestrales de valoración periódicas que se anunciarán convenientemente, estando permanentemente abierto el plazo a la recogida de solicitudes.”

–Cláusula quinta. Se añade el apartado 5:

Quinta.–Personas beneficiarias.

El Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento está dirigido a preferentemente a:

1. Personas empadronadas en Zizur Mayor.

2. Autónomos y autónomas, profesionales y microempresas y pymes con domicilio fiscal en Zizur Mayor o en otro municipio de la Comarca de Pamplona.

3. Personas empadronadas en otro municipio de la Comarca de Pamplona (en el caso de proyectos de dos o más personas será suficiente con que la persona solicitante esté empadronada en Zizur Mayor o en la Comarca de Pamplona).

4. Personas emprendedoras o autónomas, profesionales y microempresas de fuera de la Comarca de Pamplona.

5. En casos excepcionales, y siempre que haya espacio disponible, personas que trabajen de forma asalariada para otra empresa en modalidad de teletrabajo, sin que sean, necesariamente, trabajadores o trabajadoras autónomas.”

–Cláusula séptima. Se da nueva redacción:

“Séptima.–Horario.

El Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan estará en funcionamiento los doce meses del año, en días laborales, de lunes a sábado, respetando los festivos de carácter estatal, foral o local.

El horario general del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking Zizurlan, será, de lunes a sábado, de 08:00 a 21:00 horas. No se podrá acceder a los espacios fuera de este horario salvo autorización expresa del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Para la utilización de los servicios y zonas comunes, de forma general, se respetará el horario de apertura general de 08:00 a 21:00 h.

Se podrá modificar los horarios establecidos, notificándoselo a las personas usuarias, especialmente durante los meses de julio y agosto, y épocas de festividad.

Las personas usuarias podrán hacer uso del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento en la opción contratada, sin posibilidad en ningún caso de pernoctar en el Espacio.

El uso del Espacio es personal e intransferible. Las entradas y salidas tanto al edificio como a las distintas salas quedarán registradas mediante tarjeta automática o vía registro administrativo, y se realizará un seguimiento periódico del uso del espacio contratado. El Ayuntamiento de Zizur Mayor entregará una llave a cada persona usuaria la cual no se podrá ceder a terceras personas sin el consentimiento expreso del Ayuntamiento.

Por cada empresa o proyecto emprendedor se podrán solicitar como máximo dos puestos de trabajo, pudiendo valorarse excepcionalmente la posibilidad de ocupar hasta cuatro. Se deberá identificar mediante DNI a las personas que solicitan utilizar dichos puestos, entre los que debe encontrarse la persona que realiza la solicitud.

Para mantener la naturaleza y los objetivos del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento es fundamental la presencia física de las personas usuarias. Por ello, se podrá exigir un uso presencial mínimo.”

–Décimo segunda. Se da nueva redacción:

“Décimo segunda.–Utilización de las superficies comunes.

Las superficies comunes del edificio, se utilizarán únicamente para los usos previstos sin que, en ningún caso, puedan mantenerse sobre ellas materiales o elementos ajenos a su propia estructura. De producirse este hecho, todo material o elemento que se encuentre situado en superficies comunes podrá ser retirado por el Ayuntamiento de Zizur Mayor con notificación a la persona propietaria del mencionado material o elemento.

Cada persona usuaria de los espacios del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan tendrá el libre uso de las zonas comunes, según su destino, siempre y cuando se respeten las normas de uso específicas de cada espacio, cuando las haya, así como que no se impida con ello los mismos derechos de los restantes usuarios y usuarias, y su buen funcionamiento.

Cualquier circunstancia que implique el no cumplimiento de los requisitos recogidos en las normas generales de uso de los espacios comunes supondrá la imposibilidad de utilización de dichos espacios. No obstante, la figura de Desarrollo Local estudiará cada situación de forma particular, pudiendo articularse soluciones alternativas para la utilización del espacio.

Respecto a los espacios de uso compartido, para asegurar una correcta convivencia deben respetarse las siguientes condiciones de acceso:

  • Uso de las salas:
  • La sala de reuniones de la planta baja pretende ofrecer a las personas usuarias un espacio de uso individual para garantizar la privacidad en reuniones internas, presentaciones a clientes y cualquier otra circunstancia que se adapte a la instalación. Las reservas de esta sala de reuniones, de forma general, tendrán una duración máxima de 2 h con el objetivo de asegurar el acceso a la misma de todas las empresas o personas emprendedoras.
  • Las personas usuarias del coworking Zizurlan tendrán también derecho dentro del mismo precio público a un uso de hasta 12 h mensuales de la sala de 44 m del primer piso, pudiendo ampliar dicha disponibilidad hasta 14 h si la demanda del total de personas usuarias lo permitiera. Si se realiza un uso superior al indicado, se abonará el precio público establecido para esta sala, en la norma reguladora de los precios públicos del Servicio de Uso del Espacio Colaborativo y de Emprendimiento Coworking Zizurlan.
  • La sala de 44 m se podrá utilizar con un aforo máximo de 16 personas, para la realización de las siguientes actividades:
  • Reuniones.
  • Presentaciones.
  • Formación.
  • El uso del resto de espacios tendrán un precio público diferenciado para su disfrute.
  • Las reservas de los espacios compartidos se realizarán al Servicio de Desarrollo Local siguiendo el sistema que establezca para ello, manteniéndose el cuadrante actualizado, para que, en cualquier momento, todas las personas emprendedoras puedan conocer la disponibilidad de uso del espacio.
  • Las personas usuarias deben comprometerse a respetar las normas básicas de civismo y convivencia, para permitir un uso compartido del espacio, debiendo dejarse la instalación en las mismas condiciones en las que se encontró al comienzo de la sesión.
  • Cuando se esté haciendo uso de Ia sala deberá señalizarse debidamente en la puerta exterior. Igualmente se deberá retirar la señalización cuando se finalice la reserva. El uso adecuado de esta señalización evitará molestias e interrupciones innecesarias.
  • Es estrictamente necesario cumplir con las reservas de sala realizadas o, en su defecto, cancelar aquellas que no vayan a utilizarse.

El Ayuntamiento de Zizur Mayor podría retirar el derecho de uso de la sala de reuniones a las empresas y personas emprendedoras alojadas en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan que no hagan un uso correcto de Ia misma.”

–Décimo sétima. Se modifica el apartado 2:

“Décimo sétima.–Derechos y obligaciones de las personas usuarias de los espacios/puestos.

2. Obligaciones de las personas emprendedoras y empresarias.

a) Usar y mantener en perfectas condiciones las instalaciones y mobiliario del Espacio.

b) Cumplir con las obligaciones económicas derivadas del acuerdo de adjudicación (garantía económica inicial equivalente a dos cuotas y precio público mensual).

c) Satisfacer a su exclusiva costa las cargas, impuestos y gravámenes que pesen sobre Ia actividad empresarial que se desarrolle en el Espacio.

d) Con Ia finalidad de disponer de una imagen fiel de la realidad de las empresas del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking Zizurlan, las mismas estarán obligadas a aportar toda Ia información requerida por el Ayuntamiento de Zizur Mayor. En todo caso, se deberá poner a disposición del Ayuntamiento cada seis meses los recibos del pago al régimen especial de trabajadores y trabajadoras autónomas.

e) Devolver los elementos propios de titularidad municipal a la finalización de Ia autorización de uso de la oficina, por la causa que fuere, en las mismas condiciones de uso que lo recibió, salvando el uso normal y diligente y el menoscabo por ello producido.

f) Tener contratado un seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 50.000,00 euros, para dar cobertura a los daños ocasionados a terceros, con cobertura de responsabilidad civil profesional. Así mismo deberán incluir los daños a sus bienes personales y equipos informáticos depositados en los espacios, por el valor que cada uno tenga depositado, con cobertura de robo, incendio y daños por agua. El recibo del pago del seguro deberá presentarse anualmente.

g) En caso de emprendedores y emprendedoras deberán aportar una póliza de seguro del hogar si no están realizando en el momento de alta en el Coworking ninguna actividad profesional.

h) Notificar al Ayuntamiento de Zizur Mayor por escrito, con un mes de antelación como mínimo, la intención de abandonar el espacio antes del cumplimiento del periodo máximo establecido. Si no se respeta dicho plazo de notificación deberá satisfacerse la obligación económica mensual correspondiente, aun cuando la estancia efectiva en las instalaciones del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento haya finalizado.

i) Colaborar en el desarrollo de los programas y actividades que organice el Ayuntamiento de Zizur Mayor, cuando estén vinculados directamente con el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, Coworking Zizurlan, y así sea solicitado.

j) En cuanto al mantenimiento del espacio, las personas usuarias deberán mantener en buen estado de conservación las instalaciones, equipamiento y mobiliario y se harán cargo de los desperfectos que un mal uso de éstas pueda ocasionar.

k) En cuanto a la limpieza, cada persona usuaria se responsabilizará de mantener limpio su puesto de trabajo y dejará la mesa libre de papeles y otros objetos tras finalizar la jornada de trabajo. Queda prohibido comer en el puesto de trabajo y se utilizará la zona de descanso o encuentro para tomar café o té, etc. Cuando se utilice este espacio se dejará todo limpio y recogido.

Será causa de pérdida del derecho de uso exclusivo del local el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza.”

–Cláusula vigésimo segunda.–Se da nueva redacción al apartado 1:

“Vigésimo segunda.–Duración del uso del Espacio y de la Prestación del Servicio.

El uso del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento será temporal y variará según el tipo de persona solicitante:

1. Personas emprendedoras* con una idea de negocio que quieran desarrollar:

Podrán utilizar el espacio mientras estén realizando el plan de viabilidad o dando pasos para poner en marcha la empresa. Podrán utilizarlo como máximo hasta cumplir un año y no podrá ser prorrogado. En el momento en que se constituya la empresa se aplicarán las condiciones que se especifican en el punto siguiente y tendrán prioridad para seguir utilizando el espacio frente al resto de solicitudes.

De forma excepcional, y siempre que haya espacio en el Coworking y no exista una lista de espera de nuevos proyectos, las personas emprendedoras podrán alargar su estancia por una año más a fin de afianzar su proyecto.

[*] Se entenderá por persona emprendedora aquella que está desarrollando una idea de negocio/proyecto, en el momento de alta en el Coworking y que obtiene ingresos por dicha actividad.”

–Cláusula vigésimo tercera. Se incluye la cláusula completa:

“Vigésimo tercera.–Uso de salas por personal externo/ Cesión y alquiler de espacios.

Coworking Zizurlan dispone de diferentes espacios multifuncionales para poder afrontar las necesidades de las diferentes personas y entidades que los puedan solicitar.

1. Planta baja, accesible. Sala de reuniones/presentaciones.

  • Sala para reuniones de 10 metros cuadrados, con 1 mesa, 8 sillas.
  • Pantalla en la pared con posibilidad de conectar ordenadores u otros dispositivos.
  • Tomas de electricidad para conexión de equipos informáticos, puntos de luz.
  • Toma de red para conexión a Internet.

2. Primera planta, acceso a través de escaleras sala de reuniones/presentaciones:

  • Sala diáfana de 44 metros cuadrados, con 4 mesas plegables y 24 sillas.
  • Pantalla en la pared con posibilidad de conectar ordenadores u otros dispositivos.
  • Tomas de electricidad para conexión de equipos informáticos, puntos de luz.
  • Toma de red para conexión a Internet.
  • Sala reuniones de 11 metros cuadrados con una mesa y dos sillas.

3. Segunda planta, acceso a través de escaleras sala de presentaciones:

  • Sala diáfana de 44 metros cuadrados con diferentes espacios, sillones y dos mesas.”

–Claúsula vigésimo cuarta. Se incluye la cláusula completa:

“Vigésimo cuarta.–Normativa de la cesión de espacios en Coworking Zizurlan para el desarrollo de actividades.

Se llevará a cabo la cesión de espacios de Coworking Zizurlan a empresas, entidades, instituciones, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro, de la Comunidad Foral de Navarra bajo una tasa pública de cesión del espacio.

1. Recepción de solicitudes:

i. Si la entidad solicita por primera vez un espacio en Coworking Zizurlan el plazo de resolución será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la presentación del formulario de solicitud de cesión de espacios de Coworking Zizurlan.

ii. Si la entidad solicita habitualmente un espacio en Coworking Zizurlan el plazo de resolución será de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la presentación del formulario de solicitud de cesión de espacios de Coworking Zizurlan.

2. Plazo de recepción de solicitudes:

El formulario de solicitud de cesión de espacios de Coworking Zizurlan se tramitará con 5 días de antelación como mínimo a la fecha de solicitud de cesión del espacio, a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.

3. Documentación y llaves:

La entidad deberá cumplimentar correctamente el formulario de solicitud de cesión de espacios de Coworking Zizurlan, en la que se detallará la fecha, el horario, el espacio requerido, una breve descripción de la actividad y las necesidades técnicas necesarias para su ejecución.

Además deberá entregar una copia de su DNI.

Tras la aprobación de la solicitud se procederá a la entrega de las llaves para el tiempo solicitado, para lo cual, será necesario depositar una fianza de 50euros que será devuelta al finalizar la actividad y tras haber comprobado que el uso de la sala ha sido el contratado previamente.

4. Condiciones de cesión:

La entidad solicitante velará por el cumplimiento de la normativa, de la que será conocedora al cumplimentar el formulario de solicitud de cesión de espacios de Coworking Zizurlan.

5. Se hará constar en la difusión de la actividad (folletos y cartelería si los hubiere) el logotipo de Coworking Zizurlan como colaborador del evento.

6. En los espacios cedidos no deberán ser alterados, sustituidos o anulados los logotipos o paneles que hacen referencia a Coworking Zizurlan. Los criterios de cesión están sujetos al uso habitual de Coworking Zizurlan y de la disponibilidad de espacios.

–Disposición transitoria. Se incluye completa:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En casos excepcionales que se indican a continuación se podrá bonificar al 100 % la tasa pública a las personas usuarias del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan.

Código del anuncio: L2011204