BOLETÍN Nº 242 - 16 de octubre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZIZUR MAYOR

Aprobación definitiva de modificación de la Norma reguladora de los precios públicos del Servicio y uso del espacio de trabajo colaborativo y de emprendimiento “Zizurlan”

El Pleno del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la sesión celebrada el día 10 de julio de 2020, acordó la aprobación inicial y posterior tramitación de modificación de la norma reguladora de los precios públicos del servicio y uso del espacio de trabajo colaborativo y de emprendimiento “Zizurlan”.

El expediente de la modificación de la norma, fue sometido a información pública mediante publicación de anuncio al efecto en el Boletín Oficial de Navarra número 168, de fecha 31 de julio de 2020 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin que durante el plazo de información pública, se hayan presentado alegaciones al expediente, por lo que el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, según lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Lo que se publica, junto con el texto íntegro de dicha modificación de la ordenanza, para que surta los efectos jurídicos previstos.

Zizur Mayor, 28 de septiembre de 2020.–El Alcalde, Jon Gondán Cabrera.

MODIFICACIÓN DE LA NORMA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DEL SERVICIO Y USO DEL ESPACIO DE TRABAJO COLABORATIVO Y DE EMPRENDIMIENT0 ZIZURLAN

La presente modificación afecta a los artículos 2, 3, 4 y 5 de la norma reguladora de los precios públicos del servicio y uso del espacio de trabajo colaborativo y de emprendimiento Zizurlan.

Artículo único.

Se introducen en los artículos 2, 3, 4 y 5, las adiciones y modificaciones, que a continuación se enumeran en los términos siguientes:

–Artículo 2. Se añade el apartado 2.2:

“Artículo 2.

2.2. Las personas externas que hagan uso de las salas, tras el visto bueno del Servicio de Desarrollo Local, también serán obligadas al pago de los precios públicos.”

–Artículo 3. Se modifica el artículo:

Artículo 3.

La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será la fijada conforme a las siguientes tarifas:

Precios de puestos de trabajo

PUESTO INDIVIDUAL

PRIMER AÑO

SEGUNDO AÑO

Personas autónomas

90,00 euros

120,00 euros

PUESTO INDIVIDUAL

GÉNERICA

PARADOS/AS DE LARGA DURACIÓN

< 25 Y > 45 AÑOS

Personas emprendedoras*

50,00 euros

40,00 euros

30,00 euros

Personas asalariadas (excepcionalmente**)

150,00 euros

* Se entenderá por persona emprendedora aquella que está desarrollando una idea de negocio/proyecto, en el momento de alta en el Coworking y que no obtiene ingresos por dicha actividad.

** De forma excepcional y siempre que exista espacio libre en el Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento, coworking Zizurlan, podrán formar parte del mismo personas que trabajen de forma telemática para una empresa, sin que tengan que tener la condición de personas autónomas.

Se procederá al depósito de garantía o fianza por importe de dos mensualidades, la cual será devuelta a la finalización del uso de los espacios en caso de encontrarse en correcto estado de conservación, y de acuerdo con la Ordenanza de funcionamiento y gestión interna del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan.

Precio de espacios

ESPACIO

IMPORTE PERSONAL INTERNO

IMPORTE PERSONAL EXTERNO

PLANTA BAJA

Sala de 11 m

4 euros/hora

20 euros/día

15 euros/hora

50 euros/día

PRIMERA PLANTA

Sala de 11 m

4 euros/hora

20 euros/día

15 euros/hora

50 euros/día

SEGUNDA PLANTA

Sala de 44 m

10 euros/hora

50 euros/día

30 euros/hora

100 euros/día

Las personas usuarias (personal interno) tendrán derecho por el precio público fijado a:

  • Cuando estén a jornada completa:
  • Planta baja: puesto individual y mobiliario asignado al mismo, uso de la sala de reuniones en periodos de hasta 2 h seguidas, servicios comunes.
  • Planta primera: uso mensual de 10 h de la sala de reuniones de 44 m y hasta12 h dependiendo de la demanda del resto de personas usuarias.”

–Artículo 4. Se modifica el artículo:

“Artículo 4.

El devengo del precio público regulado en esta ordenanza nace en el momento de inicio de la prestación del servicio previo acuerdo de autorización para utilizar las dependencias del Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan y los servicios complementarios.

Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente.

Las personas externas que hagan uso de las salas, deberán abonar el precio público al recibir las llaves para poder llevar a cabo la actividad. En ese momento, además, deberán abonar una fianza de 50 euros que será devuelta tras la se entrega las llaves en el Ayuntamiento de Zizur Mayor-Zizur Nagusia.”

–Artículo 5. Se añade el apartado 5.3:

“Artículo 5.

5.3. Las personas externas al Espacio de Trabajo Colaborativo y de Emprendimiento Zizurlan, podrán hacer uso de las salas tras cumplimentar un formulario de cesión de espacio y haber recibido el visto bueno del Servicio de Desarrollo Local (véase ordenanza).”

Código del anuncio: L2011197