BOLETÍN Nº 233 - 8 de octubre de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE LA RIBERA

Creación de la sede electrónica

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, El Presidente de la Mancomunidad de la Ribera, ha dictado la siguiente Resolución:

1. Crear la sede electrónica de la Mancomunidad de la Ribera y el Registro Electrónico asociado a dicha sede con las características indicadas en el anexo a esta Resolución, en la dirección electrónica www.maconribera.com.

2. La entrada en vigor de la sede electrónica se realizará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en cualquier caso no antes del 11/11/2020 fecha en la que entrara en vigor la “Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica”, con los procedimientos telemáticos diseñados hasta ese momento.

3. Ordenar publicar en el Boletín Oficial de Navarra esta Resolución, así como el Anexo completo de la Creación de la Sede Electrónica y del Registro Electrónico.

4. Notificar a todos las áreas así como su publicación en el Portal Web de la Mancomunidad a partir del mismo día de Publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Asignar las funciones de Dirección y Coordinación de la Sede Electrónica al Secretario de la Mancomunidad.

Tudela, 14 de septiembre de 2020.–El Presidente, Fernando Ferrer Molina.

ANEXO

1.–Características de la sede electrónica.

1.1. El ámbito de aplicación de la sede electrónica estará compuesto por la Entidad Local Mancomunidad de la Ribera de y podrá ser también utilizada para sus organismos autónomos y su sociedad pública servicios públicos de la ribera.

1.2. La dirección electrónica será www.maconribera.com dominio de Internet propiedad de la Mancomunidad de la Ribera. El titular de dicha sede es la Mancomunidad de la Ribera y los órganos encargados de la gestión y de los servicios son todos los órganos de la mancomunidad y sus áreas funcionales bajo la coordinación de la Secretaría General.

Se identificarán en la sede todos los canales de acceso disponibles.

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas se especificarán en la sede electrónica, y en todo caso, seguirán estando disponibles los medios tradicionales de presentación presencial ante el Registro General de la mancomunidad

2.–Creación del Registro Electrónico.

Se crea el Registro Electrónico asociado a la sede electrónica. El Registro Electrónico se integrará en el Registro General de Entrada y Salida conformando un único registro integrado. El Registro Electrónico aporta el canal telemático al Registro General de Entrada y Salida. El Registro General de Entrada y Salida está encuadrado organizativamente en el área de Secretaría General, y la creación de este Registro Electrónico no modifica dicha dependencia orgánica.

3.–Procedimientos Electrónicos.

A través de la Secretaría General, bajo la dirección político-orgánica de la Presidencia como órgano competente, y la Dirección técnica de la persona encargada del Registro General, se definirán y publicarán en la sede electrónica los procedimientos que se puedan gestionar por el canal telemático.

Código del anuncio: L2010902