BOLETÍN Nº 231 - 7 de octubre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 52E/2020, de 28 de septiembre, de la Consejera de Cultura y Deporte por la que se modifica la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, de la Consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de “Subvención a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias participantes en el Programa de deporte en edad escolar”, curso 2020-2021.

Por Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, de la Consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de “Subvención a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias participantes en el Programa de deporte en edad escolar”, curso 2020-2021.

Por Orden Foral 75/2020, de 31 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se aprueba el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso académico 2020-2021.

El Protocolo resultará de aplicación a todos los centros docentes de la Comunidad Foral de Navarra que imparten las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, 3 de mayo, de Educación, excepto el primer ciclo de Educación Infantil y la enseñanza universitaria.

El Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, una vez supervisado el Protocolo de prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa presencial para el curso escolar 2020-2021, aconseja “comenzar el curso escolar en situación 2, que incluye realizar jornada de mañana, con grupos estables de convivencia hasta 6.º de primaria incluido, comedor escolar y transporte escolar”.

En este Protocolo de Prevención y organización para el desarrollo de la actividad educativa se regulan las actividades extraescolares y las actividades complementarias, la gestión de patio y del tiempo de los recreos, así como las actividades físicas, aspectos que van a condicionar el desarrollo del Programa de Deporte en edad escolar, curso 2020-2021.

Dichas condiciones que quedan detalladas en el informe técnico, así como la situación actual en la que se encuentra la Comunidad Foral de Navarra en relación con el COVID-19, han modificado de manera sustancial el poder poner en marcha en unas condiciones óptimas el Programa de Deporte en edad escolar, para la consecución de los fines y objetivos de dicho Programa, pretendidos con la convocatoria de subvención a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias que vienen contemplados en las bases del Anexo I de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto.

Para que se puedan llevar a cabo estos fines a lo largo del curso 2020-2021, se hace necesario establecer algunas modificaciones en las bases reguladoras de esta convocatoria, de forma que se acomoden a la nueva situación generada, así como a la futura, condicionada en todo momento por la evolución de la pandemia en la Comunidad Foral de Navarra.

Estas modificaciones afectan a las bases 7.ª, 14.ª y 17.ª del Anexo I, a la base 1.ª y 2.ª del Anexo II y al apartado 6 del Anexo III de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la concesión de la presente subvención, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras, y de la modificación propuesta.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno y su Presidente, y por el Decreto Foral 273/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Deporte,

ORDENO:

1.º Aprobar una orden foral de modificación de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, de la Consejera de Cultura y Deporte por la que se aprueba la convocatoria de “Subvención a centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias participantes en el Programa de deporte en edad escolar”, curso 2020-2021, modificando parcialmente el contenido de las bases 7.ª ,14.ª y 17.ª del Anexo I, bases 1.ª y 2.ª del Anexo II y al apartado 6 del Anexo III de dicha orden foral.

2.º Modificar la base 7.1. del Anexo I de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, con el texto siguiente:

“7.1. El plazo de presentación de solicitudes de subvención que se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el 2 de marzo 2021”.

3.º Modificar la base 14.ª del Anexo I de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, que pasará a quedar redactada con el texto siguiente:

“Base 14.ª–Abono de la subvención.

14.1. El abono de la subvención se aprobará mediante resolución del Director Gerente del IND, una vez finalizado el Programa, previa presentación por parte del centro escolar de la documentación justificativa indicada en la base 15.ª y siempre que el importe a subvencionar no supere el déficit resultante de la actividad.

Se abonará por transferencia en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la correspondiente resolución de abono.

14.2. La notificación de la resolución de concesión, así como la resolución de pago se realizarán telemáticamente desde el IND a cada centro escolar, dando cuenta de su publicación en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra.”

4.º Modificar la base 17.2. del Anexo I de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, que pasará a estar redactada con el texto siguiente:

“17.2. Todas las actividades físico-deportivas ofertadas y desarrolladas, incluidas en el Programa, deberán respetar los protocolos, medidas o condiciones establecidas por los diferentes Departamentos competentes, entre ellos Cultura y Deporte, Educación y Salud en relación con el COVID-19”.

5.º Modificar la base 1.2 del Anexo II de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, que pasará a estar redactada con el texto siguiente:

“1.2. Todas las actividades físico-deportivas ofertadas y desarrolladas, incluidas en el Programa, deberán respetar los protocolos, medidas o condiciones establecidas por los diferentes Departamentos competentes, entre ellos Cultura y Deporte, Educación y Salud en relación con el COVID-19”.

6.º Incluir en la base 1.ª del Anexo II de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, la base 1.7. con el texto siguiente:

“1.7. El Programa presentado deberá contar con el visto bueno de la dirección del centro escolar”.

7.º Modificar la base 2.2 del Anexo II de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, que pasará a estar redactada con el texto siguiente:

“2.2. Duración:

El Programa se desarrollará durante el curso escolar y tendrá una duración máxima de 8 meses, desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021 y una duración mínima de 3 meses.

Aquellas propuestas que contemplen una duración inferior a los mínimos establecidos en este apartado, no serán contempladas.”

8.º Modificar el apartado 6 del Anexo III de la Orden Foral 46E/2020, de 5 de agosto, que pasará a tener el texto siguiente:

“6.–Duración del Programa: hasta 8 puntos.

–3 meses (3 puntos).

–Hasta 4 meses (4 puntos).

–Hasta 5 meses (5 puntos).

–Hasta 6 meses (6 puntos).

–Hasta 7 meses (7 puntos).

–Hasta 8 meses (8 puntos).”

9.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, y notificar a la Subdirección de Deporte, a la Sección de Administración y Gestión, y a su Negociado de Gestión Económico-Administrativa y Procedimental, a los efectos oportunos, significándole que podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 28 de septiembre de 2020.–La Consejera de Cultura y Deporte, Rebeca Esnaola Bermejo.

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