1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 341E/2020, de 14 de septiembre, del Director General de Presidencia Gobierno Abierto, por la que se modifica la Resolución 201E/2020, de 6 de julio por la que se resuelve la concesión de la convocatoria de “Subvenciones a Entidades Locales, Grupos de Acción Local; ONG de Cooperación al Desarrollo, Asociaciones Ciudadanas y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos durante 2020 dirigidos a fomentar y promover la participación ciudadana en la Comunidad Foral de Navarra”.
Mediante Resolución 1E/2020, de 7 de enero, del Director General de Presidencia y Gobierno Abierto, se aprobó la convocatoria de la subvención “Subvenciones a Entidades Locales, Grupos de Acción Local; ONG de Cooperación al Desarrollo, Asociaciones Ciudadanas y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos durante 2020 dirigidos a fomentar y promover la participación ciudadana en la Comunidad Foral de Navarra”.
Mediante Resolución 201E/2020, de 6 de julio se resuelve la concesión de la convocatoria de “Subvenciones a Entidades Locales, Grupos de Acción Local; ONG de Cooperación al Desarrollo, Asociaciones Ciudadanas y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos durante 2020 dirigidos a fomentar y promover la participación ciudadana en la Comunidad Foral de Navarra, resultando necesario modificar e incluir en la resolución los supuestos de inadmisión de solicitudes motivados por renuncia o desistimiento, por incumplimiento de requisitos de las bases o por no subsanar la documentación requerida en plazo.
Visto el informe del Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 259/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
RESUELVO:
1. Inadmitir las siguientes solicitudes recibidas:
1.1. Por renuncia o desistimiento expreso de las entidades:
En el caso de proyectos promovidos por las Entidades Locales:
ENTIDAD | PROYECTO |
Ayuntamiento de Lodosa | Actualización del Diagnóstico Participativo de la realidad del 2014 para enmarcar las propuestas de los Presupuestos Participativos 2020 |
Ayuntamiento de Arbizu | Usos para la antigua escuela |
En el caso de proyectos promovidos por los Grupos de Acción Local, las ONG de Cooperación al Desarrollo, Asociaciones Ciudadanas y otras entidades sin ánimo de lucro.
ENTIDAD | PROYECTO |
Asociación Red de lucha contra la pobreza y la exclusión social de Navarra | Mejoras en el modelo de intervención social en Navarra |
Asociación Teder Estella | Proceso participativo que recoja líneas de trabajo y proyectos en el medio rural que contribuyan a los ODS y Agenda 2030 |
1.2. Por incumplimiento de los requisitos de la bases 4.2 (4.2.1) al presentar más de un proyecto por parte de la entidad local, inadmitiéndose el último que se presentó por orden cronológico:
ENTIDAD | PROYECTO |
Ayuntamiento de Zizur | Creación de portal de participación y Propuesta de trabajo de presupuestos participativos |
1.3 Por no subsanar la documentación requerida en el plazo de 10 días hábiles establecidos:
ENTIDAD | PROYECTO |
Asociación Suma con causa | Crear marco común en el tejido asociativo de Peralta |
2. Notificar la presente resolución a todas las entidades locales, ONGs y asociaciones que han presentado proyectos a la convocatoria; y, trasladar al Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía de la Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto; a la Secretaría General Técnica, al Negociado de Asuntos Económicos; y a la Intervención Delegada de Hacienda y Política Financiera en el Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior a los efectos oportunos.
3. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Pamplona, 14 de septiembre de 2020.–El Director General de Presidencia y Gobierno Abierto, Joseba Asiain Albisu.
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