BOLETÍN Nº 214 - 22 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 340/2020, de 27 de agosto, del Director General de Educación, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento de que dispone el Centro Privado “The British School of Navarra”, de Pamplona, por variación de las enseñanzas que oferta.

Vista la solicitud presentada por doña Laura González Tajadura, en representación de la entidad “British School of Navarra, S.L.”, titular del centro, para que se modifique la autorización con que cuenta el centro y se le autorice para impartir en el mismo las enseñanzas desde el curso de “Pre-Nursery” (2-3 años de edad) hasta el curso de “Year 13” (15-16 años de edad) del currículo Nacional de Inglaterra presentando un nuevo certificado de acreditación emitido por el “British Council” en España, en el que se indica que el centro cumple con los requisitos para obtener dicha autorización.

Vista la certificación emitida por la entidad “British Council en España”, en la que se indica que las nuevas instalaciones del centro, sitas en Camino Ardanaz, 5 de Gorraiz (Valle de Egüés), cumplen con los requisitos para obtener una autorización plena desde el curso de “Pre-Nursery” (2-3 años de edad) hasta el curso de “Year 13” (17-18 años de edad) del currículo Nacional de Inglaterra.

Visto que dicha acreditación tiene validez hasta el mes de octubre de 2023, fecha en que tendrá lugar la próxima inspección del centro.

Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros extranjeros en España.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1. Modificar la autorización de apertura y funcionamiento de que dispone el Centro Privado “The British School of Navarra”, de Pamplona, quedando autorizado el centro para impartir las enseñanzas desde el curso de “Pre-Nursery” (de 2 a 3 años de edad) hasta el curso de “Year 13” (de 17 a 18 años de edad), con una capacidad máxima de 480 puestos escolares.

2. Advertir que la entidad titular del centro deberá solicitar una nueva autorización, con al menos 3 meses de antelación al 31 de octubre de 2023. La solicitud deberá venir acompañada de la documentación que se indica en el artículo 14.2 del Real Decreto 806/1993.

3. Recordar al centro que, en el momento en que vaya a superar el número de puestos escolares establecido en la última certificación emitida por el British Council, deberá solicitar nueva certificación, ratificando la capacidad máxima autorizada en la certificación emitida con fecha 06/09/2018, con ocasión del cambio de instalaciones.

4. Indicar que los datos registrales del centro serán a partir de ese momento los siguientes:

–Código de Centro: 31013653.

–Denominación genérica del centro: Centro Privado Docente Extranjero para Alumnado Español y Extranjero.

–Denominación específica del centro: “The British School of Navarra”.

–Titular: “British School of Navarra, S.L.”.

–Domicilio: calle Camino de Ardanaz, 5.

–Localidad: Gorraiz.

–Municipio: Valle de Egüés.

–Enseñanzas autorizadas: desde el curso de “Pre-Nursery” (2-3 años de edad) hasta el curso de “Year 13” (17-18 años de edad) del Currículo Nacional de Inglaterra y País de Gales complementado con lengua y cultura españolas.

–Capacidad máxima autorizada de 480 puestos escolares.

–Alumnado autorizado: español y extranjero.

5. Recordar que el reconocimiento de los estudios cursados se ajustará a lo dispuesto en la normativa reguladora de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria según lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 806/1993.

6. Advertir que, sin perjuicio de lo indicado en el apartado 2.º de la presente resolución, y de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, la entidad titular del centro deberá solicitar la oportuna autorización a este Departamento, acompañando el correspondiente certificado de la entidad “British Council en España” y de la documentación acreditativa de la variación producida, en el caso de que pretenda cambiar la configuración del centro y ello suponga la modificación de los datos registrales establecidos en apartado 4.º de la presente resolución o la modificación o alteración de sus instalaciones.

7. Advertir, asimismo, que la inscripción del centro en el Registro de Centros Educativos del Gobierno de Navarra podrá ser cancelada, revocada o modificada, según proceda, previa audiencia del titular interesado, cuando se alteren las condiciones esenciales que sirvieron de base a la inscripción o se contravenga lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, y en las demás normas aplicables, en los términos establecidos por el artículo 17 de dicho Real Decreto.

8. Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente resolución puede interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

9. Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas y al Servicio de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios, a la Sección de Ordenación Académica y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

10. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 27 de agosto de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

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