BOLETÍN Nº 214 - 22 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 9 de septiembre de 2020, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Olazti/Olazagutía”.

Por Resolución 339/2020, de 3 de julio de 2020, del Director General de Administración Local y Despoblación, publicada en Boletín Oficial de Navarra número 171, de 4 de agosto de 2020, se aprueba definitivamente el proyecto “Remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Olazti/Olazagutía”, así como la relación de bienes y derechos afectados.

Con fecha registrada de 28 de julio de 2020, Navarra Infraestructuras Locales, S.A., actuando en virtud del régimen de cooperación establecido con la Mancomunidad de Sakana, solicita la declaración de urgencia del expediente expropiatorio derivado de la ejecución del citado proyecto. Asimismo, aporta informe justificativo de la urgencia de la tramitación de dicho procedimiento y certificado acreditativo de la existencia de consignación presupuestaria adecuada para afrontar el pago del justiprecio por la ocupación de bienes y derechos afectados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto consiste en dotar a la planta existente de medidas de seguridad que minimicen el impacto del vertido en el cauce receptor ante posibles emergencias medioambientales. En este caso, se trata de la cuenca del río Arakil, una de las más sensibles desde el punto de vista medioambiental de la geografía de Navarra, junto con las cuencas de los ríos Alhama y Cidacos.

Asimismo, el citado proyecto proviene del Plan Director del Ciclo Integral del Aguas de Uso Urbano de Navarra - Saneamiento en Alta, que fue aprobado por Acuerdo del Gobierno de Navarra en sesión celebrada con fecha 8 de mayo de 2019, y se ha incluido en el Plan de Actuaciones de Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. del año 2020, de conformidad con la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, cuyo artículo 2.5 establece el deber de programar su actividad de contratación pública que tienen atribuido las entidades sometidas a dicha ley foral.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Remodelación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Olazti/Olazagutía”.

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este acuerdo a Navarra de Infraestructuras Locales, S.A., a la Mancomunidad de Sakana y al Ayuntamiento de Olazti/Olazagutía, y trasladarlo al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales.

Pamplona, 9 de septiembre de 2020.–El Vicepresidente Segundo en Sustitución del Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

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