BOLETÍN Nº 20 - 30 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LAKUNTZA

Calendario laboral y días inhábiles para el año 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Lakuntza, en sesión de 30 de diciembre de 2019, aprobó acuerdo cuyo texto se transcribe a continuación:

“Una vez determinado el calendario oficial de fiestas laborales para el 2020 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra mediante Resolución 177/2019, de 10 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, procede aprobar para el personal al servicio del Ayuntamiento de Lakuntza el calendario de días festivos entre semana durante el 2020 y la distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo del citado personal, con base en el cómputo anual establecido por la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre,

ACUERDA:

Primero.–Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2020 en las oficinas del Ayuntamiento de Lakuntza, que será el siguiente:

–1 de enero: Año nuevo.

–7 de enero: Lunes siguiente la Epifanía del Señor.

–20 de enero: Fiestas patronales San Sebastián.

–19 de marzo: San José.

–9 de abril: Jueves Santo.

–10 de abril: Viernes Santo.

–13 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de Mayo: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–24, 25, 26 de agosto: Fiestas de agosto.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–1 de noviembre: Festividad de todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–7 de diciembre: Día de la constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Los días 24 y 31 de diciembre no serán laborables, por exceso de jornada, para el personal de las oficinas generales y el personal del resto de servicios.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos para las Oficinas Municipales.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Administración del Ayuntamiento de Lakuntza, queda fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo (217 días) y se realizará de la siguiente forma:

1. La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes.

2. La distribución de la jornada de trabajo señalada en los apartados anteriores de este artículo no se aplicará a los empleados que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial ni a los afectados por alguna compensación horaria (trabajo a turnos, nocturno, etc) que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico.

Tercero.–El horario de atención al público y de apertura del Registro General del Ayuntamiento de Lakuntza queda establecido de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas.

Cuarto.–Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lakuntza”.

Lakuntza, 24 de enero de 2020.–El Alcalde, Patxi X. Razkin Sagastibeltza.

Código del anuncio: L2001181