BOLETÍN Nº 195 - 31 de agosto de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ULTZANUETA

Aceptación de las competencias sobre abastecimiento de agua potable y saneamiento delegadas por el Ayuntamiento de Ultzama, en lo que respecta al término de Urritzola-Galain y demás términos o zonas en los que el ejercicio de dichas competencias corresponda al Ayuntamiento de Ultzama

La Asamblea de Vocales de la de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta, en sesión ordinaria celebrada en fecha de 24 de julio de 2020, acordó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acordó lo siguiente:

Asunto: Ratificación del Acuerdo de la Comisión Permanente de fecha de 10 de marzo de 2020 sobre “Aceptación de las competencias sobre abastecimiento de agua potable y saneamiento delegadas por el Ayuntamientos de Ultzama, en lo que respecta al término de Urritzola-Galain y demás términos o zonas en los que el ejercicio de dichas competencias corresponda al Ayuntamiento de Ultzama”.

Primero.–Aceptar la delegación del ejercicio de las competencias en materia de abastecimiento de agua potable y saneamiento que el Ayuntamiento de Ultzama ha realizado en esta Mancomunidad de Servicios Ultzanueta, en lo que respecta al término de Urritzola-Galain y demás términos o zonas, de acuerdo con las condiciones siguientes:

–La delegación se realiza con el carácter de permanente.

–El contenido, alcance, y condiciones de la delegación son los recogidos en los Estatutos de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta, aprobados en fecha de 09/02/2011 y publicados en el Boletín Oficial de Navarra número 75 de 18/04/2011.

–A tal efecto el Ayuntamiento delegante aportará a la Mancomunidad Ultzanueta los medios económicos y materiales que sean necesarios para la prestación del citado servicio, todo ello de acuerdo con los citados Estatutos y con el contenido de los acuerdos que válidamente sean adoptados por los órganos de dicha Mancomunidad.

Segundo.–A tal efecto, se acuerda la subrogación de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta en todos los derechos y obligaciones hasta ahora a cargo del Ayuntamiento de Ultzama en lo que respecta a las competencias y servicios públicos de abastecimiento de agua potable y saneamiento en el término de Urritzola-Galain y demás términos o zonas en los que el ejercicio de dichas competencias corresponda al Ayuntamiento de Ultzama.

Tercero.–Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Ultzama, al Concejo de Urritzola-Galain, al Instituto de Salud Pública y Laboral del Gobierno de Navarra, y a la empresa pública NILSA.

Cuarto.–De acuerdo con el contenido del Apartado 3 del artículo 9 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público, publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Ripa, Valle de Odieta, 24 de julio de 2020.–El Presidente, Martín M.ª Picabea Aguirre.

Código del anuncio: L2008627