BOLETÍN Nº 192 - 28 de agosto de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 19 de agosto de 2020, por el que se declara la utilidad pública, a efectos expropiatorios, de los expedientes de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal del Área Industrial Comarca 2 en el término municipal de Galar, así como la urgente ocupación de las fincas afectadas por la ejecución del proyecto de expropiación del citado PSIS, y a la sociedad NASUVINSA como beneficiaria de la expropiación.

Con fecha 1 de abril de 2020 la sociedad Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (en adelante, NASUVINSA) solicita al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial:

La declaración de utilidad pública, a efectos expropiatorios, de los expedientes de modificación del PSIS del Área Industrial Comarca 2, en Galar.

–La declaración de urgencia de la ocupación de las fincas del Subsector SS3 (Área de Reparto de suelo urbanizable, “ARuble”) el Sistema General (zona verde) adscrito al Subsector SS2 (Área de Reparto de suelo urbano no consolidado, “ARu”) y sus Infraestructuras Exteriores (suelo no urbanizable) del citado PSIS.

–La declaración de NASUVINSA como beneficiaria de la expropiación a desarrollar en su ejecución.

Mediante Acuerdo de 14 de mayo de 2001, el Gobierno de Navarra aprobó el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la “Implantación de un área industrial de carácter comarcal en la Cendea de Galar (Comarca 2)”, promovido por el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 77, de 25 de junio de 2001).

La finalidad de este PSIS es la promoción de suelo industrial ordenado y dotado de todos los servicios e infraestructuras que puedan permitir y potenciar el desarrollo de actividades industriales en el entorno de la Comarca de Pamplona, completando así el suelo industrial público de la red de la Comunidad Foral.

El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el 19 de febrero de 2020, aprobó los expedientes de “Modificación del PSIS del Área Industrial Comarca 2, en Galar” promovidos por la sociedad NASUVINSA, y uno de ellos también por el Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

La actuación se acometerá mediante expropiación, cuyo objeto comprende el Subsector SS3 (Área de Reparto de suelo urbanizable, “ARuble”), el Sistema General (zona verde) adscrito al Subsector SS2 (Área de Reparto de suelo urbano no consolidado, “ARu”) y sus Infraestructuras Exteriores (suelo no urbanizable), tal y como se identifica en la instancia presentada por NASUVINSA el 1 de abril 2020 al Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial.

La ampliación de esta área industrial es necesaria dado el agotamiento de suelo público ordenado disponible en el entorno, lo que actualmente está provocando obstaculización en las labores de traslado y atracción de empresas a la zona, e incluso rechazo de inversiones externas en la Comarca.

Se dan, como en todas las actuaciones de promoción de suelo industrial público, las circunstancias que provocan la inviabilidad de desarrollos por parte de la iniciativa privada, conjuntamente con la necesidad de motivar al control de precios de la escasa oferta existente mediante la creación de suelo preparado para la actividad industrial. Todo ello justifica el interés público y, además, la urgencia del desarrollo.

Los objetivos de este desarrollo son los definidos en el Decreto Foral 84/1990, de 5 de abril, por el que se regula la implantación territorial de polígonos y actividades industriales en Navarra, siendo coherentes con los objetivos marcados en la LFOTU (Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo), en la Estrategia Territorial de Navarra, en el Proyecto de Ordenación Territorial POT-3 “Área Central” y con la legislación vigente en materia de suelo y expropiaciones.

La utilidad pública de la intervención, así como su necesidad de ocupación, se entiende implícita en la aprobación del instrumento urbanístico que se ejecuta (artículo 81 LFOTU), si bien, no daña su declaración explícita.

En cuanto a la declaración de urgencia de la expropiación, se precisa no sólo por las actuales circunstancias de escasez de suelo previamente indicadas, sino por la previsión de futura ampliación de actividad en terrenos contiguos al área urbana.

De conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial,

ACUERDA

1.º Declarar de utilidad pública, a efectos expropiatorios, los expedientes de modificación del PSIS del Área Industrial Comarca 2, en Galar.

2.º Declarar urgente la ocupación de las fincas afectadas por la ejecución del proyecto de expropiación del citado proyecto, a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

3.º Declarar a NASUVINSA beneficiaria de la expropiación a desarrollar en ejecución del citado proyecto.

4.º Trasladar este acuerdo a NASUVINSA y a la Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, a los efectos oportunos.

5.º Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de la Cendea de Galar, advirtiendo que contra el mismo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

6.º Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 19 de agosto de 2020.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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